
Casi todo el mundo conoce a alguna persona que, por circunstancias médicas o personales, se tiene que ausentar durante un tiempo del trabajo. Es lo que se conoce como baja laboral. Algunos sólo necesitan un par de meses, mientras que otros pueden estar hasta un año sin incorporarse a sus puestos. Ante este escenario, son muchos los que se preguntan cuánto tiempo es lo máximo que se puede estar de baja.
Un empleado no puede estar permanentemente en situación de incapacidad temporal, que es el nombre con el que se conoce formalmente esta condición. La baja laboral es un derecho de todos los trabajadores y ninguna empresa se lo puede negar. No obstante, si una persona tiene una lesión irreversible o sufre una dolencia que perdura en el tiempo, tiene a su alcance ciertas alternativas que le pueden servir para no anticipar su vuelta al trabajo.
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Los trabajadores sólo pueden estar de baja laboral 365 días, es decir, un año. La incapacidad se puede prorrogar 180 días más si se prevé durante ese período de tiempo la recuperación médica o la curación de la enfermedad. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) es quien debe dar el visto bueno a esta ampliación. El organismo tiene la última palabra para aprobar una extensión de la baja, en estos casos, hasta los 545 días. Pero, ¿qué sucede si la lesión no tiene solución a corto plazo?
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Si la indisposición no mejora, los afectados podrán solicitar la incapacidad permanente y obtener la condición de pensionistas. Esta decisión corresponde, de nuevo, a la Seguridad Social, que es la encargada de conceder el correspondiente subsidio. Antes, un Tribunal Médico debe avalar que no hay recuperación para dar paso a la gestión de los trámites.
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Además del alta médica, hay otros motivos que pueden provocar la interrupción de la baja laboral. Entre ellos destacan la jubilación, no presentarse a los reconocimientos sanitarios sin causa justificada o abandonar el tratamiento prescrito sin previo aviso. En caso de que se determine que el trabajador está tratando de cometer un fraude también se suspenderá la condición de incapacidad temporal.
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¿Cuánto cobras cuando estás de baja?
Durante el tiempo que una persona está de baja médica, la Seguridad Social le ofrece una protección económica a modo de “subsidio diario que cubre la pérdida de rentas” por una enfermedad, un accidente laboral o cualquier otra causa que justifique la incapacidad temporal. La cuantía de la prestación dependerá de la duración de la baja en cuestión y del origen de la misma.
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En los casos de incapacidad temporal por enfermedad común o accidente no laboral se cobra el 60% de la base reguladora de los días 4 a 15, que corre a cargo de la propia empresa. A partir del día 16 es la Seguridad Social la que paga y desde el día 21 se abona el 75% de la nómina. En los casos de enfermedad profesional o accidente laboral se cobra desde el primer día de la baja el 75% del salario.
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