
El Gobierno, a través de la Subsecretaría de Transporte Aéreo del Ministerio de Economía de la Nación, autorizó a LATAM Airlines Group S.A. a operar vuelos regulares internacionales de pasajeros y carga en la ruta Santiago de Chile – Ezeiza – Miami, y viceversa. De esta manera, los pasajeros podrán ir desde Buenos Aires, sin escala, hacia la ciudad estadounidense, en un puente aéreo que inicia en la capital chilena.
La decisión, firmada por el subsecretario Hernán Adrián Gómez, se formalizó el 13 de agosto y fue publicada este martes en el Boletín Oficial.
La Disposición 23/2025 responde a un pedido formal de LATAM Airlines, realizado en marzo, donde la empresa solicitó autorización para operar vuelos regulares internacionales de pasajeros y carga en la ruta mencionada, en el marco de los convenios bilaterales vigentes entre Argentina y Chile.
“LATAM Airlines Group S.A. tiene intención de operar un nuevo vuelo diario en la ruta Santiago de Chile-Buenos Aires-Miami, en quintas libertades conforme los acuerdos bilaterales vigentes, sujeto a presentaciones y aprobaciones gubernamentales”, expreso la empresa de bandera chilena.
“Esta potencial nueva ruta podría comenzar a fines de 2025 trazando un nuevo puente entre Chile, Argentina y Estados Unidos, aunque la fecha no se encuentra determinada”, continuó.

En mayo, Latam informó oficialmente que sumaba esta nueva opción con la que proyecta “movilizar unos 170 mil pasajeros al año”.
“El vuelo de frecuencia diaria será operado en aviones Boeing 787-8 y 787-9 Dreamliner, con capacidad entre 271 asientos (20 Business /251 Economy) y 300 asientos (30 Business /270 Economy), respectivamente”, indicaron.
Desde Latam aseguraron que esta ruta estará disponible a partir del 1° de diciembre de 2025.

El documento publicado en el Boletín Oficial indica que la compañía “acreditó los recaudos legales y administrativos exigidos por la normativa vigente para prestar los servicios requeridos”.
El marco legal que habilita esta autorización se apoya en la Ley 17.285 (Código Aeronáutico), los decretos 50/2019 y 599/2024, y en acuerdos bilaterales recientes. Entre estos instrumentos se destacan el Memorándum de Entendimiento entre las Autoridades de la República de Chile y la República Argentina del 23 de abril de 2024, y las Actas de Reunión de Consulta de 1996 y 2002.
La disposición subraya que “la operatoria propuesta se encuentra contemplada en el marco bilateral que rige las relaciones aerocomerciales entre ambos países”.
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y su Dirección Nacional de Transporte Aéreo (DNTA) intervinieron en el proceso y emitieron dictámenes favorables. Además, el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía revisó la medida antes de su aprobación.
El texto de la disposición señala: “La DNTA de la ANAC se ha expedido favorablemente en el ámbito de su competencia”.
Además, el Gobierno destaca que LATAM Airlines recibió los avales necesarios para operar por parte de la autoridad aeronáutica chilena, en cumplimiento de los acuerdos bilaterales: “El transportador ha sido oportunamente designado por la autoridad aeronáutica de su país, de conformidad con lo dispuesto a nivel bilateral, para efectuar servicios regulares y no regulares hacia nuestro territorio”.
La autorización refuerza la conectividad aérea entre Argentina, Chile y Estados Unidos, y se enmarca en la política de apertura y cooperación bilateral en materia de transporte aéreo. Sobre todo, de cara al Mundial 2026, que se llevará a cabo, en parte, en el territorio estadounidense.
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