
El Senado aprobó los cambios propuestos por el Ejecutivo en el monotributo, pero votó en contra del artículo 100 del capítulo del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes del paquete fiscal que preveía la prórroga del denominado Monotributo Social. Esta norma, que no estaba incluida en el proyecto original y había sido agregada durante la discusión en Diputados, aseguraba la continuidad de beneficios para sectores de la economía popular que podían facturar por sus actividades comerciales abonando una mensualidad menor que el resto de los monotributistas.
El proyecto fue tratado en Diputados junto a la Ley Bases, que contempla una serie de modificaciones importantes con relación al monotributo que rige hasta la actualidad. La iniciativa del Ejecutivo supone una actualización de los topes de facturación y cuotas, con subas de entre 300 y 330 por ciento. El ingreso tope anual sería de $68 millones y eliminaría la diferenciación entre actividades (comercio y servicios) para estar en el régimen simplificado.
Así quedaron las escalas de monotributo
Los nuevos montos de facturación quedaron de la siguiente manera:
- Categoría A: De $ 2.108.288,01 a $6.450.000: + 206%
- Categoría B: De $ 3.133.941,63 a $9.450.000: + 202%
- Categoría C: De $ 4.387.518,23 a $13.250.000:+ 202%
- Categoría D: De $ 5.449.094,55 a $16.450.000: 202%
- Categoría E: De $ 6.416.528,72 a $19.350.000: +202%
- Categoría F: De $ 8.020.660,90 a $24.250.000: + 202%
- Categoría G: De $ 9.624.793,05 a $29.000.000: + 201%
- Categoría H: De $ 11.916.410,45 a $44.000.000: + 269%
- Categoría I: De $ 13.337.213,22 a $49.250.000: + 269%
- Categoría J: De $ 15.285.088,04 a $56.400.000: + 269%
- Categoría K: De $16.957.968,71 a $68.000.000: + 301%.
La cuota mensual total a pagar (impuesto, aporte a la jubilación y salud) tendría los siguientes valores para locaciones y servicios:
- Categoría A: de $ 12.128,39 a $26.600: un aumento de 119,3%
- Categoría B: de $ 13.561,75 a $30.280: 123,3 %
- Categoría C: de $ 15.503,51 a $35.458: 128,7
- Categoría D: de $ 19.497,94 a $45.443,80: 133,1%
- Categoría E: de $26.945,97 a $64.348,18: 138,8%
- Categoría F: de $ 33.137,61 a $80.983: 144,4%
- Categoría G: de $ 38.694,95 a $123.696,20: 219,7%
- Categoría H: de $ 66.111,51 a $280.734,68: 324,6%
Para las restantes tres categorías añadidas a locación y servicios, las cuotas serían de $517.608,55, $626.931,97 y $867.084,75 mensuales.

Qué es y qué pasará con el monotributo social
El Monotributo Social es un régimen que permite a sectores de la economía popular facturar por sus actividades comerciales con una cuota mensual reducida. El paquete fiscal original eliminaba la figura del Monotributo Social, lo que generó críticas. Sin embargo, la Asociación Monotributistas Asociados República Argentina logró que se estableciera una prórroga de 90 días para este régimen en Diputados.
En el Senado, la Comisión de Presupuesto y Hacienda modificó el artículo 100, proponiendo un aumento en la cuota del monotributo social del 670%, de $3.228 a $23.600 por mes. Finalmente, se rechazó este artículo y se acordó que los monotributistas sociales continuarían en el sistema con un aumento de cuota menor al propuesto inicialmente, pagando $9.900 por mes a partir de agosto de este año.
Cómo ser monotributista en AFIP
Para ser monotributista en AFIP, los pasos a seguir son los siguientes:
- Inscribirse en AFIP: Ingresar al sitio web de la AFIP y registrarse con Clave Fiscal. Seleccionar la opción “Inscripción Monotributo”.
- Declarar datos personales: Completar la declaración jurada con información personal y datos del negocio o actividad que se va a realizar.
- Elegir la categoría: Seleccionar la categoría correspondiente según el nivel de facturación y actividad (comercio, servicios, etc.). Utilizar el cuadro de escalas para guiarse.
- Confirmar inscripción: Una vez completada la información, revisar y confirmar la inscripción. La AFIP proporcionará un comprobante de adhesión al Monotributo.
- Emitir facturas electrónicas: Obtener un punto de venta para emitir facturas electrónicas y habilitar la herramienta de facturación en el portal de AFIP.
- Pagar las cuotas mensuales: Abonar mensualmente las cuotas correspondientes (aporte impositivo, jubilatorio y de obra social).
Este proceso puede realizarse íntegramente en línea a través del portal oficial de AFIP.
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