La DGT avisa: si prestas el coche a menudo, lo mejor es comunicarlo para evitar que la multa llegue a la persona equivocada

Prestar el coche a otra persona con frecuencia implica asumir ciertas responsabilidades administrativas. Lo suyo es informar quién es el conductor habitual para que las sanciones se dirijan a quien realmente conduce y no al titular del vehículo

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Multa enganchada entre los limpiaparabrisas y la luna delantera. (@revistas_vicio en X)
Multa enganchada entre los limpiaparabrisas y la luna delantera. (@revistas_vicio en X)

Si uno acostumbra a prestar el coche a otra persona de manera habitual, conviene informar de ello a la Dirección General de Tráfico (DGT). Nadie quiere recibir la multa de otra persona. Por querer, nadie querrá ni las propias, o difícilmente, sea por alguna suerte de masoquismo económico, pero en ese caso igual la multa de otro es hasta bien recibida.

Más allá de hipotéticos poco probables: en general, cuando se presta un coche se hace con algún grado de miedo al siniestro y supone, si bien quizás no absolutamente siempre, un ejercicio de confianza para con quien sea que haya pedido prestado el coche. Y nadie quiere recibir la multa de otra persona.

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Si prestas el coche a menudo, lo mejor es comunicarlo para no pagar una multa ajena

De ahí que lo mejor sea informar a la DGT si uno piensa prestar el vehículo del cual es titular a terceras personas: así, podrá dirigirse cualquier multa directamente al conductor y no al titular, evitando que las sanciones recaigan sobre alguien que no se encontraba siquiera a los mandos del vehículo en el momento de la infracción o que se incurra en prácticas fraudulentas como aquello de endosar la pérdida de puntos a personas ajenas al suceso atribuyendo la responsabilidad, por ejemplo, a un familiar que no conducía.

Para que pueda darse por válido ese registro de conductor habitual - aquella persona que utiliza el vehículo durante periodos continuados superiores a 30 días, según la DGT; o de más de 3 en caso de vehículos de alquiler -, este debe estar debidamente informado y haber dado su consentimiento. El registro de conductor habitual puede hacerse de tres maneras: recibiendo el consentimiento expreso del conductor; inscribiéndole directamente mediante los canales de la DGT; o comunicando los cambios y la finalización del uso, opción especialmente útil para empresas de alquiler de vehículos, ya que facilita la gestión automatizada de estos trámites.

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El director general de Tráfico, Pere Navarro, ha instado a la ciudadanía a llevar la baliza de emergencia V16. El máximo responsable de la Dirección General de Tráfico (DGT) lo ha expresado así durante su participación en un desayuno informativo de Nueva Economía Fórum.

Más control sobre los patinetes eléctricos

En paralelo, la DGT ha intensificado el control sobre los patinetes eléctricos. La Jefatura Provincial de Tráfico de Palencia ha anunciado que enviará instrucciones a las policías locales y a la Guardia Civil para denunciar a quienes circulen en patinetes eléctricos sin la matrícula obligatoria o sin seguro de responsabilidad civil en vigor. Esta obligación legal está en vigor desde el 30 de enero, y la falta de matrícula puede acarrear multas de entre 100 y 200 euros, mientras que la ausencia de seguro se sanciona con cuantías que oscilan entre 200 y 800 euros. Además, los agentes pueden inmovilizar el patinete de manera inmediata si no cumple con los requisitos legales.

Para cumplir con la normativa, los titulares de patinetes eléctricos deben solicitar la matriculación a través de la sede electrónica de la DGT. El procedimiento exige disponer de certificado digital (DNI electrónico o credenciales CLAVE), abonar una tasa de 8,67 euros mediante tarjeta bancaria y presentar la documentación digitalizada del fabricante junto con una fotografía de la placa metálica de marcaje del vehículo.

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