
El ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, que encabeza Federico Sturzenegger, anunció la liberación de la exportación e importación de obras de arte, que se oficializará mediante un decreto que se publicará luego de esta medianoche en el Boletín Oficial.
“Queda liberado el mercado de arte permitiendo a nuestros artistas acceder al mercado internacional sin trabas, sin restricciones, ni trámites engorrosos. A los ciudadanos que mueven sus propias obras de arte, podrán hacerlo con la misma facilidad”, señala el comunicado que distribuyeron desde la cartera desreguladora, que trabajó el tema en colaboración con la Secretaría de Cultura de la Nación.
Uno de los cambios que se introducen es la ampliación de uno a cinco años del plazo que tiene los galeristas para efectuar la exportación e importación transitoria. Se trata, explicaron, de “un un reclamo histórico del sector, que genera importantes ahorros para el manejo de obras de artes en exposiciones y ferias”.
Licencias y certificaciones
Además, se elimina la certificación de obras para la exportación para obras de artistas con más de 50 años de fallecidos.
Hasta ahora, en esos casos se requería una Licencia de Exportación que otorgaba al Estado Nacional o a terceros residentes una opción de preferencia en la compra de las obras, lo cual terminaba afectando el derecho de propiedad de los dueños de dichas obras.
Se trataba, además, señalaron desde la cartera desreguladora, de un “trámite engorroso trámite para darle la opción de compra al Estado nacional, que demandaba hasta 16 firmas” durante el proceso burocrático.
“Decenas de miles de artistas y galeristas tuvieron que hacer este trámite en los últimos 30 años, sin embargo, ni el Estado ni ningún privado nunca ejerció esa opción”, subraya el comunicado del ministerio que encabeza Sturzenegger.

Por otra parte, prosigue, “la obligación de darle la opción de compra al Estado, a su vez, era un disuasivo a la conformación de colecciones de arte en el país”.
De eses modo, explica, “importar una obra era equivalente a perder el derecho de venderla ya que nunca se sabía si el Estado ejercería su derecho y a qué precio”.
Una importante calificación es que la liberación de la importación y exportación de obras de arte excluye “las obras que constituyen patrimonio cultural de la Nación”.
Por otra parte, a los fines de la determinación de la legitimidad de la exportación solo será requerido completar un formulario en el aeropuerto, el que podrá completarse en cualquier horario.
Antes, en cambio, “la exportación de obras de arte necesitaba de trámites en Aduana que se podían hacer solo a determinadas horas.
También se elimina la existencia del “Comité otorgante de las licencias de exportación”, lo cual reduce la burocracia, concluye el comunicado de la cartera desreguladora.
Un experto en arte consultado por Infobae dijo que espera conocer los detalles del decreto a publicarse en el Boletín Oficial, pero señaló que en principio algunas de las modificaciones, como la extensión del plazo para que los galeristas saquen obras del país y las exhiban en circuitos internacionales, son positivas. En cambio, dijo que darle al Estado o a compradores nacionales una opción de compra es estándar en muchos países, para preservar el patrimonio artístico.
Por otra parte, agregó, la norma no dice nada sobre la valuación del egreso o ingreso de obras, con lo cual puede facilitar la subfacturación de exportaciones o la sobrefacturación de importaciones. Acortar los trámites, dijo, es una buena idea, pero eso no debería significar apartarse de ciertos estándares que aplican la mayoría de los países de modo que las obras de los artistas fluyan internacionalmente y su arte pueda apreciarse y valorizarse internacionalmente.
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