
Quienes recorren este lunes 29 de septiembre las principales áreas de consumo en Argentina encuentran un paisaje diferente al habitual. En la jornada dedicada a los trabajadores mercantiles, que se trasladó del viernes 26 a hoy, las grandes cadenas de supermercados y centros mayoristas cierran sus puertas en cumplimiento del acuerdo que regula el Día del Empleado de Comercio. La medida alcanza a miles de dependencias en todo el país y responde a la decisión pactada entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresariales principales del sector.
Este año, la conmemoración se trasladó a hoy para favorecer un descanso prolongado a quienes forman parte de la actividad, pero fuentes del sector reconocen que habitualmente se traslada al lunes siguiente debido a que se trata del día de la semana más flojo en ventas.
La definición se ampara en la ley 26.541, sancionada en 2009, la cual instituyó a nivel nacional la jornada no laborable para empleados del comercio. La aplicación de esta normativa no obliga a los comercios a cerrar sus puertas; cada empresa decide su accionar. Por lo general, sucede que las grandes superficies lo aplican, en tanto que en los comercios más chicos la situación es dispar. Mientras que algunos bajan la persiana, otros abren y cumplen con el pago correspondiente a sus trabajadores, como sucede en cualquier día feriado.
Qué comercios están cerrados
Los supermercados, cadenas de electrodomésticos y mayoristas informaron cese de actividades este lunes, por lo cual los consumidores encuentran servicios limitados en la mayoría de las grandes superficies. En el caso de los shoppings, están abiertos pero sólo por los locales de gastronomía y cines; los locales de ropa permanecen cerrados. Según lo pactado por el gremio y las cámaras empresarias, ni las empresas ni las cadenas pueden exigir al personal el cumplimiento de tareas ordinarias, excepto que apliquen la retribución adicional prevista en la norma. Por este motivo, la suspensión de operaciones representa tanto un reconocimiento legal como una forma de garantizar condiciones equitativas para el sector.

La regulación vigente deja margen de decisión a los propietarios, por lo que normalmente, lo que sucede es que muchos comercios de barrio abren sus puertas, más aún en el contexto actual de caída de consumo. La ley no exige el cierre total, sino que extiende la decisión a cada establecimiento que mantenga una relación no directa con la gran distribución.
La actividad mercantil incluye a más de un millón de personas. Esto convierte al Día del Empleado de Comercio en una de las conmemoraciones gremiales más importantes del calendario laboral argentino.
En este contexto, FAECYS elevó directivas claras para regular la jornada. La federación advirtió que ninguna empresa puede exigir tareas regulares en la fecha instituida. Si alguna persona debe trabajar, la organización gremial recordó que la remuneración exigida debe ser doble, tal como establece la Ley de Contrato de Trabajo para los casos de asuetos y días equiparados a feriados. Esta disposición busca evitar conflictos laborales y asegura el cumplimiento efectivo del derecho al descanso o a la compensación pecuniaria correspondiente.
El pedido de reconocimiento tuvo sus orígenes a mediados del siglo XX, momento en el que el sector comenzó a consolidar derechos bajo el impulso de organizaciones sindicales y el acompañamiento de políticas específicas del Estado. El 26 de septiembre de 1934, el presidente Agustín Pedro Justo promulgó la ley 11.729. Este instrumento normativo fijó, entre otras cuestiones, el régimen de licencias por accidente y enfermedad, la obligación de indemnizar despidos y la regulación del vínculo laboral para los trabajadores mercantiles. La gestión histórica de la federación sindical fue determinante: gracias a sus negociaciones, el colectivo ganó garantías antes inexistentes.
El contenido de la normativa resultó clave en la vida cotidiana de miles de agentes del sector, quienes comenzaron a percibir derechos y amparo legal frente a circunstancias de enfermedad, accidentes o finalización inesperada del vínculo laboral. Durante varias décadas, el Día del Empleado de Comercio existió como un evento simbólico, sin alcances legales sobre el calendario laboral. Esa perspectiva cambió en 2009 a partir de las demandas sindicales y la sanción de la ley 26.541. Desde ese año, la fecha cobró fuerza de día no laborable para todo el personal comprendido dentro del rubro.
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