
El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) ubicado en Estrasburgo ha emitido resolución favorable a la reclamación colectiva presentada por UGT en marzo de 2022 sobre el coste de los despidos improcedentes. Según el sindicato, la normativa española está incumpliendo el artículo 24 de la Carta Social Europea y el Convenio 158 de la OIT al fijar la indemnización por este tipo de despidos en 33 días por año trabajado con un límite de 24 mensualidades, algo que considera “asequible y nada disuasorio”. El CEDS da ahora la razón a la organización encabezada por Pepe Álvarez y mete presión para que el Ejecutivo modifique la legislación en consecuencia.
Según ha adelantado El País, la resolución del órgano de justicia del Consejo de Europa va en la línea de que la normativa española no es suficientemente reparadora ni proporcional al daño que producen los despidos declarados improcedentes mediante sentencia porque fija de manera predeterminada y única la cuantía y el cálculo de la indemnización. Aunque el contenido exacto del fallo del CEDS se conocerá dentro de unos meses, se prevé que la legislación afectada sea, fundamentalmente, el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores y el artículo 110 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
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Los despidos improcedentes son los que no tienen una razón objetiva de la empresa para efectuarlos y la resolución del CEDS abre la puerta a establecer una indemnización “reparadora”, como ha reclamado en numerosas ocasiones la líder de Sumar y vicepresidenta segunda. Díaz defendió en la pasada legislatura que las compensaciones deben ser distintas en función de la situación personal de los trabajadores, especialmente según su edad y la situación familiar. Este fue uno de los puntos de fricción para lograr un acuerdo de coalición entre PSOE y Sumar a finales de 2023 y finalmente quedó recogida una referencia en el documento conjunto: “Establecer garantías para las personas trabajadoras frente al despido, dando cumplimiento a la Carta Social Europea y reforzando la causalidad en los supuestos de extinción de la relación laboral”.
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Este fallo del CEDS se conoce tras un pronunciamiento el pasado 20 de marzo en sus Conclusiones de 2023 en las que carga contra el sistema de indemnizaciones tasadas en España para un caso concreto relacionado con el permiso por maternidad. “El Comité señala que el límite máximo de los baremos de indemnización no permite conceder a un trabajador una indemnización superior en función de todas las circunstancias, ya que los tribunales solo pueden ordenar una indemnización dentro de los límites del baremo”, señala el texto.
Según una comunicación publicada este domingo por UGT, “no hay ninguna duda” de que la resolución del CEDS es de “carácter vinculante” y “de obligado cumplimiento”. Por ello, el sindicato cree que la legislación española se ha de modificar, aunque suscite críticas entre los empresarios e incluso en una parte del Gobierno. No obstante, no todos los países que han tenido fallos similares han acometido cambios, como es el caso de Francia. Cabe recordar que la anterior ministra de Economía, Nadia Calviño, no estaba de acuerdo con aumentar el coste del despido en ningún caso, aunque aún no se conoce la opinión del nuevo ministro, Carlos Cuerpo.
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Habrá debate sobre la cuantía de las indemnizaciones y las causas
La demanda de UGT fue posible porque España ratificó en 2021 la versión revisada de la Carta Social Europea y se produjo justo después de que entrara en vigor la reforma laboral liderada por Yolanda Díaz. La reforma de 2021, comprometida con la Comisión Europea en el Plan de Recuperación, dejó fuera la modificación de las indemnizaciones por despido para conseguir el apoyo de CEOE y Cepyme, pero conllevó el voto en contra de algunos partidos nacionalistas (ERC, Bildu y BNG) que querían recuperar la indemnización de 45 días por año trabajado. Dicha cuantía era la establecida antes de la reforma laboral de 2012 del PP y estuvo vigente en España desde el año 1980.
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En una rueda de prensa reciente, UGT expuso que quiere recuperar los 45 días de indemnización, pero también ir más allá. Quiere abordar la modificación de la legislación en el diálogo social y volver a una indemnización mínima por despido improcedente de seis meses, algo que ya estuvo recogido en una ley española de 1976. Su propuesta es que la indemnización mínima de seis meses actúe en los casos en los que los trabajadores despedidos de manera improcedente no alcancen este umbral aplicando los 45 días. Esto afectaría sobre todo a los empleados más jóvenes, con poca antigüedad en la empresa. Lo cierto es que ahora se abren diversas posibilidades, tanto por el lado de que la cuantía deje de ser fija en todos los casos como por el del refuerzo de la causalidad de los despidos, que tendrán que negociarse dentro y fuera del Gobierno.
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