
Elementos del Ministro de Trabajo se desplegará a nivel nacional para realizar inspecciones durante Semana Santa. El titular, Rolando Castro, explicó que los equipos estarán activos en los catorce departamentos del país, con énfasis en las zonas de mayor actividad económica como San Salvador, Santa Ana y La Libertad.
El objetivo es garantizar el cumplimiento estricto del artículo 191 del Código de Trabajo, que establece el derecho al asueto remunerado y el pago extraordinario por laborar en esos días.
El ministro subrayó que, según la ley, los trabajadores del sector privado deben recibir el salario completo por los días jueves, viernes y sábado de Semana Santa. En caso de que el empleador y el trabajador acuerden laborar, el pago debe ser el 100% del salario diario más un monto igual adicional, es decir, el doble del salario por cada jornada trabajada en asueto.
Castro fue enfático al afirmar que este derecho no es negociable ni puede ser omitido bajo ninguna circunstancia. Recalcó que la función del Ministerio es tutelar los derechos de los trabajadores y que todas las inspecciones estarán orientadas a hacer cumplir la normativa, sin distinción del tamaño o tipo de empresa.
Sanciones y derechos laborales durante Semana Santa
El funcionario explicó que el artículo 190 del Código de Trabajo establece que los asuetos deben ser remunerados para los trabajadores del sector privado. Según la normativa, el empleador está obligado a cancelar el pago correspondiente por los días de asueto.

Castro agregó que el artículo 191 introduce la figura del acuerdo mutuo entre trabajador y empleador respecto al trabajo durante días de asueto. Destacó que este acuerdo no es automático, sino que requiere el consentimiento de ambas partes. La ley, afirmó, es “clara y categórica” en cuanto a las condiciones que regulan este tipo de jornadas.
Añadió que tras reformas del Código de Trabajo, se han incrementado considerablemente las multas. “Hoy es más fácil cumplir los derechos de los trabajadores que esperar que el Ministerio de Trabajo llegue y ponga las multas”, afirmó el ministro.
Castro advirtió que el monto de la sanción depende de la magnitud de la empresa y del número de trabajadores afectados. Por ello, manifestó que resulta complejo establecer públicamente una cantidad fija, ya que el cálculo varía según el tamaño de la compañía.
Propinas, inspecciones y cumplimiento legal en el sector turístico
El ministro también se refirió a la no entrega de propinas, un fenómeno que —según describió— afecta a trabajadores de grandes empresas, incluidas cadenas hoteleras del país. Castro señaló que se ha detectado que muchas de estas empresas retenían las propinas destinadas a los empleados.
De acuerdo con la ley, si en la factura se incluye la propina, el empleador puede resguardar ese dinero en la caja central de la empresa hasta un máximo de 15 días. Sin embargo, Castro denunció que en la práctica algunas compañías extendían este plazo indefinidamente, incumpliendo la normativa.

La falta de transparencia en la distribución de propinas es otro de los problemas señalados. El ministro planteó la dificultad de que los trabajadores puedan comprobar el monto real recaudado y exigió mecanismos claros para garantizar una repartición justa. “Nadie garantiza que fueron 5,000 dólares distribuidos entre 10 o 20, 30 trabajadores”, ejemplificó.
Ante estas irregularidades, Castro informó que el Ministerio ha realizado inspecciones y aplicado sanciones a empresas que no cumplen con la entrega de propinas. Aseguró que las inspecciones actuales están focalizadas en cadenas hoteleras y restaurantes, sectores donde el flujo de turistas y clientes aumenta durante las vacaciones.
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