
Detectar la presencia de personas empadronadas en una vivienda que ya no residen en ella plantea una serie de riesgos legales y administrativos para el propietario o el inquilino actual. Según ha recogido Fotocasa, la solución pasa por tramitar la “baja por inscripción indebida” en el Ayuntamiento correspondiente, un procedimiento que permite regularizar el padrón sin requerir el consentimiento de la persona implicada.
La existencia de personas inscritas en el padrón de una vivienda en la que ya no viven puede provocar sanciones económicas, responsabilidades administrativas y comprometer la seguridad jurídica. La sanción puede alcanzar hasta 150 euros si el Ayuntamiento constata que el domicilio no es la residencia habitual de las personas empadronadas, y el propietario o inquilino es responsable de abonar la multa.
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Solicitar la baja de antiguos residentes requiere iniciar un expediente administrativo en el Ayuntamiento, tal y como ha detallado Fotocasa. El propietario o residente debe presentar una solicitud de “baja por inscripción indebida” para que el Consistorio compruebe la situación. Este trámite es útil no solo en casos de inquilinos anteriores que siguen registrados, sino también cuando la vivienda ha cambiado de propietario. La administración, tras una posible inspección, aprueba la baja mediante decreto de alcaldía si confirma la ausencia real, y el plazo máximo de resolución suele ser de tres meses.
Para verificar cuántas personas están inscritas en un domicilio, Fotocasa recomienda solicitar los documentos oficiales correspondientes. Si la persona está empadronada en la vivienda, puede pedir un Volante de Convivencia, que detalla todas las personas inscritas en la vivienda junto a ella. Este documento es especialmente útil para inquilinos.
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Por su parte, el propietario que no reside en el inmueble puede presentar una instancia con las escrituras para solicitar un certificado que indique el número total de personas empadronadas, pero en este caso no recibirá las identidades concretas de dichas personas, debido a la normativa de protección de datos. La posibilidad de acceder a esta información varía en función de si el solicitante es propietario o está empadronado, y depende de la regulación específica de cada municipio.
Qué implica mantener inscripciones indebidas en el padrón municipal: cabe diferenciar entre el volante de residencia y el de convivencia
Desde Fotocasa se recalca que el padrón municipal es competencia de los ayuntamientos, que aplican normativas y formularios particulares según el municipio. La obligación de que el padrón refleje la realidad se recoge en el artículo 15 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, que señala que cada ciudadano debe estar inscrito en el municipio donde reside habitualmente. La responsabilidad última de la veracidad de los datos recae sobre el propio ciudadano.
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Mantener inscripciones de personas ausentes constituye una infracción administrativa sancionable. Según la normativa mencionada y el artículo 54 del Reglamento de Población, los ayuntamientos pueden y deben tramitar de oficio la baja de quienes no acrediten la residencia real en la vivienda. El incumplimiento puede derivar en multas de hasta 150 euros. Además, cuando se constata que la falsedad de datos tenía por finalidad obtener un beneficio económico —como subvenciones o ventajas fiscales—, puede tratarse de un delito de falsedad documental, sancionable incluso con penas de prisión.
La diferencia entre volante de residencia y volante de convivencia radica en la información ofrecida: el primero solo incluye los datos personales de la persona solicitante, mientras que el de convivencia recopila los nombres de todos los habitantes empadronados en la vivienda. Cuando se solicita un certificado de empadronamiento individual, únicamente figurará la persona que realiza la solicitud; el colectivo, en cambio, mostrará a todos los inscritos en el domicilio, siempre dentro del marco legal de protección de datos.
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Limitaciones para propietarios e inquilinos en el acceso a datos del padrón municipal
En la práctica, situaciones como la compra de una vivienda cuyos antiguos propietarios siguen empadronados, el alquiler con sucesivos inquilinos, o la ausencia de residencia efectiva pueden generar conflictos. Tal y como recuerda Fotocasa, ni el propietario ni otras personas ajenas pueden obtener un certificado de empadronamiento individual de otra persona sin su autorización, debido a la ley de protección de datos. El titular que no está empadronado solo podrá conocer el número total de personas registradas, pero no su identidad.
La tramitación online solo está disponible en algunos ayuntamientos, que permiten obtener certificados con el certificado digital si se trata de menores bajo la inscripción del solicitante. Sin embargo, para menores se exige gestionar la solicitud de forma presencial cuando no existe representación digital.
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En circunstancias en las que el propietario no reside en la vivienda —por ejemplo, por trabajo en otra ciudad— y sospecha que otras personas pueden estar inscritas, solo puede consultar la cifra de empadronados y no los nombres, a menos que resida también en ella. Los ayuntamientos alegan la protección de datos para denegar información más allá del número de habitantes registrados.
El propietario no puede solicitar documentos colectivos si no figura empadronado en la vivienda. De acuerdo con la información facilitada por Fotocasa y la normativa del INE, la potestad de solicitar la baja de personas inscritas con residencia no real solo asiste a quienes están empadronados o tienen un título que lo justifique, como un contrato de alquiler, la titularidad del inmueble o la autorización expresa del titular.
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Por último, la recomendación reiterada por Fotocasa es revisar el estado del padrón cada vez que se produzca un cambio de residentes, para evitar complicaciones administrativas y sanciones posteriores. Insisten también en la necesidad de consultar siempre la sede electrónica del Ayuntamiento correspondiente, ya que los trámites y la documentación requerida pueden variar en función de cada municipio.
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