El Servicio Canario de Salud deberá pagar 17.000 euros a una médica de familia por una sobrecarga de trabajo que derivó en baja por depresión

La sanitaria llegó a atender a 60 pacientes en siete horas y a realizar 5 guardias mensuales

Guardar
Google icon
Burnout médicos
La sanitaria llegó a atender a 60 pacientes en siete horas y a realizar 5 guardias mensuales

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena al Servicio Canario de Salud por el síndrome de trabajador quemado (burnout) sufrido por una médica de familia en el año 2017. La sentencia establece una indemnización de 17.027,34 euros a facultativa, identificada como Severiano, cuya situación de sobrecarga laboral le llevó a una baja médica por depresión.

Según narra el fallo, la doctora ejercía en la atención primaria en un centro de salud de Arguineguín (Gran Canaria) desde el año 2009 hasta 2017. En sus años de servicio, la sobrecarga laboral era evidente: la médica podía atender hasta 60 pacientes en un turno de siete horas y acumulaba una media de cinco guardias cada mes, de 12 horas cada una.

PUBLICIDAD

La acumulación de responsabilidades y el elevado volumen de consultas desembocaron durante años en distintas bajas médicas, incluyendo episodios de gastroenteritis, ansiedad, dolor abdominal y, finalmente, un trastorno depresivo prolongado. Todos estos problemas le llevaron en el año 2017 a una incapacidad temporal por depresión, a causa de un síndrome de burnout o de trabajador quemado, reconocido como accidente laboral por el Juzgado de lo Social número 6 de Las Palmas en 2019 y confirmado por el TSJC en el año 2020.

Durante los más de diez meses que pasó de baja, la médica de familia solicitó una evaluación de riesgos, un estudio psicosocial y de cargas laborales, desestimada por el Servicio Canario de Salud. En diciembre, dada de alta “con limitaciones”, la demandante consiguió el traslado a otro centro de salud y quedó exenta de los turnos de noche.

PUBLICIDAD

La sentencia remarca que los servicios de medicina preventiva no examinaron a la doctora durante más de tres años, desde marzo de 2013 hasta diciembre de 2016, este último después de que pidiera la adaptación de su puesto de trabajo.

Síndrome de ‘burnout’ reconocido por los tribunales

En 2019, el Juzgado de lo Social número 5 de Las Palmas reconoció como accidente laboral el síndrome del trabajador quemado que padecía la trabajadora pública. La sentencia constató que el SCS no examinó a la doctora en más de tres años, entre 2013 y 2016, pese a presentar diversas incapacidades temporales en ese periodo. La jueza constató que el SCS carecía de una evaluación de riesgos en el puesto de trabajo hasta abril de 2016, momento en el que Severiano comenzó a mostrar síntomas de burnout.

El fallo favorable del Juzgado permitió a la trabajadora solicitar una indemnización, algo que hizo en el año 2021. Severiano solicitaba más de 68.000 euros por daños y perjuicios morales, patrimoniales y por pérdida de calidad de vida, una cantidad que los tribunales rebajaron finalmente a 17.027,34 euros más intereses procesales.

Tanto la trabajadora como el SCS recurrieron la sentencia al TSJC, que una vez más ha fallado a favor de la médica de familia. La sentencia, sin embargo, estima parcialmente el argumentario del Gobierno canario y descarta la concesión de una indemnización adicional por daño moral, al considerar prescrita esta reclamación, y mantiene el resto de pronunciamientos de la sentencia inicial. El fallo establece que la indemnización se otorga por el incumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales durante el periodo en que la médica estuvo de baja.

“La indemnización cubre únicamente los perjuicios directos del accidente de trabajo, pero deja fuera el dolor moral acumulado tras años de precariedad y falta de protección efectiva”, resalta la sentencia, delimitando el alcance de la reparación.

PUBLICIDAD

PUBLICIDAD