
Los precios del petróleo crudo mantienen su recuperación en los principales mercados internacionales, y el Brent superó este martes los USD 45, precio de referencia del denominado barril criollo, que de mantenerse durante los próximos 10 días permitiría suspender la erogación que demanda al Estado su sostenimiento por lo que podrían subir los combustibles.
Cabe recordar que el nuevo precio sostén establecido a mediados de mayo por el Gobierno nacional hasta fin de año, busca reactivar la industria hidrocarburífera nacional, garantizar la continuidad de los puestos de trabajo y promover el autoabastecimiento.
“Estamos estudiando el precio del Brent que hoy superó los USD 45 el barril con lo cual si sucede nueve días más el artículo 1 del Decreto 488 dejaría de estar vigente”, afirmó esta tarde el subsecretario de Hidrocarburos, Juan José Carbajales en referencia a la norma que instauró el barril criollo el 19 de mayo.
En ese sentido, al participar de una charla organizada por la Cámara de Comercio de Estados Unidos en la Argentina (Amcham), el funcionario aseguró que ese nivel de precios está siendo “monitoreado” desde la subsecretaría con las empresas vinculadas al upstream y el downstream “para adoptar las medidas necesarias”.
Por su parte, el presidente de YPF, Guillermo Nielsen consideró que “el precio de los combustibles es un tema delicado porque afecta a las familias y a la macroeconomía”, en referencia a la situación de virtual congelamiento del mercado en el actual contexto de emergencia económica y sanitaria, pero que afecta la principal fuente de ingreso de la petrolera nacional.

“Es un tema de estudio extremadamente sensible tanto para las familias como para la macroeconomía y también para el abastecimiento futuro de petróleo y gas, que va de la mano con las inversiones que las empresas tienen que hacer”, señaló en declaraciones a Radio Con Vos.
En el mercado de Londres, el barril de crudo Brent -de referencia para Europa y el mercado local- cerró hoy a USD 45,17 para entrega en octubre, con un incremento de USD 0,74 equivalente a 1,7%.
Carbajales también destacó que el Decreto 488 no solo planteó el estándar de compra venta sino la fijación de los derechos de exportación en una banda de 0 y 8% reglamentando la Ley de Solidaridad de diciembre, a partir de lo cual se fijó para el crudo internacional una alícuota cero.
“Eso traccionó la vía exportadora ante un mercado interno sobreabastecido por la caída de demanda y permitió que desde Neuquén por primera vez se exportaran en julio 1,8 millones de petróleo liviano, el 40% de la producción total de ese mes de la Cuenca Neuquina, lo que refleja una complementación virtuosa”, resaltó el funcionario del Ministerio de Desarrollo productivo.
La pandemia hizo que se cerraran los mercados locales para la producción de petróleo, “pero la faz internacional quedó abierta con el Decreto 488 y permitió aprovechar la infraestructura con que cuenta el país de interconexión internacional y nacional para evacuar la producción”, reseñó.
El decreto estableció para el barril criollo que las entregas de petróleo crudo que se efectúen en el mercado local sean facturadas por las empresas productoras y pagadas por las refinadoras y comercializadores a un precio de USD 45 por barril se adoptó por la caída abrupta del valor internacional del crudo generada por la pandemia de coronavirus.
A través del decreto 488/2020, el Gobierno nacional estableció hasta el 31 de diciembre de 2020 un valor del petróleo crudo a nivel local de USD 45, el “barril criollo”, con el objetivo de reactivar la industria hidrocarburífera nacional, garantizar la continuidad de los puestos de trabajo y promover el autoabastecimiento, en el marco de la caída abrupta del valor internacional del crudo generada por la pandemia de coronavirus.
El decreto que dispuso la medida aclaró que en caso de que la cotización del barril de crudo tipo Brent superara los USD 45 por barril durante diez días consecutivos, quedaría sin efecto el “valor criollo” y se acoplaría al precio internacional.
También determinó que las entregas de petróleo crudo que se efectuaran en el mercado local debían ser facturadas por las empresas productoras y pagadas por las refinadoras y sujetos comercializadores, tomando como referencia para el crudo tipo Medanito el precio de USD 45 por barril.
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