
Desde la publicación del decreto 196/2025 que aplicó profundos cambios en la Ley Nacional de Tránsito, en todo el territorio nacional excepto en la provincia de Formosa, la Licencia Nacional de Conducir tiene formato digital con un nuevo diseño pensado para ser exhibido ante las autoridades desde un dispositivo móvil, por medio de la aplicación Mi Argentina.
El nuevo diseño de la Licencia Nacional de Conducir incluye un código QR que tiene una validez de 24hs, tras las cuales se renueva automáticamente. Ese código permite que, ante la solicitud de la autoridad competente, se pueda constatar la vigencia del estado psicofísico del conductor.
Además, el código QR es el modo de mantener la información del titular de la licencia y la vigencia de la misma para situaciones en las que no haya cobertura de telefonía celular o señal digital en el momento de tener que exhibir el documento.
Si bien se puede solicitar una licencia física, esta tiene un costo adicional y no tiene fecha de vencimiento impresa. La misma es la que está consignada en la licencia digital de cada conductor. Las licencias en formato digital y físico tienen la misma validez legal.

Edades de otorgamiento
La licencia nacional de conducir se puede solicitar a partir de los 16 años exclusivamente para ciclomotores de hasta 50 cm3, y desde cumplidos los 17 años para vehículos automotores livianos, licencia clase A y B, con autorización de los padres del menor de edad solicitante. A partir de los 21 años y hasta los 65 años, todas las personas están habilitadas para la obtención de todo tipo de licencias.
Durante los primeros 6 meses, los conductores principiantes deben circular con un cartel que identifique esta condición y no pueden conducir en zonas céntricas, autopistas ni semiautopistas. En el lapso de los 2 primeros años desde el otorgamiento de la licencia de conducir, ante una falta grave de tránsito se suspende la habilitación y para obtenerla nuevamente, el conductor debe rendir nuevamente el examen teórico práctico.
Vencimiento
Las Licencias Nacionales de Conducir ya no tienen vencimiento y sólo debe actualizarse el estado psicofísico de su titular cada 5 años hasta los 65 años de edad. La condición psicofísica se puede renovar en los centros de otorgamiento de licencias o en prestadores particulares, tal como quedó actualizado en la modificación de la Ley de Tránsito que está vigente desde mayo. En cada jurisdicción se puede solicitar la lista de prestadores particulares para hacer ese control. Esos mismos prestadores son los encargados de actualizar la condición psicofísica luego de la revisión pertinente.
En algunas jurisdicciones como CABA, los prestadores particulares no están habilitados, y en este distrito en particular, las fechas de actualización del estado psicofísico varían respecto a la Licencia Nacional, extendiéndose a 10 años la vigencia para menores de 40 años, de 6 años para los mayores de 40 y menores de 50 años, de 4 para los mayores de 50 y menores de 70 y de 2 años para los mayores de 70 años de edad.
Otras jurisdicciones que adhirieron parcialmente pero mantienen la vigencia de sus licencias tal como las tenían antes de mayo fueron las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Santa Fe y San Juan.
A partir de los 65 años, para mantener la validez de las licencias clases A, B y G, el titular deberá constatar su aptitud psicofísica cada 3 años. En cambio, para las licencias clases C, D y E, el titular deberá constatar su aptitud psicofísica cada 2 años.
A partir de los 70 años de edad, la aptitud física de los conductores para mantener vigentes sus licencias habilitantes se debe renovar de manera anual.

Clases de Licencias de Conducir
Las licencias clase A son las que habilitan a conducir motocicletas y triciclos. Las licencias clase B son la que contemplan conducir automóviles particulares y comerciales livianos de hasta 3.500 kg. La clase C sube el nivel permitiendo conducir camiones sin acoplado y casas rodantes motorizadas o autoportantes. La licencia clase D habilita a hacerlo en transportes de pasajeros, desde taxis hasta buses, y para vehículos de seguridad o emergencias. Las licencias clase E son las que habilitan a conducir vehículos articulados, camiones con acoplado y maquinaria especial no agrícola. Las licencias clase G son las que permiten conducir vehículos y maquinarias agrícolas.
Aunque estaba contemplado modificarse entre los objetivos de la reforma de la Ley Nacional de Tránsito 24.449, la renovación de la Licencia Nacional de Conducir todavía debe hacerse en el domicilio en el que está registrado el Documento Nacional de Identidad.
Ambos domicilios tienen que coincidir en la jurisdicción, caso contrario, el conductor estará cometiendo una infracción y deberá rendir nuevamente los exámenes teórico y práctico en la jurisdicción correspondiente a su domicilio legal. El plazo para solicitar la Licencia Nacional de Conducir ante un cambio de domicilio en el DNI es de 90 días.
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