
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) se ha pronunciado sobre el caso de la joven de 23 años que había pedido la eutanasia, después de que un juzgado de Barcelona decidiera paralizar, con apoyo de la Fiscalía, el proceso un día antes de que se practicara, en aras de que fuera el alto tribunal quien tomara la decisión. Sin embargo, este último órgano judicial se ha declarado no competente para resolver esta situación.
Así, al inhibirse de tener que decidir sobre el caso, el TSJC vuelve a dejar el caso en manos del juzgado contencioso, justificándose en que la Comisión de Garantía y Evaluación, responsable de autorizar las eutanasias, es un órgano de la Generalitat que no entra dentro de sus competencias. Por ello, ha devuelto la responsabilidad a la jueza que, en un primer momento, decidió detener la eutanasia.
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Afectada por diferentes patologías mentales
Esta primera medida llegó después de que el padre de la joven presentara una demanda y solicitara que no se le aplicara la eutanasia a su hija. Este, representado por el colectivo de Abogados Cristianos, alegó que ella sufría trastorno límite de la personalidad y trastorno obsesivo compulsivo, lo que la incapacitaba para decidir sobre su vida.
La joven de 23 años lleva dos años en silla de ruedas tras sufrir una lesión medular en un intento de suicidio, quedándose por ello paralítica. Un comité evaluador, cuando solicitó la eutanasia, revisó los documentos médicos y definieron el sufrimiento de la mujer como “grave, crónico e imposibilitante”, afirmando también que no consideraban que su situación fuera a mejorar vista la escasa evolución tras la lesión. También dos médicos distintos revisaron el caso y resolvieron que, en este caso, la eutanasia era justificada.
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El caso vuelve al lugar de donde salió
A pesar de todo, la jueza del juzgado contencioso barcelonés resolvió que la mujer no padecía ese mismo padecimiento grave, crónico e imposibilitante, lo cual era necesario para realizar el proceso. “Es la situación que hace referencia a limitaciones que inciden directamente sobre la autonomía física y actividades de la vida diaria”. Ni poder valerse por sí misma, ni expresarse, ni poder relacionarse.
No obstante, a pesar de su opinión contraria a que el proceso debiera continuar, la magistrada no anuló la eutanasia definitivamente, sino que elevó el caso al TSJC. Ahora, tras la negativa de este a pronunciarse, vuelve a recaer el caso en sus manos, en un contexto en el que, hasta ahora, nunca se le ha denegado la prestación a nadie después de que la Comisión la aprobara.
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En 2023, fueron 727 las personas que pidieron ayuda para recibir una muerte digna. Esta cifra supuso un considerable aumento respecto a las 576 solicitudes de 2022, según datos del Ministerio de Sanidad. No obstante, el porcentaje de personas que finalmente vio reconocido su derecho fue ligeramente menor, pues pasó del 50% de los solicitantes al 44%. Por otro lado, un tercio de las personas que pidieron morir con ayuda acabaron falleciendo sin que su proceso llegara a una resolución.
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