
El gobierno argentino presentó, a través del estudio Sullivan & Cromwell que lo representa ante las cortes de Nueva York en el juicio por la expropiación de YPF, que la jueza Loretta Preska exima a la Nación de depositar USD 16.000 millones de “garantía” durante el proceso de apelación de la sentencia.
En septiembre, la jueza falló contra la Argentina y a favor de los demandantes, condenándola a pagar USD 16.000 millones porque al expropiar la compañía violó su estatuto (que obligaba a extender su oferta por la parte que expropió de Repsol a todos los accionistas de la empresa), inscripto ante la SEC, la Comisión de Bolsas y Valores de EEUU, y por lo tanto sujeto a las leyes de EEUU, sede del principal mercado de capitales del mundo, usualmente referido como “Wall Street”.
La Argentina apeló el fallo, pero según las normas de la Corte, para ejercer ese derecho y detener el proceso de embargo de activos debe depositar una garantía por un monto equivalente al fallo en proceso de apelación. Esto es, por USD 16.000 millones.

Burford Capital, el fondo que ganó el caso contra la Argentina en el tribunal de Preska, pidió a la jueza que autorice el embargo de activos de la República Argentina a partir del 16 de octubre, cuando expira el período de 30 días desde el fallo para iniciar acciones de ese tipo.
Pero ayer, viernes 6 de octubre, la Argentina presentó un escrito argumentando que el plazo requerido por Burford para iniciar embargos no respeta un “período razonable” y argumenta además que el monto de la garantía exigida equivale al 20% del presupuesto anual de la Argentina y es imposible de cumplir.
Daño irreparable
“El país no tiene acceso a los mercados de capital para emitir un bono y depositar (ante la Corte) y pagar una garantía causaría un daño irreparable a la población, que sufre de una alta inflación causada por una sequía sin precedentes”, dice el escrito.
Sebastián Maril, de Latam advisors, el analista que sigue más de cerca el caso, informó de la novedad en un posteo en la red social X (ex Twitter).
El escrito presentado por el estudio que representa a la Argentina pide que la jueza rechace el pedido de Burford (inicio de embargos a partir del lunes 16 de octubre) “a la luz del pedido anticipado por la Argentina de suspender la ejecución de la enorme sentencia”. Además, considera “prematuro” el pedido de Burford, afirma que causaría un “derroche de recursos judiciales y de las partes” y por lo tanto pide se suspenda la ejecución de embargos, sin necesidad de presentar garantía. También argumenta que la inmediata ejecución del fallo “generaría litigios caóticos e innecesarios” y señala que de hecho Burford no ha identificado ningún activo embargable de la Argentina en EEUU.

De acceder al pedido de inicio de embargos, prosigue, la jueza “no haría más que lanzar un período de largos e innecesarios procedimientos de identificación en EEUU, a expensas de otros acreedores”. Y agrega que si la Argentina gana el juicio en apelación, los activos embargados por Burford ya estarían “dispersos por todo el mundo entre partes no identificadas”. Al respecto, señala que Burford ya vendió 38,75% de su parte en la demanda a inversores cuya identidad no ha sido revelada, por lo que “no hay ninguna certeza de que cualquier pago de la sentencia, una vez realizado, pueda ser recuperado”.
E insiste en que el período de 30 días para iniciar los embargos “es mucho más corto de lo que la Corte considera razonable”, pues en general espera “varios meses” antes de autorizar medidas así. El escrito también cita como antecedentes a favor de la Argentina el rechazo de las cortes a medidas “irrazonables” en casos que involucraban a “soberanos”.
Regla, no ley
En diálogo con Infobae, Sebastián Maril aclaró que el plazo de 30 días que invoca Burford para iniciar embargos es en general una “regla habitual”, no una ley neoyorquina. La jueza Preska puede por ende responder positivamente al pedido argentino, como en su momento sucedió en una demanda en tribunales de Londres en un juicio por cupones del PBI.
“Preska sabe que es imposible que un país soberano deposite semejante garantía”, explicó Maril. Además, como lo señala en su escrito, la Argentina no puede emitir un bono por ese valor. Tampoco podría comprar una garantía de ese tipo, porque nadie en el mercado se la vendería, dijo Maril.
Una respuesta “razonable” de la jueza, consideró el analista, sería reducir la garantía al 10% del monto del fallo (esto es, a USD 1.600 millones), lo cual abriría nuevas instancias y evaluaciones sobre qué tipo de activos podría presentar la Argentina y cuáles serían las acciones posteriores posibles.
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