
En el marco de las vacaciones de invierno que están a punto de comenzar, y en medio de la incertidumbre por las restricciones que desalientan los viajes al exterior, el Gobierno lanzó la sexta edición del programa Auxilio Para Prestadores Turísticos (APTUR VI), que establece una ayuda económica para las empresas del sector. La medida fue anunciada a través de la Resolución 227/2021, publicada este viernes en el Boletín Oficial.
En esta oportunidad se han incorporado “algunas modificaciones recogidas de las experiencias obtenidas” durante las anteriores etapas de este mismo plan, por lo que hay ciertas diferencias en cuanto a los requisitos para recibir la asistencia.
Entre otros puntos, se endurecieron las condiciones para acceder al beneficio, ya que quedarán excluidas las personas que tengan “uno o más empleados/as en relación de dependencia a su cargo”, cuando anteriormente se permitía hasta tres.
Además, siguen quedando afuera quienes “adeuden contraprestaciones por cualquier tipo de asistencia que hayan recibido de esta Cartera, o posean cuentas pendientes de rendición” y los que “se encuentren en relación de dependencia bajo cualquier modalidad, tanto en el sector público como en el privado”.
Puntualmente, la ayuda consiste en el “otorgamiento de aportes no reembolsables, por la suma mensual de $ 22.000, durante el periodo comprendido entre agosto y diciembre de 2021″, aunque el alcance de esta medida continúa dependiendo “de la partida presupuestaria que se disponga”.
Al igual que sucedió en los anteriores programas, al momento de solicitar la asistencia las empresas deberán demostrar la relación con el sector turístico mediante documentación fehaciente y aprobar mensualmente un curso de capacitación o cápsulas de contenido del Programa de Formación Virtual (PFV) en la plataforma https://campus.yvera.gob.ar/ que lleva adelante el Ministerio de Turismo y Deportes.
Al respecto, se aclaró que quienes ya hayan estado inscriptos otras veces en el APTUR, no podrán presentar la aprobación de alguno de los cursos ya realizados y que en todos los casos es obligatorio terminar la capacitación en el plazo de 15 días corridos desde la notificación correspondiente a cada mes.
Requisitos específicos para Monotributistas y Autónomos:
-Acreditar trez períodos consecutivos de inscripción en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes -Monotributo-, Monotributistas Sociales o Trabajadores Autónomos, en los últimos 12 meses previos a la declaración de Emergencia Sanitaria en la República Argentina (marzo de 2020), o dos meses consecutivos de inscripción a partir de marzo de 2020.
-En caso que el postulante no se encuentre inscripto al impuesto por haberse dado de baja con posterioridad a la declaración de la Pandemia, deberá obligatoriamente adjuntar el formulario de reporte histórico de categorías incluido en el servicio de cuenta corriente de monotributistas y autónomos (CCMA) de la página web de la AFIP.
Requisitos específicos para las sociedades:
-El o la representante legal o apoderado/a de la solicitante deberá acreditar la existencia de la sociedad y certificar la representación invocada, sea con acta de designación inscripta en la Inspección General de Justicia o Registro Público, o en copia fiel certificada por escribano público. Si es un apoderado, debe adjuntar copia del poder.
-Acreditar seis meses consecutivos de ejercicio en los últimos 12 meses previos a la declaración de Emergencia Sanitaria en la República Argentina (marzo de 2020) o tres meses consecutivos de ejercicio a partir de marzo de 2020.
La primera edición de este plan fue lanzada en junio de 2020, cuando la Argentina se encontraba en en pleno aislamiento obligatorio, y alcanzó a 3.500 personas. En agosto del año pasado y en febrero del presente se amplió la cobertura hasta llegar a unos 5.800 beneficiarios.
A partir de este sábado, los posibles beneficiarios tendrán cinco días corridos para presentar las solicitudes de apoyo económico, de acuerdo con lo establecido en el nuevo Reglamento, el cual también fue aprobado en esta Resolución.
Entre los considerandos, el Gobierno señaló que “la merma de las actividades en general” producida por las medidas sanitarias, “afectó de manera inmediata y aguda a todo el sector turístico, pero particularmente y con mayor severidad, a las personas con pequeños emprendimientos vinculados a este ámbito”.
“No obstante los esfuerzos llevados adelante, debido a la situación epidemiológica ocasionada por el coronavirus y sus consecuencias directas sobre la recuperación del sector turístico, es menester extender el auxilio a las personas humanas y jurídicas prestadoras de servicios turísticos cuyas fuentes de ingresos se hayan visto afectadas”, remarcaron las autoridades nacionales.
El documento destaca además que en esta oportunidad se han incorporado “algunas modificaciones recogidas de las experiencias obtenidas en las anteriores ediciones” del programa.
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