
La Junta de Gobierno local del Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu ha impuesto una sanción de 177.525,99 euros a la propietaria de una vivienda del municipio ibicenco, tras constatar que el inmueble se estaba utilizando como alquiler turístico, sin contar con la autorización correspondiente, durante el verano de 2025. Según ha informado el propio Ayuntamiento, la resolución parte de un expediente abierto a raíz de una inspección realizada por la Policía Local, que detectó que la vivienda se estaba utilizando como alojamiento turístico sin ningún permiso, lo que supone una infracción grave según las normas urbanísticas de Baleares.
La investigación comenzó el 13 de junio de 2025, cuando una patrulla de la Policía Local de Santa Eulària levantó un acta tras comprobar la comercialización de la vivienda como alojamiento turístico mediante una plataforma digital dedicada al alquiler vacacional. Durante la inspección, los agentes confirmaron la existencia de una reserva efectiva para un periodo de cuatro noches, comprendido entre el 9 y el 13 de junio, así como la prestación de servicios propios de actividad turística, según ha detallado el consistorio.
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Criterios legales para la cuantía de la multa
El inmueble objeto de la sanción se encuentra en un edificio de tipología plurifamiliar ubicado en suelo urbano, cuya calificación urbanística es exclusivamente residencial. Las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal prohíben expresamente el uso turístico en viviendas de este tipo dentro del municipio, por lo que el uso que se le estaba dando a la vivienda es completamente opuesto a la regulación vigente y no admite legalización en ningún supuesto. El expediente administrativo tramitado por Urbanismo se fundamenta en la aplicación de la Ley 12/2017 de Urbanismo de las Islas Baleares, cuyo artículo específico fija las sanciones para cambios de uso no autorizados en edificaciones residenciales.
El cálculo de la sanción se ha realizado tomando como base el valor de referencia del inmueble, que asciende a 236.701,33 euros, aplicando el tramo medio de penalización previsto en la ley, equivalente al 75% del valor del bien afectado. Esta fórmula se emplea para establecer la cuantía en los supuestos en que el cambio de uso no puede regularizarse, como ocurre en este caso. El consistorio ha señalado que la multa pretende “garantizar el cumplimiento de la legalidad urbanística y la protección del modelo residencial de las zonas afectadas”.
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Vigilancia frente a alquileres turísticos ilegales
De acuerdo con la información municipal, el procedimiento sancionador siguió todos los trámites previstos: desde la incoación del expediente hasta la notificación de la propuesta de resolución y la apertura del plazo de alegaciones para la propietaria, quien podrá recurrir la sanción ante los órganos administrativos o judiciales competentes. El Ayuntamiento ha recordado que, en edificios plurifamiliares del municipio, la explotación de viviendas para alquiler turístico está absolutamente prohibida, en línea con la normativa insular y municipal.
Según el Ayuntamiento, la utilización de plataformas digitales para publicitar estancias turísticas en inmuebles residenciales constituye una de las principales vías de detección de infracciones. El consistorio anunció que continuará aplicando controles y sanciones similares ante futuros incumplimientos, subrayando que las multas pueden superar los 170.000 euros en función del valor de cada propiedad y la gravedad de la infracción cometida.
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El expediente sancionador ahora queda a la espera de la respuesta de la propietaria, quien dispone de los plazos legales para presentar alegaciones o recursos. La resolución se suma a otras actuaciones recientes impulsadas por el consistorio, que recalca su compromiso con el ordenamiento urbano y la protección del parque residencial frente a prácticas contrarias a la ley.
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