El Gobierno autorizó un nuevo aumento del bioetanol que se utiliza para la fabricación de combustibles

La Resolución de la Secretaría de Energía fue publicada este jueves en el Boletín Oficial. Es el tercer aumento de 2023

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El Gobierno fijó en $141,409
El Gobierno fijó en $141,409 por litro el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y del bioetanol elaborado a base de maíz; ambos destinados a su mezcla obligatoria con nafta

El Gobierno Nacional, a través de la Secretaría de Energía, autorizó un nuevo incremento del bioetanol que se utiliza para la fabricación de combustibles.

Mediante la Resolución 169/2023, publicada este jueves en el Boletín Oficial, el área que depende del Ministerio de Economía fijó en $141,409 por litro el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y del bioetanol elaborado a base de maíz; ambos destinados a su mezcla obligatoria con nafta. El aumento dispuesto regirá “para las operaciones llevadas a cabo a partir del 16 de marzo de 2023 y hasta la publicación de un nuevo precio que lo reemplace”.

“El plazo de pago del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente”, se aclaró en el texto que lleva la firma de la secretaria de Energía, Flavia Royón.

Es el tercer incremento que autoriza el Gobierno y esto tiene que ver con una resolución de septiembre de 2021 en la que se estableció que los precios del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de maíz destinados al mercado interno en su mezcla obligatoria con las naftas “serían actualizados mensualmente por la Secretaría de Energía y publicados en su página web con la misma temporalidad, de acuerdo a la variación porcentual del precio en el surtidor de las naftas comercializadas a través de las estaciones de servicio de propiedad de la empresa YPF SOCIEDAD ANÓNIMA”.

Además que por un decreto de 2022 se facultó a la mencionada secretaría a “establecer mecanismos alternativos para la determinación del precio del bioetanol elaborado a base de maíz y de caña de azúcar, de aplicación excepcional en los casos en que se verifiquen desfasajes sustanciales entre el precio resultante de la implementación de la mencionada resolución y los costos de elaboración de los citados biocombustibles, los cuales serían dejados sin efecto a partir de que esta Secretaría dicte la normativa pertinente en la que se estipulen las pautas para la determinación de los precios en cuestión en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 27.640″.

En este marco, una resolución del 1° de marzo había fijado el anterior incremento, pero ahora “en función de la información suministrada por YPF respecto de la variación de los precios implementada con fecha 16 de marzo de 2023 para las naftas grado 2 y grado 3 comercializadas a través de las estaciones de servicio de su propiedad en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resulta pertinente fijar y publicar en la página web de esta Secretaría el precio de adquisición del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y de maíz, para las operaciones a llevarse a cabo a partir del 16 de marzo de 2023 y hasta que un nuevo precio lo reemplace”.

El último aumento, aprobado semanas atrás, había fijado un incremento del 4,66 % que había llevado el precio del bioetanol a $135,336 por litro. Mientras que el de fines de enero -el primero del año- había sido del 4,55%.

En tanto, en 2022, el bioetanol a base de caña de azúcar y el de maíz aumentó en febrero, abril, mayo, septiembre, octubre, noviembre y diciembre, de acuerdo a las resoluciones de la Secretaría de Energía.

En agosto de 2021, el Gobierno puso en vigencia el nuevo Marco Regulatorio de Biocombustibles, que regirá hasta 2030 a partir de la Ley 27.640 que dispuso nuevos parámetros de cortes obligatorios de naftas y gasoil, y creó la Comisión Especial para el desarrollo del sector. Por medio del mismo, se estableció un corte mínimo obligatorio de 12% de bioetanol, y una eventual reducción al 9% con la nafta. En el caso del combustible elaborado a base de caña de azúcar, los volúmenes deberán ser del 6% de la mezcla mínima obligatoria, mismo porcentaje para el bioetanol a base de maíz.

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