
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó el sistema para que los contribuyentes puedan realizar su recategorización en el Monotributo, teniendo en cuenta las nuevas escalas que rigen de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) de diciembre, que alcanzó el 2,7%. También hay cambios en el Impuesto a las Ganancias.
Estará disponible desde este jueves y hasta el 5 de febrero. Con el objetivo de agilizar y facilitar los trámites, la agencia de recaudación desarrolló la Recategorización simplificada. Así, a partir de ahora, una vez que el contribuyente empiece el trámite en el portal Monotributo, el sistema va a mostrar de forma automática la facturación anual.
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Si el número es correcto, se puede confirmar la nueva categoría, mientras que si es necesario modificar el monto, se puede editarlo manualmente. Además, la recategorización se podrá realizar desde el celular a través de la app ARCA Móvil. Cabe mencionar también que el organismo implementó el “Facturador”, un nuevo sistema que permite a los monotributistas emitir comprobantes electrónicos desde sus celulares. La herramienta está pensada para simplificar la facturación en pequeños comercios de proximidad.
La Recategorización simplificada estará disponible para los monotributistas que únicamente cuenten con puntos de venta de facturación electrónica y que tengan 12 meses completos dentro del Monotributo. También se deberá tener en cuenta los últimos 12 meses para el cálculo de las variables. Los valores son los siguientes:
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Por otro lado, ARCA aclaró que si se tiene más de un semestre de funcionamiento pero menos de 12 meses, se realiza una proyección anual aplicando la regla de 3 simple. A modo de ejemplo, si es inicio de actividad fue de mayo 2024 a diciembre y se facturó $5.000.000 en total, la cuenta debe realizarse de la siguiente forma: $5.000.000 / 8 meses x 12 meses = $7.500.000
Es importante mencionar que los parámetros e importes a pagar se actualizan de forma semestral y para la actual recategorización se deben considerar los IPC de julio a diciembre y para la próxima, los índices de enero a junio.
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¿Cuándo los monotributistas no están obligados a cumplir con la recategorización?
- Cuando deban permanecer en la misma categoría, es decir, que no se modicaron los parámetros de la categoría actual
- Cuando se trate del inicio de actividades y no hayan transcurrido más de 6 meses calendario
Cabe destacar que si un contribuyente debe cambiar de categoría y no lo hace, ARCA puede hacer una recategorización de oficio, lo que implica multa del 50% del impuesto integrado y el componente previsional que les hubiera correspondido pagar. Quienes sean recategorizados de oficio recibirán una notificación en el domicilio fiscal electrónico.
¿Cómo pagar el monotributo?
El pago mensual del monotributo se puede efectuar hasta el día 20 del mes correspondiente. En este caso, el 20 de febrero estarán vigentes los nuevos valores a abonar.
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Los monotributistas de todas las categorías deben utilizar exclusivamente medios electrónicos para el pago de sus obligaciones. A través del portal Monotributo se puede corroborar la fecha de vencimiento de cada cuota y el monto a abonar. El pago de las cuotas puede realizarse desde un Volante Electrónico de Pago (VEP), homebanking, cajero automático, tarjeta de crédito, débito automático en cuenta bancaria o Mercado Pago.
Impuesto a las Ganancias
En otro orden, tras la publicación del IPC del Indec, se fijó un nuevo mínimo del Impuesto a las Ganancias y el piso subió a $2.285.136 de salario mensual bruto para solteros sin hijos y $3 millones para casados con dos hijos.
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Se pueden realizar deducciones en conceptos tales como alquileres, gastos médicos y cuota de colegio, útiles y herramientas para hijos de hasta 24 años.
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