Bono Vacacional de $20.000: cómo tramitar el beneficio que busca apuntalar al turismo

El sector turístico es uno de los más afectados por la pandemia y desde el Ministerio de Turismo de la Nación impulsan un bono fiscal para reactivar la actividad

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Fotografía de febrero de 2020 que muestra a decenas de personas en las Cataratas del Iguazú;, en la provincia Misiones (Argentina). EFE/Juan Ignacio Roncoroni
Fotografía de febrero de 2020 que muestra a decenas de personas en las Cataratas del Iguazú;, en la provincia Misiones (Argentina). EFE/Juan Ignacio Roncoroni

El Gobierno oficializó el plan de incentivo al turismo interno por el cual otorga un bono para vacaciones de hasta $20.000 por familia para utilizar exclusivamente en el pago de servicios de empresas habilitadas del sector. Lo hizo como parte de la reglamentación de la Ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística. El Programa Bono Fiscal Vacacional está orientado a familias cuyos ingresos mensuales netos totales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos vitales y móviles, es decir unos $74.700 mensuales.

La Ley contempla “una serie de medidas para el sostenimiento y la reactivación de la actividad turística nacional con la finalidad de paliar el impacto económico, social y productivo producido en dicha actividad, en todas sus modalidades, en virtud de las consecuencias generadas por la pandemia de Covid-19”, de acuerdo con un decreto publicado en el Boletín Oficial.

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Según especifica el decreto reglamentario, se trata de un bono electrónico de una sola vez por hasta $20.000 que se otorga por grupo familiar. Empieza a regir a partir de enero de 2021.

"El Programa Bono Fiscal Vacacional previsto en el Capítulo I del Título III de la Ley N° 27.563 operará con un límite máximo total de pesos dos mil millones ($2.000.000.000) que se asignará conforme al orden de presentación de las correspondientes solicitudes, hasta un monto de pesos veinte mil ($20.000) por grupo familiar, a partir del mes de enero de 2021″, detalla el texto que detalla el bono vacacional 2020.

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Cómo tramitarlo

Si bien el formulario todavía no está disponible en el sitio oficial del Ministerio de Turismo y Deportes, organismo responsable del plan, en breve se deberá ingresar a esa página para completar una solicitud que tendrá el valor de una declaración jurada ante ese organismo.

Quien solicite el bono deberá acreditar los siguientes datos para recibirlo:

- La composición del grupo familiar;

- Los ingresos mensuales netos totales del grupo que no podrán exceder el equivalente a cuatro veces el monto del Salario Mínimo Vital y Móvil ($74.700) o el monto que resulte de multiplicar el valor de ese salario por la cantidad de integrantes del grupo familiar, el que resulte menor;

- Toda otra información que requiera el Ministerio.

Para ello, será considerado grupo familiar el integrado por el solicitante en forma unipersonal, si no tuviere convivientes; o por este o esta y su cónyuge o conviviente y sus hijos o hijas menores de 18 años convivientes, o sin límite de edad en el caso de hijos e hijas con discapacidad a cargo.

Cuando el solicitante tenga menos de 25 años y el domicilio de residencia sea igual al domicilio de sus progenitores, el grupo familiar se considerará compuesto por el solicitante y sus progenitores a los efectos de los requisitos y demás condicionalidades establecidas en el Programa.

¿Cómo se puede usar?

- Los beneficiarios de los bonos solo podrán destinarlos al pago de los servicios comprendidos en la Ley N° 27.563, ofrecidos y prestados dentro del territorio nacional.

El artículo 17° de la Ley los detalla como servicios de alojamiento, servicios de expendio de comidas y bebidas, servicios de agencias de viaje, otras actividades complementarias de apoyo turístico, servicios de transporte aéreo de pasajeros, servicios de transporte automotor turístico y regular (excepto transporte internacional) de pasajeros, servicio de transporte ferroviario interurbano de pasajeros y alquiler de automóviles sin conductor. Pero el texto no abarca a todos los servicios de estos conceptos, sino a aquellos que estén registrados sobre códigos específicos del sector turístico.

- El importe de los bonos recibidos deberá considerarse como medio de cancelación parcial o total de la obligación por los servicios contratados, sin reducir el monto de los tributos que graven la operación ni ser deducible a los efectos de la determinación del impuesto a las Ganancias, según lo dispuesto.

- Ese importe será computado mensualmente por las empresas como crédito contra el IVA o bien las contribuciones patronales sobre la nómina salarial con destino a los subsistemas de Seguridad Social.

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