
La Cámara de Diputados convirtió en ley el nuevo Consenso Fiscal por el cual se establece un nuevo cronograma impositivo para las provincias. Con 140 votos a favor, 104 en contra y una abstención, se aprobó el pacto que firmaron todos los distritos salvo San Luis, La Pampa y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y que otorga $ 70.000 millones a las provincias para reactivar sus economías, prohíbe el aumento de la deuda pública y suspende procesos judiciales por la distribución de la Coparticipación Federal.
Uno de los puntos fundamentales de la ley es que permite a las provincias y los municipios para que aumenten Ingresos Brutos, Sellos y Tasas municipales. Como contrapartida, los gobernadores tienen que desistir de las demandas conta el Estado nacional por coparticipación.
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Por este último punto es que la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no se sumó a esta nueva edición del consenso fiscal ya que tiene una demanda contra el Estado nacional por el quite de la coparticipación que llevó adelante la administración de Alberto Fernández. En el caso de San Luis y La Pampa, aunque acompañan no lo firman porque sus respectivas legislaturas no habían aval el Pacto Fiscal en 2017 por lo que ahora si quisieran firmarlo requerirían esa aprobación parlamentaria provincial.
El Consenso Fiscal 2020 reemplaza al acuerdo firmado en 2017, durante el Gobierno de Mauricio Macri, que entre sus puntos preveía una baja gradual de los impuestos a los Ingresos Brutos y Sellos en un período de 5 años. Esa ley fue suspendida en diciembre de 2019 luego de la asunción de Alberto Fernández como presidente y a pedido de los gobernadores.
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En lo que se refiere a Ingresos Brutos esta nueva norma establece la suspensión del cronograma de reducción del impuesto y además autoriza a suspender su desgravación para los ingresos de exportación de bienes o servicios. Además se quita la imposibilidad de aumentar alícuotas del impuesto de sellos por transferencia de inmuebles, automotores y actividades hidrocarburíferas.
Esto generó muchos reclamos del sector privado que entienden que ahora gobiernos provinciales y municipales podrán ¿aumentar sus impuestos sin límites en los topes máximos, gravar ingresos que estaban exentos y aplicar impuestos a la nómina salarial de las empresas.
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El proyecto además establece que en el 2021 las provincias no podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera respecto a los valores registrados al 31 de diciembre del 2020. Esa medida no se aplicará para las líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito o con acreedores institucionales siempre que, estos últimos, otorguen financiamiento de largo plazo con características similares a los primeros, en términos de repago y de destino de los fondos, entre otros.
Tampoco se aplicarán a los fondos obtenidos que se destinen a financiar obras de infraestructura o a reestructuración de servicios de deuda emitida con anterioridad al 31 de diciembre de 2020.
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Otro punto central del acuerdo estará vinculado a las demandas judiciales y se establece que por un año las provincias se abstendrán de iniciar procesos judiciales, y suspender los ya iniciados, relativos al régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.
También habrá trabajos en conjunto entre la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y los organismos provinciales de recaudación tributaria para identificar la titularidad de bienes inmuebles y otros bienes registrables.
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Además, la Nación y las provincias trabajarán en forma conjunto en un programa integral para la simplificación y coordinación tributaria federal. Se incluye, por otra parte, el reconocimiento de que la coparticipación no es el vehículo de recursos para transferir servicios, competencias y funciones de la Nación a los distritos.
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