
El Gobierno prorrrogó hasta el 30 de junio el plazo para solicitar los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos. La inscripción, que debe realizarse a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), está abierta desde el 4 de mayo.
Así lo confirmaron fuentes oficiales a Infobae luego de una reunión en la Jefatura de Gabinete.
Hasta ayer, se tramitaron 450.000 préstamos, de los cuales 221.670 ya recibieron $28.301,6 millones, según información oficial. En todos los casos, también se acreditó la primera de las tres cuotas del monotributo incorporadas al préstamo (esa suma se retiene y pasa a integrar el crédito automáticamente).
La prolongación de los plazos busca garantizar la efectiva tramitación de aproximadamente 1 millón de créditos que todavía están disponibles para todos los contribuyentes que cumplen con los criterios de elegibilidad. El monto al que puede acceder cada persona depende de la categoría en la que está inscripta. El máximo previsto es de $150.000.
Junto con la extensión de los plazos la AFIP definió ampliar el universo de beneficiarios para incluir a los autónomos que aportan a las cajas provinciales. Las condiciones de acceso a los Créditos a Tasa Cero serán las mismas que están vigentes para el resto de los contribuyentes contemplados por la normativa
Por otro lado, el Banco Central informó que los bancos emitieron 62.840 nuevas tarjetas de crédito para la entrega de estos créditos. Los monotributistas y autónomos que cumplan con los requisitos establecidos por el Gobierno podrán solicitar el crédito hasta este 29 de mayo en la página web de la AFIP, donde deberán ingresar en la solapa “Crédito Tasa Cero”. No podrán iniciar el trámite quienes tengan un trabajo en relación de dependencia o perciban una jubilación.
Allí deberán completar el monto del préstamo que desea solicitar, la Clave Bancaria Uniforme (CBU) y el número de tarjeta de crédito asociada al mismo banco de la cuenta que se está informando. Una vez completado este proceso, el banco elegido tendrá 48 horas hábiles para proceder a la acreditación de la financiación que será de hasta $150.000 para las categorías D en adelante, de hasta $104.370 para la categoría C, de hasta $78.277 para la categoría B y de hasta $52.184 para la categoría A de monotributo.

Los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito en tres desembolsos sucesivos e idénticos. Los créditos contarán con un período de gracia de 6 meses. El repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin interés.
Los contribuyentes que accedieron al crédito deberán usarlo a través de la tarjeta y no podrán retirarlo en efectivo a través de cajeros automáticos ni comprar dólares o realizar operaciones para obtener moneda extranjera a través del mercado bursátil.
Cómo tramitar el crédito
El trámite para acceder a un Crédito a Tasa Cero se inicia en la página web de la AFIP. Allí los contribuyentes deben indicar el monto pretendido, los datos de su tarjeta de crédito y un correo electrónico.
Es necesario contar con clave fiscal con nivel de seguridad 2 y tener registrado un Domicilio Fiscal Electrónico. Una vez que toda la información fue ingresada, la AFIP emitirá un Certificado de Tramitación y remitirá los datos al Banco Central para que los distribuya entre los bancos seleccionados por los monotributistas y autónomos.
Luego, las entidades bancarias se contactarán con quienes iniciaron el procedimiento para avanzar en la tramitación del Crédito a Tasa Cero.
Aquellas personas que no cuentan con una tarjeta de crédito deberán indicar en el trámite iniciado en la página web de la AFIP, cuál es el banco con el que operan habitualmente. Y, de no contar con un banco, el sistema le solicitará que precise cuál es el banco más cercano a su domicilio donde quisiera avanzar con el trámite. Los fondos se acreditarán en la tarjeta de crédito indicada en tres desembolsos sucesivos e idénticos.
Los créditos contarán con un período de gracia de 6 meses. El repago se realizará, como mínimo, en 12 cuotas fijas sin intereses. Más de 220 mil personas ya accedieron a los fondos correspondientes al primer desembolso.
Monotributo
Esta semana, la AFIP estableció que ningún monotributista será dado de baja de oficio del régimen por falta de pago de sus obligaciones durante mayo. Con el objetivo de amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes, el organismo también suspendió las exclusiones de oficio del régimen correspondientes a este mes.
La normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas. La AFIP resolvió que mayo no será computado. Además, existen otras situaciones que generan la baja del régimen. La más común es cuando la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible. Esos cruces no serán utilizados en mayo para proceder con exclusiones de oficio.
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