
El Gobierno nacional avanzó este lunes con la reglamentación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), un esquema incluido en la Ley N° 27.802 -sancionada en marzo pasado- que apuntó a promover la incorporación de trabajadores al empleo registrado en el sector privado. La medida se formalizó a través del Decreto 315/2026, que estableció los aspectos necesarios para su implementación.
La norma fijó definiciones clave para la aplicación del régimen, tanto en lo referido a los sujetos alcanzados como a los procedimientos administrativos y los beneficios asociados. En ese marco, se precisaron condiciones de acceso, límites y plazos, así como también la forma en que se debieron aplicar las contribuciones patronales reducidas previstas por la ley.
PUBLICIDAD
Según el decreto, todos los empleadores que opten por contratar trabajadores bajo este nuevo régimen deberán darlos de alta ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, inclusive. Este período delimitó el alcance temporal del régimen.
Podrán acceder al RIFL todos los empleados incriptos, pero en el caso de aquellos dados de alta a partir del 10 de diciembre del 2025 tendrán un límite para la contratación: sólo podrán tener hasta el 80% de su nómina bajo este régimen, según aclara la norma. En el resto de los casos, no hay restricciones.
PUBLICIDAD
Trabajadores alcanzados
El régimen determina qué trabajadores pueden ser contratados bajo este régimen, que contempla una reducción fuerte de las contribuciones patronales durante 48 meses. Podrán ser:
- Personas que no contaban con una relación laboral registrada al 10 de diciembre de 2025
- Personas que estuvieron desempleadas durante los 6 meses previos a la contratación
- Personas inscriptas en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas).
- Personas que trabajen en el sector público, nacional, provincial o municipal.
La norma dispone que los trabajadores pueden contar con ingresos provenientes de otras actividades económicas sin que ello afecte los beneficios del régimen. Esto incluye tanto actividades bajo el régimen general como bajo el monotributo.
Beneficios en contribuciones patronales
Uno de los ejes centrales del régimen es la fuerte reducción de las contribuciones patronales, que actualmente oscilan entre el 18% y el 20,4%, dependiendo de qué tipo de empresa se trate. Si es una firma de servicios o comercio que no es pyme, actualmente pagan 20,4%, en tanto que las empresas industriales, las pymes, las asociaciones sindicales y obras sociales abonan 18%.
PUBLICIDAD
A partir de ahora, todas abonarán 5% de contribuciones durante los primeros cuatro años desde el inicio de la relación laboral. En cuanto a la composición de esa alícuota, el 2% se distribuirá entre el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo y el Régimen de Asignaciones Familiares, en tanto que el 3% restante irá al subsistema regido por la Ley N° 19.032 (INSSJP).
Todavía resta que ARCA defina los términos y condiciones sobre los cuales las empresas deberán dar de alta a esos nuevos trabajadores.
Lo que sí quedó claro del decreto reglamentario es que los empleadores no podrán ingresar trabajadores bajo este régimen que ya hayan trabajado en la empresa y se haya desvinculado en los últimos doce meses.
PUBLICIDAD
Por otra parte, el decreto aclara que el RIFL mantiene sin cambios las contribuciones diferenciales que tienen algunos trabajadores, por ejemplo, los del sector petrolero o eléctrico. Es un 2% adicional que las empresas deberán seguir pagando por esos empleados.

Con respecto a la contribución mensual prevista para destinarse al Fondo de Asistencia Laboral (FAL), mantuvo su carácter obligatorio de 1% para las grandes empresas y 2,5% para las pymes. El FAL debería comenzar a regir el 1° de junio, con la posibilidad de que su entrada en vigencia se prorrogue 180 días. Aún no fue reglamentado, pero lo que queda claro con el decreto publicado este lunes es que para los trabajadores que sean dados de alta bajo el RIFL el aporte destinado al FAL no se descontará de las contribuciones patronales del 5%. Deberán abonarse aparte, explicó el abogado laboralista José Zabala, del estudio AZDR & Asociados.
PUBLICIDAD
Por qué puede perderse el beneficio
La norma dispuso que el incumplimiento de las obligaciones del régimen o la verificación de causales de exclusión generarán la pérdida de los beneficios. En esos casos, ARCA debe instrumentar controles sistémicos y establecer los mecanismos para la recomposición de las contribuciones no abonadas, junto con los intereses y sanciones correspondientes.
Este régimen no está ideado para blanquear trabajadores, como sí lo fueron otros. Si bien una empresa podría, eventualmente, registrar un empleado que esté 100% en negro, correría riesgos de perder el beneficio si fuera detectada la infracción.
“Tengo clientes que tenían algunos ingresos de trabajadores por resolver y lo suspendieron a la espera de que salga el régimen. Si soy empleador y necesito tomar gente, tomo al que reúne las condiciones para poder acceder a los beneficios del régimen. Pero está claro que primero debe estar la necesidad de contratar”, planteó Zabala.
PUBLICIDAD
Con respecto al blanqueo de trabajadores, existe un apartado dentro de la reforma laboral que busca promover el empleo registrado. Se trata del artículo 168° y los subsiguientes. No fue reglamentado aún, pero ése sí apunta a normalizar relaciones laborales con deficiencias registrales.
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
Últimas Noticias
Alivio sin euforia: Caputo buscó acercarse a la industria, pero la preocupación por la actividad dominó los pasillos
En la 32° Conferencia Industrial de la UIA hubo señales que no pasaron inadvertidas. Una charla en el VIP, reclamos pendientes y una interpretación política sobre el nuevo tono del Gobierno

Una entrevista de trabajo falsa, meses de preparación y el rol de Corea del Norte: Binance reveló cómo fue hackeada
La investigación preliminar de la empresa sobre el robo de USD 6.300 millones de criptoactivos de la semana pasada indicó que hubo acciones de "ingeniería social" para engañar a sus empleados y acceder a los sistemas de la plataforma

La advertencia de la UIA al Gobierno: la estabilización no alcanza y las empresas no pueden esperar las reformas
En su discurso de cierre de la 32° Conferencia Industrial, el presidente de la entidad, Martín Rappallini reconoció los avances macroeconómicos, pero reclamó medidas urgentes para sostener la producción y el empleo

El Gobierno defendió su agenda desreguladora en España: “Modernizar, simplificar o digitalizar algo inútil es inútil”
El secretario Alejandro Cacace, segundo de Federico Sturzenegger, habló en la Conferencia Internacional de Banca 2026 de Santander. Destacó que la estrategia local combina cambios regulatorios con estabilización fiscal, monetaria y financiera




