
Los desacuerdos entre el PSOE y Sumar en el Gobierno de coalición no terminaron con la salida de Nadia Calviño del Ministerio de Economía, como evidencia ahora el debate sobre los despidos improcedentes. El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ha dado la razón a UGT en su reclamación y considera que la legislación española incumple el artículo 24.b de la Carta Social Europea Revisada (CSER) porque establece indemnizaciones fijas para los despidos sin causa. A su juicio, esto impide una “reparación” suficiente del daño causado a la persona despedida y resulta poco disuasorio para las empresas.
Ante este fallo, igual a los emitidos anteriormente para reclamaciones en Francia, Italia y Finlandia, el Gobierno tiene dos posturas contrarias que aparentemente se habían unificado en el acuerdo de coalición de octubre, pero nada más lejos de la realidad. Fuentes del Ministerio de Economía trasladan a Infobae España que el debate sobre si se debe reformar la normativa de los despidos improcedentes se abordará en el seno del Ejecutivo “tranquilamente” y solo después de que el Tribunal Supremo unifique la jurisprudencia al respecto. Este es el as bajo la manga que guardaba la parte socialista y que contextualiza las alegaciones hechas a la demanda de UGT en enero de 2023 y la respuesta parlamentaria conocida en este mes de julio a pesar del acuerdo de coalición. Ambos documentos han sido redactados por Economía, pero en nombre de todo el Gobierno.
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La cartera de Carlos Cuerpo considera que la resolución del CEDS “no es vinculante” y que “no obliga” a España a legislar. Economía confía en que el Alto Tribunal falle en contra de las indemnizaciones personalizadas a las que abre la puerta el CEDS, lo que le daría el argumento de peso frente al Ministerio de Trabajo para negarse a reformar la normativa. Algunos tribunales superiores de justicia han fijado en los últimos meses indemnizaciones mayores a los 33 días por año trabajado respaldándose en la CSER, en el convenio 158 de la OIT y en la resolución a UGT, pero si el pronunciamiento del Supremo fuera contrario también frenaría la vía de reconocimiento de indemnizaciones mayores por vía judicial.
El Supremo estimó parcialmente el pasado 21 de mayo de 2024 el recurso de una empresa contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) del 30 de enero de 2023 que le obliga a pagar una indemnización adicional por despido improcedente (pasando de los 941,78 euros iniciales a 4.435,08 euros). La resolución de este procedimiento supondrá una unificación de doctrina respecto al tema porque el Supremo entiende que existen sentencias contradictorias al respecto. Su fallo se puede retrasar años, lo que frena las intenciones del Ministerio de Trabajo de iniciar una negociación sobre la reforma del despido en 2025.
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Economía apela a lo ocurrido en Francia y en Italia
Fuentes del Ministerio de Economía confían en que el Supremo les dé la razón en su defensa de que no es necesario establecer indemnizaciones personalizadas, algo que, según alegaron en la reclamación de UGT, generaría discriminación en la contratación de trabajadores con indemnizaciones potenciales mayores. Economía cree suficiente la indemnización de 33 días con un límite de 24 mensualidades, de manera que da por válida parte de la reforma laboral de 2012, en la que se rebajó la indemnización vigente hasta ese momento, de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades.
Las mismas fuentes apelan a lo ocurrido en Francia y en Italia. El órgano de justicia del Consejo de Europa emitió una resolución el 22 de septiembre de 2022 para el país vecino en la misma línea que la de España, pero casi dos años después del pronunciamiento, el ejecutivo francés no ha modificado su legislación. Tampoco tiene pensado hacerlo, según explica su Ministerio de Trabajo en una respuesta parlamentaria en el senado del pasado 21 de marzo. Alega que hay dos sentencias de mayo de 2022 del Tribunal de Casación validando la regulación de 2017, que rebaja las indemnizaciones por despido improcedente, por lo que “el sistema de baremos se estabiliza a nivel jurídico” y considera sin efecto la resolución del CEDS.
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En el caso de Italia, el CEDS considera que determinados artículos de una ley de 2015 violan la Carta, pero el Tribunal Constitucional falló en 2019 que las decisiones del CEDS “no son vinculantes para los órganos jurisdiccionales nacionales” y consideró constitucional la ley de 2015, por lo que actualmente hay diversidad de interpretaciones en los casos de despidos improcedentes por parte de los tribunales italianos.
Trabajo defiende que la reforma es “una obligación”
La postura del Ministerio de Trabajo es radicalmente opuesta. Según defendió este lunes el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, “el Ministerio de Trabajo entiende que esa resolución constituye una obligación” porque España ha ratificado la Carta, que es un tratado internacional. Considera que el Gobierno tiene que abordar “en el marco del diálogo social una reforma del despido que garantice que sea disuasorio”, para dar cumplimiento además al pacto de coalición.
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Dicho documento promete “establecer garantías para las personas trabajadoras frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea y reforzando la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral”. Trabajo quiere iniciar esta negociación cuando finalice la de la reducción de la jornada laboral, otro frente que se ha complicado. Primero, por la postura alejada de la patronal y, segundo, por la exigencia de Economía de que el acuerdo sea tripartito frente a las intenciones de Díaz de cerrar solo el texto con los sindicatos antes de agosto.
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