Cómo se fijará el aumento de las jubilaciones si se aprueba la reforma que será enviada al Congreso

Si prospera el proyecto del Gobierno, a partir de 2021 los haberes previsionales se actualizaran por una fórmula que incluye un 50% la variación semestral de los salarios y un 50% por la recaudación tributaria

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La nueva fórmula de movilidad de las jubilaciones y pensiones, que deberá ser aprobada por el Congreso (Nicolás Stulberg)
La nueva fórmula de movilidad de las jubilaciones y pensiones, que deberá ser aprobada por el Congreso (Nicolás Stulberg)

El Gobierno confirmó esta semana cómo se actualizarán las jubilaciones a partir de 2021. En una reunión entre funcionarios del ministerio de Economía y legisladores del oficialismo, se presentó la nueva fórmula de movilidad de las jubilaciones y pensiones, que deberá ser aprobada por el Congreso: estará compuesta un 50% por la evolución de los salarios y un 50% por la recaudación.

Aquí las principales claves de la actualización que propone el Gobierno:

¿Cómo se calculará el aumento de las jubilaciones?

A partir de 2021, los haberes se actualizarán por una fórmula que incluye un 50% la variación semestral del valor de los salarios (medidos por el índice Ripte) y un 50% por la recaudación tributaria. De esta forma, se reemplaza a la fórmula anterior, que había sido aprobada en 2017 durante el gobierno de Mauricio Macri y fue suspendida en diciembre de 2019.

La fórmula de movilidad que fue suspendida se basaba en 70% de la inflación y 30% del promedio de los salarios y se debía aplicar trimestralmente (en marzo, junio, septiembre y diciembre), aunque con un rezago de seis meses en los índices de referencia.

Si la fórmula es mitad variación de salarios y mitad recaudación es con el único objetivo de reducir los aumentos. En particular luego de la pandemia, que nos deja con menos empleo y una fuerte reducción en el pago de aportes y contribuciones. Los trabajadores recibirán los incrementos de paritarias, los jubilados la mitad de eso y el resto supeditado a la suerte recaudatoria del Estado”, advirtió la abogada previsionalista Andrea Falcone.

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¿Cuántos aumentos se darán por año?

Además del cambio de fórmula, también habrá menos ajustes por año. Se pasará de ajustes trimestrales (cuatro por año) a ajustes semestrales (dos por año). De acuerdo con la propuesta del Gobierno, habrá dos actualizaciones anuales, una en marzo y otra en septiembre.

En 2021, la actualización de marzo contemplará un 50% de la variación semestral del valor de Ripte (salarios de trabajadores registrados) y un 50% de la recaudación tributaria. En este caso, se tomará la variación interanual del semestre, ajustada por la cantidad de beneficios. Aunque ese punto no fue detallado.

En tanto, la actualización de septiembre tomará un 50% de la evolución del Ripte y un 50% de la variación interanual de la recaudación acumulada de los últimos 12 meses. Según el Gobierno, se reduce el rezago en tres meses para los períodos considerados para el cálculo del Ripte. “Hacer ajustes semestrales con un rezago mínimo, disminuye la volatilidad y reduce la pérdida de poder adquisitivo ante shocks inflacionarios como los observados en 2018 y 2019”, indicaron.

La titular de la Anses, Fernanda Raverta, y el presidente Alberto Fernández
La titular de la Anses, Fernanda Raverta, y el presidente Alberto Fernández

¿Cómo evolucionaron las jubilaciones cuando se aplicó esta fórmula?

La fórmula propuesta es similar a la sancionada en 2008, durante el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. Esa fórmula permitió que los jubilados no perdieran frente a la inflación hasta 2015. En 2016, por el impacto de la inflación, perdieron por un 5%, según datos del abogado previsionalista Adrián Troccoli.

No existe la fórmula perfecta. Pero ya sabemos que con una inflación alta, esta fórmula no funciona. Nosotros tenemos inflación alta y eso no lo podemos ignorar”, dijo el especialista.

¿Habrá un tope para los aumentos?

Sí. Con la nueva fórmula se recupera el tope a los aumentos anuales, que no podrán ser superiores al crecimiento de los recursos totales de Anses. Este tope estuvo vigente entre 2009 y 2017 y —según el Gobierno— es clave para garantizar la sustentabilidad del sistema de seguridad social.

“La suspendida Ley 27.426 ponía en riesgo la sustentabilidad del sistema de seguridad social, al no tener ninguna correlación entre la movilidad y los recursos disponibles. Asimismo, en los dos años que tuvo vigencia, el haber mínimo cayó un 19,5% en términos reales”, señalaron a través de un informe oficial difundido este martes.

“La movilidad de los jubilados va a representar no solo la capacidad recaudatoria del Estado, sino su voluntad política, y en ese sentido existirá un conflicto de políticas sociales, porque para mejorar el empleo y la producción podrán tomarse medidas que signifiquen un sacrificio recaudatorio, y entonces el sacrificio será de los jubilados. Los jubilados terminarán pagando el costo de la totalidad de las medidas sociales”, señaló Elsa Rodríguez Romero, abogada especialista en seguridad social.

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