
A comienzos de noviembre, la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) confirmó un aumento salarial para las empleadas domésticas de 2,7% distribuido en dos tramos: 1,4% este mes y 1,3% en diciembre. A eso se sumó un pago adicional no remunerativo.
La CNTCP, integrada por representantes sindicales, empleadores y autoridades del Ministerio de Economía y la Secretaría de Trabajo, dispuso el incremento escalonado y un bono no remunerativo de $14.000 mensuales, que se pagará durante tres meses, hasta enero, para quienes superen las 16 horas de trabajo por semana.
Esta actualización impacta sobre más de 1,3 millones de empleadas domésticas en todo el país. Los salarios del sector no registraban modificaciones desde septiembre, mes que marcó el cierre del ciclo anterior de aumentos pactados. En ese período, la suba total había sido del 6,5%, distribuida entre julio, agosto y septiembre. Los datos relevados indican que los valores percibidos en la práctica exceden en al menos $2.000 por hora los montos oficiales.
Luego de haber aplicado el 1,4% sobre los sueldos mínimos de noviembre, en base a las escalas de la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) del mes corriente puede calcularse cómo quedarán las remuneraciones de las empleadas domésticas y el resto del personal del sector con la suba de 1,3% en diciembre.

Los valores de diciembre
Supervisor/a
- Con retiro: $3.783,32 por hora / $471.961,06 mensual
- Sin retiro: $4.143,71 por hora / $525.691,97 mensual
Personal para tareas específicas (cocina, tareas especializadas)
- Con retiro: $3.582,80 por hora / $438.483,53 mensual
- Sin retiro: $3.926,79 por hora / $487.121,05 mensual
Caseros
- $3.383,53 por hora / $427.807,54 mensual
Asistencia y cuidado de personas (adultos mayores, niños, personas con discapacidad o enfermas)
- Con retiro: $3.383,53 por hora / $427.807,54 mensual
- Sin retiro: $3.783,32 por hora / $476.759,57 mensual
Personal para tareas generales (limpieza, cocina, tareas del hogar y mantenimiento)
- Con retiro: $3.135,96 por hora / $384.722,14 mensual
- Sin retiro: $3.383,53 por hora / $427.807,54 mensual
Los valores de noviembre
Supervisor/a
- Con retiro: $3.734,78 por hora / $465.904,33 mensual
- Sin retiro: $4.090,52 por hora / $518.965,42 mensual
Personal para tareas específicas (cocina, tareas especializadas)
- Con retiro: $3.535,82 por hora / $432.851,44 mensual
- Sin retiro: $3.876,43 por hora / $481.837,15 mensual
Caseros
- $3.340,11 por hora / $422.316,42 mensual
Asistencia y cuidado de personas (adultos mayores, niños, personas con discapacidad o enfermas)
- Con retiro: $3.340,11 por hora / $422.316,42 mensual
- Sin retiro: $3.734,78 por hora / $470.627,41 mensual
Personal para tareas generales (limpieza, cocina, tareas del hogar y mantenimiento)
- Con retiro: $3.095,73 por hora / $379.784,94 mensual
- Sin retiro: $3.340,11 por hora / $422.316,42 mensual

Antigüedad, extras por zonas y aguinaldo
Quienes desempeñan tareas que corresponden a diferentes categorías deben percibir el sueldo fijado para la función mejor remunerada. Además, existe un adicional por antigüedad equivalente al 1% del salario mensual por cada año completo de servicio en la relación laboral. Este pago comenzó a aplicarse todos los meses desde el 1 de septiembre de 2021, y el período que se toma en cuenta se inicia el 1 de septiembre de 2020, sin retroactividad.
Por otra parte, se otorga un suplemento del 30% sobre los salarios mínimos de cada categoría para quienes realizan sus tareas en zonas consideradas desfavorables. Esta compensación alcanza a las personas que trabajan en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones, en la provincia de Buenos Aires.
En cuanto al Sueldo Anual Complementario (SAC), popularmente conocido como aguinaldo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) explica que para los trabajadores domésticos también se abona a la finalización de los semestres de junio y diciembre. Para determinar su valor, se calcula tomando el 50% del mejor sueldo del último semestre.
“Si la prestación de servicios es inferior a los seis meses, deberá liquidarse en forma proporcional a los meses trabajados (Ley de Contrato de Trabajo)”, aclara ARCA. A modo ilustrativo, si la persona sólo trabajó cuatro de los últimos seis meses, corresponderá que cobre el 66,67% (4 divido 6 meses) de la mitad del mejor sueldo de los últimos cuatro meses.
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