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Los principales empresarios insistieron en sus duras críticas al proyecto de ley de teletrabajo y esperan cambios en el Senado

El Grupo de los 6 mandó una nota a los legisladores con cuestionamientos a la iniciativa y propuestas de modificaciones. Está reunida la Comisión de Trabajo y Previsión Social de la Cámara alta desde las 11

El proyecto de Ley de Teletrabajo que tuvo media sanción en Diputados sería modificado en el Senado
El proyecto de Ley de Teletrabajo que tuvo media sanción en Diputados sería modificado en el Senado
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Tras la infinidad de críticas que recibió el proyecto de Ley de Teletrabajo que a fines de junio recibió media sanción de Diputados, los empresarios esperan que el Senado introduzca cambios y la iniciativa vuelva a la Cámara baja. Incluso, el presidente Alberto Fernández les adelantó a los miembros del Grupo de los 6 (G6), cuando los recibió en la quinta de Olivos el 9 de julio, que el proyecto así como está no iba a salir.

A las 11 comenzó una reunión de la Comisión de Trabajo en la Cámara de Senadores para debatir la iniciativa, pero fuentes empresarias aseguraron que el que podría avanzar es el proyecto del senador Mariano Recalde, que es “más equilibrado”, a juicio del sector privado. De todos modos, hay 10 iniciativas sobre el teletrabajo en el Senado.

Por lo pronto, el G6, que integran la UIA, la Bolsa de Comercio, la Sociedad Rural Argentina (SRA), la Asociación de Bancos Argentinos (Adeba) y las cámaras de la Construcción (Camarco) y de Comercio (CAC), hicieron ayer a última hora su última jugada y enviaron una nota a los legisladores en la que vuelven a marcar los factores que harían inviable la generación de teletrabajo con el proyecto aprobado por Diputados, además de proponer modificaciones. La nota fue enviada al presidente de la comisión de Trabajo y Previsión Social, el formoseño Daniel Lovera, y a todos los presidentes de bloque.

“Entendemos que el teletrabajo es una potente modalidad que la Argentina necesitará promover, ante la necesidad de sostener y crear empleo. Sin embargo, entendemos que el proyecto aprobado por la HCDN no recoge la preocupación y las recomendaciones propuestas por las distintas fuerzas políticas y por las entidades convocadas durante la discusión del proyecto, tendientes a eliminar desincentivos a esta modalidad y a constituirse en una herramienta de promoción de empleo”, dice la nota del G6.

Por otro lado, los empresarios plantearon que entienden que su tratamiento se apresuró sin mayor fundamento, “siendo que se trata de una norma que comenzaría a regir tras el transcurso de 90 días después de la finalización del aislamiento social preventivo y pbligatorio (ASPO)”.

9 de julio - olivos - cuarentena - covid 19 - argentina - alberto fernandez
El presidente Alberto Fernández les adelantó a los empresarios que el proyecto de teletrabajo aprobado en Diputados no saldría así como está

El G6 considera que el proyecto con media sanción configura un escenario incierto para esta modalidad de trabajo, que tendrá como principal consecuencia dificultar su adopción. “Una regulación adecuada colabora con la posibilidad de resolver un problema histórico nacional, al permitir federalizar el trabajo a partir de la inserción de trabajadores que residen en el interior del país y que podrían brindar tareas de forma remota para empresas ubicadas en zonas densamente pobladas”, plantearon los empresarios de todos los sectores en la nota enviada a los senadores.

A su vez, hicieron algunas recomendaciones:

-Al conceptualizar el teletrabajo, debería incluirse un criterio objetivo que determine cuándo se está en presencia de teletrabajo y cuándo de una prestación remota eventual, excluida de este régimen.

-En cuanto a la jornada de trabajo, debería eliminarse la prohibición de remitir comunicaciones fuera de la jornada de trabajo, así como la obligación de contar con un sistema que impida contactar al trabajador fuera de hora. En los hechos, aseguró el G6, resulta impracticable esta pretensión y de difícil control porque los sistemas de información no permiten su adaptación a la casuística de cada puesto de trabajo.

-Debería incluir expresamente que la facultad de pedir la reversión de la modalidad presencial puede ser solicitada tanto por parte del trabajador como del empleador, e incorporar un parámetro para su ejercicio regular, que considere la imposibilidad fáctica sobreviniente de revertir la modalidad como causal de justificación. En tal sentido la reversibilidad no debería ser posible salvo común acuerdo de partes cuando el contrato ha nacido bajo esa modalidad. “Sugerimos también incorporar un aviso previo de 30 días, toda vez que la reversión intempestiva y unilateral dificulta el poder de organización y dirección del establecimiento”, dice la nota.

-El artículo referido a tareas de cuidado de personas de su entorno familiar incluye obligaciones para el empleador y el funcionamiento operativo del trabajo que en muchos casos serán de imposible cumplimiento, dada la naturaleza de las variadas tareas que pueden pautarse en esta modalidad. Incluso, establece condiciones que podrían ser consideradas discriminatorias respecto del trabajador presencial, a la vez que puede desincentivar la creación de empleo para quienes presten tareas de cuidado, expresaron los empresarios.

-Debe suprimirse la limitación de contratación de trabajadores extranjeros dado que viola el principio de territorialidad de la Ley de Contrato de Trabajo y atenta contra la libertad de contratación.

-Convendría la inclusión de financiamiento para que las pymes puedan acceder al equipamiento necesario para ofrecer esta modalidad, conforme lo contemplaban algunos proyectos en Diputados (el del senador Recalde lo incluye).

El proyecto de Recalde introduce 15 días de preaviso para la reversión de la modalidad de teletrabajo a presencial; impone la obligación de entregar los elementos de trabajo y que la compensación económica sea únicamente para gastos de conectividad y energía eléctrica. No hay posibilidad de exigirle al trabajador que use sus pertenencias para trabajar. Además, es mucho menos restrictivo respecto de la jornada de trabajo, según el directivo de una cámara empresaria. Sobre la contratación de extranjeros, establece su prohibición, salvo que el Ministerio de Trabajo habilite expresamente a la empresa, pero no fija un cupo, como el aprobado en Diputados.

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