
En general, no se puede cobrar el paro y trabajar al mismo tiempo. O no se podía, porque a partir del 1 de abril de este año 2025 será posible combinar la prestación por desempleo con la nómina laboral. Se trata de una reforma del subsidio por desempleo llevada a cabo por el Gobierno cuyo objetivo principal es ayudar a aquellas personas que se encuentren buscando empleo activamente y que, en ocasiones y debido al estado del mercado laboral, solo puedan encontrar trabajos temporales y precarios. No será aplicable a todo el mundo, sin embargo, porque existe una serie de requisitos que deben cumplirse para optar a esta posibilidad.
Los requisitos para cobrar el complemento de apoyo al empleo
Estos requisitos son: haber estado cobrando la prestación por desempleo de forma continua por un mínimo de nueve meses y tener al menos un año de paro acumulado. Además, el sueldo del trabajador no podrá superar el 225% del IPREM (el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), unos 1.350 euros. Si se cumplen estos requisitos, se podrá cobrar el paro (que no es paro per se, sino un complemento de apoyo al empleo) y trabajar al mismo tiempo, sin importar el tipo de jornada ni el número de horas trabajadas. Eso sí, no todo el mundo tendrá derecho a lo mismo: estos factores influirán en la cuantía a percibir.
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Si se recibe la prestación contributiva por desempleo y se consigue un contrato temporal de trabajo a tiempo completo, deberá ser comunicado al SEPE (el Servicio Público de Empleo Estatal). En ese caso, corresponderá el cobro de la prestación hasta el día anterior al que se empiece a trabajar, pero una vez termine el período de trabajo contemplado en el contrato, se deberá solicitar el paro de nuevo.
Sin embargo, si el contrato es a tiempo parcial, se podrá seguir cobrando el paro al tiempo que se trabaja, sin que cambie la duración de la prestación, aunque el importe de la misma será menor (en proporción a la jornada de trabajo). Si queda paro una vez termina el contrato, se podrá solicitar su reanudación para volver a percibir la cantidad íntegra que corresponda.
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Cuánto se cobra de complemento de apoyo al empleo y durante cuánto tiempo
La cuantía a percibir dependerá tanto de la jornada laboral como del tiempo que se lleve sin trabajar. En términos prácticos, esto significa que una persona que solicite el complemento de apoyo al empleo en su décimo mes y que encuentre un trabajo a jornada completa cobrará más que alguien que comience a percibir el mismo en el mes 12 y consiga un trabajo a media jornada.
En cualquier caso, el máximo que se podrá cobrar de paro mientras se trabaja será del 80% del IPREM, unos 480 euros, siempre que sea solicitado entre el mes 10 y el mes 15. A partir de entonces, esta cuantía se reducirá progresivamente hasta alcanzar el mínimo, que será del 30% del IPREM (180 euros).
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También hay un tiempo máximo para esta compaginación: 180 días, o lo que es lo mismo, 6 meses, aunque también depende del tiempo que se lleve sin trabajar. En caso de llevar más de 13 meses desempleado, se aplicará ese máximo de 6 meses. Entre los 12 y 13 meses, el tiempo máximo será de 90 días (unos 3 meses); a los 11 meses sin trabajar, el máximo será de 60 días, o dos meses; y a los 10, el máximo es de 30 días de compaginación. Eso sí, mientras se cobre este complemento de apoyo al empleo, se consumirán días de paro acumulado.
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