
La posibilidad de depositar dólares no declarados en el sistema financiero se convirtió en uno de los temas más consultados desde la entrada en vigor de la Ley de Inocencia Fiscal y la publicación de las normativas correspondientes por parte del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y la Unidad de Información Financiera (UIF). En los bancos comenzaron a implementar mecanismos que facilitan el ingreso de divisas ahorradas fuera del circuito formal, ofreciendo alternativas de inversión en moneda extranjera y simplificando los trámites para los usuarios. Todo esto mientras, explican, no se ve un gran movimiento de clientes adhiriéndose al nuevo marco.
El Gobierno nacional impulsó este esquema buscando formalizar los ahorros en dólares que, hasta el momento, permanecían fuera del sistema. Además, recomendó que, si algún cliente encuentra obstáculos en bancos privados para acogerse a los beneficios de la nueva ley, utilice la opción de operar a través del Banco Nación.
Depósitos en dólares sin requisitos de documentación
La operatoria para ingresar estos fondos presenta diferencias respecto de regímenes pasados. Según informaron voceros de Supervielle, la entidad habilitó el depósito de dólares en el marco de la Ley de Inocencia Fiscal y las normativas emanadas del BCRA y la UIF. El banco ofrece dos alternativas para que los clientes puedan obtener rendimientos en moneda extranjera sin requisitos de documentación adicional. Los usuarios solo necesitan contar con una cuenta en Supervielle para comenzar.
Las opciones de inversión incluyen una cuenta remunerada con una tasa anual nominal del 2% y un plazo fijo en dólares a 365 días con una tasa del 5%. Ambas alternativas están disponibles para todos los clientes, quienes pueden depositar sus dólares y empezar a obtener intereses sin trámites complejos ni justificaciones documentales sobre el origen de los fondos.
Por otra parte, un banco que solicitó confidencialidad explicó que el mecanismo para ingresar dólares no declarados también se encuentra disponible en entidades que operan cuentas de sociedades de bolsa (ALyC) y administradoras de fondos comunes de inversión. La condición para acceder es que el cliente posea una cuenta bancaria habilitada en moneda extranjera dentro de la institución.
Banco Nación
Ante la consulta de Infobae, Banco Nación permitió aclarar varios puntos sobre la operatoria y los requisitos para los usuarios interesados. Desde la entidad nacional señalaron que basta con presentarse en el banco y contar con una caja de ahorro en la moneda que se quiere depositar. No se exige presentación de documentación, ya que los bancos verifican de manera interna la adhesión al régimen simplificado.
Sobre los trámites previos, Banco Nación indicó: “Si el cliente ya se encuentra adherido al régimen que se enmarca en la Ley 27799, puede depositar los fondos sin inconvenientes”. Además, destacaron que la disponibilidad del dinero es inmediata y que la norma vigente no impone plazos para la utilización de los fondos una vez acreditados.
La entidad aclaró que la adhesión al régimen simplificado de Ganancias no constituye una condición necesaria para realizar un depósito en moneda extranjera. No obstante, la adhesión otorga beneficios específicos que la hacen prácticamente indispensable, como antecedentes favorables frente al monitoreo de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo (PLAFT), y la no consideración de los activos incluidos bajo este régimen para validar variaciones patrimoniales en las declaraciones juradas de Ganancias.
“El cliente con CUIT activa, clave fiscal habilitada y acceso al servicio web puede formalizar la opción sin presentar documentación física”, señalaron fuentes de Banco Nación. La adhesión se realiza en línea a través del Sistema Registral, utilizando CUIT y clave fiscal nivel 3, dentro del plazo previsto por la norma (del 1° de junio hasta el primer vencimiento de la declaración jurada).
Respecto de los monotributistas, la entidad explicó que solo pueden acceder al régimen simplificado quienes estén inscriptos en el Impuesto a las Ganancias. Un monotributista que desee beneficiarse del esquema debe inscribirse previamente en Ganancias, algo cuya conveniencia es dudosa por lo que conviene consultar antes a un contador. Aunque, aclaran, que existe la posibilidad de que una persona figure como monotributista por una actividad y, a la vez, esté inscripta en Ganancias por otra, en cuyo caso sí puede optar por el régimen simplificado.
Recomendaciones oficiales y respuesta ante obstáculos
Desde el Gobierno nacional remarcaron que Banco Nación se encuentra habilitado y preparado para facilitar el acceso a los beneficios de la Ley de Inocencia Fiscal. En caso de que bancos privados impongan trabas o dificultades a los clientes, la recomendación oficial es utilizar la red del banco público para canalizar los depósitos y acceder al nuevo régimen.
La política busca ampliar la base de usuarios que ingresan divisas al circuito formal, reducir la informalidad y fortalecer la transparencia financiera. Voceros del sector bancario confirmaron que la operatoria se encuentra disponible en la mayoría de las entidades, aunque la experiencia del usuario puede variar según la institución y el canal elegido.
Paso a paso: cómo depositar dólares no declarados en el banco
El procedimiento para aprovechar el esquema de Inocencia Fiscal y depositar dólares en una cuenta bancaria consta de los siguientes pasos, según lo informado por Supervielle y Banco Nación:
- Adhesión al régimen simplificado de Ganancias: aunque no es un paso obligatorio, todo el sentido de usar dólares del colchón sin graves consecuencias fiscales está en esta adhesión. Con todo, los bancos no reclaman la adhesión para hacerlo.
- Apertura de cuenta en dólares: El cliente debe tener una cuenta bancaria habilitada en moneda extranjera en la entidad elegida. Si ya dispone de una, puede avanzar directamente al siguiente paso.
- Presentación en la sucursal o vía online: El interesado se presenta en el banco, ya sea de manera presencial o a través de canales digitales, con su identificación personal y los datos de su cuenta. No se requiere documentación adicional.
- Depósito de fondos: Se realiza el depósito en efectivo o transferencia de los dólares a la cuenta seleccionada. El banco verifica la adhesión al régimen simplificado, si corresponde.
- Disponibilidad inmediata: Una vez acreditados, los fondos quedan disponibles para su utilización sin plazos de espera.
- Beneficios fiscales: Quienes adhieren al régimen simplificado obtienen ventajas adicionales, como antecedentes favorables en controles de PLAFT y la exclusión de los activos regularizados del análisis de variaciones patrimoniales en futuras declaraciones juradas.
- Sin obligación de adhesión: La adhesión al régimen simplificado no es obligatoria para operar, aunque otorga beneficios fiscales y de protección patrimonial. Los bancos sugieren consultar, antes, a un contador.
El esquema simplifica el acceso al sistema financiero para tenedores de dólares fuera del circuito formal y amplía las alternativas para obtener rendimientos y protección fiscal sobre los fondos regularizados.
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