Cuándo se cobra el paro en el mes de junio

Como especifica el SEPE en su página web, el pago del paro a los contribuyentes se produce “el día 10, o si es festivo, el siguiente día hábil de cada mes”. Sin embargo, este mes de junio, hay algunos bancos que han decidido adelantarlo

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Una persona junto a la Oficina de Empleo (Freepik)
Una persona junto a la Oficina de Empleo (Freepik)

La prestación por desempleo, también conocida como paro, es una ayuda contributiva que otorga el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) por haber trabajado y cotizado durante, al menos, un año. El período para solicitarla se establece en 15 días hábiles a partir del día posterior al despido o a la terminación del contrato laboral. Y la duración de la prestación se determina en función del tiempo cotizado en los seis años previos a la situación legal de desempleo, al cese de la obligación de cotizar, o desde el inicio de la prestación anterior, llegando a alcanzar los 720 días de ayuda (para el caso en el que se hayan cotizado 2.160 días o más).

Como especifica el SEPE en su página web, el pago del paro a los contribuyentes se produce “el día 10, o si es festivo, el siguiente día hábil de cada mes”. Sin embargo, como en esta ocasión el 10 de junio es lunes, hay algunos bancos que han decidido adelantarlo.

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Según el pago de meses anteriores, los principales bancos abonarán el dinero a sus clientes en las siguientes fechas: Abanca, Banco Sabadell, Bankinter, BBVA, Caixabank, Cajamar, Cajasur, ING y Unicaja lo harán el 10 de junio, mientras que el Banco Santander, Banco Mediolanum, Ibercaja y Openbank se adelantarán hasta el 6 de junio. No obstante, los receptores de la ayuda pueden consultar con su propia entidad el día exacto en el que se efectuará el cobro.

Cómo solicitar el paro

El plazo para solicitar la prestación contributiva por desempleo es de 15 días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos, a partir del día siguiente al despido o finalización del contrato. Si se solicita fuera de plazo, se mantiene el derecho a cobrarla, pero conllevará una penalización.

Para registrarse en esta prestación, se requiere el DNI del solicitante y de los hijos (si los hubiera), el libro de familia, el modelo oficial de solicitud disponible en el SEPE, el impreso de domiciliación bancaria, el acuerdo de actividad, la tarjeta de la Seguridad Social, la autorización para la Agencia Tributaria, y el contrato de trabajo anterior o certificado de la empresa que acredite que se ha trabajado en los últimos 6 meses.

En casos específicos, podría exigirse documentación adicional según las circunstancias personales del solicitante o de su familia.

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Requisitos para acceder a la prestación

Según la página web de la Administración, estas son las condiciones para acceder al subsidio por desempleo:

  • Estar afiliado y en situación de alta en la Seguridad Social española, cotizando por desempleo.
  • Contar con al menos 360 días cotizados en los 6 años previos al momento de encontrarse en desempleo.
  • Tener más de 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación ordinaria.
  • Estar registrado como solicitante de empleo en el organismo público correspondiente, demostrando una búsqueda activa de trabajo y estar dispuesto a aceptar ofertas laborales acordes a su perfil.
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