
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha resuelto un conflicto laboral que enfrentó a la UTE Galicia Lote 3 y a 14 de empresas de transporte con un conductor de autobús, tras la adjudicación de un contrato público de transporte escolar en la provincia de A Coruña. La sentencia confirma la improcedencia del despido del trabajador y ratifica la condena a la unión de empresas a pagarle 78.971,84 euros de indemnización y 30.563,62 euros en concepto de salarios caídos.
El hombre tenía una larga historia laboral, ya que llevaba trabajando como conductor desde 1990. Tenía un contrato indefinido a jornada completa y su labor principal era el transporte escolar en diversas rutas adjudicadas por la Xunta de Galicia.
Los problemas llegaron a finales de 2021, con la pérdida de la contrata por parte de su empresa. La adjudicación del lote 3 de transporte escolar a la UTE Galicia abrió la puerta a un proceso de subrogación que, según el marco normativo y los convenios colectivos, debía garantizar la continuidad de los trabajadores adscritos a las rutas escolares.
El afectado figuraba entre ese personal subrogable, con un porcentaje de adscripción superior al 65% requerido. Pese a ello, la nueva adjudicataria rechazó su incorporación alegando que gran parte de su jornada no estaba vinculada a los servicios objeto de licitación.
La decisión del juzgado de instancia
La situación desembocó en un despido que el Juzgado de lo Social nº 2 de A Coruña declaró improcedente en diciembre de 2023. La sentencia obligó a las empresas codemandadas a indemnizar al trabajador con casi 79.000 euros, además de reconocerle salarios de tramitación superiores a 30.000 euros tras diversas aclaraciones judiciales. A lo largo de este proceso, Autos Queijeiro quedó finalmente absuelta de responsabilidad directa, pese a haber sido su empleadora histórica.
No conformes con el fallo, las empresas de la UTE Galicia Lote 3 interpusieron recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Alegaron que la obligación de subrogar al trabajador no les correspondía, insistiendo en que los datos aportados sobre su adscripción no reflejaban la realidad de sus servicios.
Despido improcedente
En su resolución, este tribunal ha desestimado el recurso presentado por la UTE Galicia Lote 3 y las empresas que la integraban, confirmando íntegramente el fallo del Juzgado de lo Social nº 2 de A Coruña. De este modo, se ha ratificado la declaración de improcedencia del despido del conductor, al considerar probado que cumplía con los requisitos de subrogación fijados en el acuerdo marco gallego del transporte de viajeros por carretera.
El tribunal ha mantenido la condena a la UTE y sus sociedades asociadas, obligándolas a abonar al trabajador una indemnización de 78.971,84 euros, así como los salarios de tramitación que ascendieron a 30.563,62 euros, correspondientes a 373 días desde la fecha del despido hasta la resolución judicial. Además, impone a las empresas recurrentes el pago de las costas procesales, incluyendo 750 euros en concepto de honorarios para la representación legal de la parte contraria.
Con este fallo, el alto tribunal gallego no solo cierra el litigio en favor del trabajador, sino que también refuerza la aplicación estricta de las normas de subrogación en el sector. La sentencia deja claro que las empresas adjudicatarias no pueden eludir su responsabilidad amparándose en interpretaciones restrictivas sobre la adscripción del personal, consolidando un criterio que protege la estabilidad laboral frente a los vaivenes de las concesiones administrativas.
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