
La factura fiscal completa de una familia promedio española oscila entre el 31% y el 35% de sus ingresos, si además del IRPF y el IVA se tienen en cuenta otros impuestos como la seguridad social a cargo de los trabajadores, el IBI, la tasa de basuras o impuesto sobre las primas de seguros, entre otros, según recoge el estudio Factura Fiscal de los Hogares Españoles, elaborado por el Consejo General de Economistas de España (CGE).
Unos porcentajes que el presidente del CGE, Valentín Pich, considera “sangrantes”. Argumenta que si se toma como referencia una familia formada por una pareja con dos hijos con unas rentas mensuales de 3.639,75 euros, los impuestos que tendría que soportar serían de 1.153.42 euros, un 31,69%, lo que mermaría su renta mensual disponible hasta los 2.486,33 euros. Esta es la cantidad “que les quedaría para pagar los gastos de alquiler de vivienda, luz, agua, gas, teléfono, comida, transportes, ropa, colegios… “¿Creen ustedes que esa renta resultante, después de pagar impuestos, dará para atender a tantas necesidades?”, preguntó Pich a los presentes.
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A su juicio, “situaciones como esta deberían hacernos pensar en lo importante que resulta gestionar de forma eficiente los recursos públicos dada la enorme incidencia que las cargas fiscales pueden suponer para muchas familias”.
Factura fiscal total entre el 31,71% y el 35,35%
Por su parte, el director del Servicio de Estudios del CGE y coordinador del informe, Salvador Marín, incidió en que los hogares españoles, tanto de persona solas, como de pareja sin hijos, con un hijo o con dos hijos, con tipos de IRPF que oscilan entre el 13,76% y el 17,23% pasan a tener una factura fiscal completa que aumenta hasta situarse entre el 31,71% y el 35,35%, lo que supone un incremento de los tipos iniciales del IRPF de más del doble.
Durante la presentación de estos datos, Agustín Fernández, presidente del Registro de Economistas Asesores Fiscales, señaló que “la gran mayoría de los ciudadanos no somos conscientes de los impuestos que afrontamos durante el año” y que “sorprende ver el amplio abanico de tributos que se devengan, tanto por obtener renta como por consumo”.
Otra de las conclusiones del estudio la apuntó la investigadora del Servicio de Estudios del CGE, Myriam Rodríguez, al incidir en que cuando se comparan distintos tipos de hogares, la imposición fiscal podría resultar regresiva respecto de la renta, pues aquellos hogares formados por uno o dos adultos, que tienen menos ingresos y una estructura de consumo diferente, soportarían una carga fiscal mayor. Esto sucede porque, “si descontamos el IRPF, el tipo medio resulta muy similar en todos los casos”.
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Sin embargo, cuando lo que se estudia es el peso de los principales impuestos y tasas atendiendo al nivel de renta, pero considerando un mismo tipo de hogar, se observa que el resultado es muy distinto. Así, según la experta, tomando como referencia, a la hora de aplicar el IRPF, un hogar compuesto por dos perceptores y un hijo, y suponiendo distintos niveles de renta y estructura de consumo, respecto de la media de este tipo de hogar, se constata que “la imposición es progresiva pues, en este caso, la regresividad que presentan en general el resto de los gravámenes es corregida, en cierta medida, por el impuesto sobre la renta”.
Otro de los datos del estudio es que a las rentas medias-bajas y medias el mínimo por hijo no les afectaría, ya que, desde un principio, están exentas de pagar, no obteniendo así ningún tipo de beneficio por descendientes. En las rentas medias-altas, sin embargo, el número de hijos influye significativamente en el tipo medio total, disminuyendo conforme aumentan los descendientes, y llegando a estar exentos de pagar en su totalidad a partir del quinto hijo.
Cuotas autonómicas: diferencias de hasta 338 euros
El estudio también refleja que, en el ejercicio del poder normativo por parte de las CCAA, a través de una tarifa general, los mínimos o deducciones diferentes en la cuota provocan que el peso de la cuota autonómica sobre el total pagado por el IRPF pueda variar según las comunidades.
En un extremo se sitúan Cataluña y Baleares, cuya cuota autonómica representa casi el 52% de la total, y en el opuesto Madrid y Canarias en los que la cuota autonómica supone en torno al 47% de la total. Así, el informe indica que si se toma como referencia la cuota total del IRPF para un contribuyente soltero sin hijos y con la renta mediana nacional para todas las CCAA de régimen común, la diferencia en la cuota nominal entre comunidades puede ser considerable: 338 euros cuando tomamos la cuota máxima (3.435, en Cataluña) y la comparamos con la mínima (3.097, en Canarias).
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