El Gobierno convocó a una reunión para definir el salario mínimo de las empleadas domésticas

El encuentro se realizará de manera virtual este 30 de abril a las 10 horas. En abril, sus ingresos se vieron reducidos, con respecto a marzo, puesto que dejó de pagarse el bono extraordinario

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(Imagen Ilustrativa Infobae)
De acuerdo a lo señalado en el Boletín Oficial, el Gobierno convocó a una sesión virtual de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para revisar salarios mínimos (Imagen Ilustrativa Infobae)

El Gobierno nacional convocó a una reunicón de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para analizar el aumento del salario mínimo para las empleadas domésticas.

De acuerdo con lo dispuesto por la resolución 3/2026 —publicada esta madrugada en el Boletín Oficial—, el encuentro se realizará de forma virtual 30 de abril de 2026, a las 10 horas. Se desarrollará bajo el ámbito de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Human.

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La sesión tendrá como punto principal el análisis de la evolución de las remuneraciones mínimas para los Trabajadores de Casas Particulares, de acuerdo con el Régimen especial de la Ley N° 26.844. Se espera que en este encuentro se debatan los criterios y parámetros que inciden sobre los salarios básicos de este sector, en un contexto de ajustes económicos y demandas de actualización salarial. El tratamiento de la estructura salarial de los trabajadores domésticos reviste importancia para miles de personas que desempeñan tareas en hogares de todo el país y que están amparadas por esta legislación específica.

El artículo 62 del Régimen especial para el Personal de Casas Particulares, establecido por la Ley N° 26.844, define a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) como el órgano normativo del régimen legal. La CNTCP está integrada por representantes de los trabajadores, de los empleadores, del Ministerio de Economía y de los entonces ministerios de Desarrollo Social y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, que ejerce la presidencia y asume las tareas de soporte legal, técnico y administrativo.

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(Imagen Ilustrativa Infobae)
La reunión se realizará el 30 de abril de 2026 a las diez horas (Imagen Ilustrativa Infobae)

Entre las principales atribuciones de la CNTCP figura la fijación de las remuneraciones mínimas para el personal comprendido en el régimen especial, tal como dispone el inciso c) del artículo 67 de la Ley N° 26.844. La definición de estos parámetros salariales constituye una de las funciones centrales de la comisión, que debe atender tanto a la situación socioeconómica general como a las particularidades del sector de trabajo en casas particulares.

Durante la sesión plenaria convocada para el 30 de abril, la CNTCP analizará datos y propuestas relativos a la actualización de los salarios mínimos del sector, considerando los informes técnicos y la evolución de los indicadores económicos. El objetivo central será acordar eventuales modificaciones en las escalas salariales, que resultan de aplicación obligatoria para todos los empleadores y trabajadores incluidos en el régimen.

De hecho, tiene la responsabilidad de garantizar que los salarios mínimos reflejen la realidad económica y social del país, protegiendo los derechos de los trabajadores y asegurando la equidad en las relaciones laborales dentro del ámbito doméstico.

Los valores vigentes en abril son los que corresponden al último acuerdo alcanzado entre las partes, por lo que la hora de servicio doméstico en tareas generales vale:

  • Con retiro: $3.348,37 por hora
  • Sin retiro: $3.599,86 por hora

Durante el mes de abril, el sector dejó de percibir el bono extraordinario que se abonó previamente en los primeros meses del año. Así, la remuneración de las empleadas domésticas quedó limitada a los salarios básicos y adicionales previstos por la normativa vigente.

La formalización del vínculo laboral entre empleadores y personal de casas particulares constituye un requisito obligatorio para el sector. Todos los empleadores deben registrar a sus trabajadores en el sistema ARCA (Administración Federal de Ingresos Públicos), sin distinción de cantidad de horas ni modalidad de trabajo. El trámite se realiza a través de la web de ARCA, utilizando la clave fiscal correspondiente. En caso de no disponer de clave fiscal, es necesario tramitarla previamente mediante la Solicitud de Clave Fiscal.

El proceso de inscripción en ARCA requiere la carga de los datos del empleado, a partir del número de CUIL. El sistema permite importar automáticamente los datos asociados a la persona, lo que agiliza la gestión para el empleador. La siguiente pantalla exhibe los datos básicos, tras lo cual el empleador debe completar los campos adicionales que figuran en el formulario.

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