
La controversia en torno al uso de la camiseta de la selección Colombia en campañas políticas ha generado debate en el país, tras la petición del candidato Iván Cepeda y el comunicado reciente de la Federación Colombiana de Fútbol (FCF) prohibiendo la utilización de sus símbolos en contextos electorales.
En entrevista con Infobae Colombia, Juan Carlos Salazar, abogado especializado en propiedad intelectual en el deporte, ofreció una visión sobre el marco legal y los alcances de estas restricciones.
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La Federación Colombiana de Fútbol es titular exclusivo de los derechos sobre los símbolos de la Selección Colombia. Puede restringir el uso de la camiseta en campañas políticas, ya que se trata de un bien protegido bajo propiedad industrial y derecho marcario. Sin embargo, en la práctica, las sanciones suelen centrarse en casos de explotación comercial o aprovechamiento de reputación ajena, y es poco probable que la federación emprenda acciones legales individuales contra ciudadanos que la usen solo para expresar afinidad o participar en procesos democráticos.
“Todos los símbolos de la sSelección Colombia son protegidos vía propiedad industrial”, explicó Salazar a Infobae. “Tanto la marca, como el nombre y el logo son protegidos por la Federación Colombiana de Fútbol ante las instituciones, tanto en Colombia como fuera del país, para la comercialización y la explotación de sus logos, símbolos y diferentes signos distintivos”, explicó.
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El abogado aclaró que existe legitimidad en reclamar ante el uso indebido, especialmente ante escenarios de explotación comercial. “La línea es bastante delgada... está legítima la reclamación. Sin embargo, es muy difícil que le prohíban a todos los colombianos el uso de la camiseta para ir a votar”, expresó Salazar.
Los límites legales y el uso de signos distintivos de la FCF en campañas políticas
Salazar subrayó que los derechos sobre los símbolos de la Selección Colombia pertenecen exclusivamente a la Federación Colombiana de Fútbol y que la decisión sobre su uso recae únicamente en la institución. “No podemos desconocer que la Federación Colombiana de Fútbol es el titular de los derechos... es quien debe definir si se puede utilizar o no”, manifestó en la entrevista con Infobae.
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Explicó que lo aconsejable es evitar el uso de estos signos distintivos en contextos políticos, pues puede inducir confusión, confrontación o sugerir una falsa autorización de la federación. “Lo más sano es que no se utilicen estos signos distintivos por dos razones: uno, porque son signos debidamente protegidos. Y segundo, porque puede generar confrontación o distorsión en el electorado respecto a una supuesta autorización”, remarcó.
No obstante, para Salazar es complicado prohibir de manera efectiva el uso individual de la camiseta por parte de la ciudadanía, siempre que no exista aprovechamiento comercial o vinculación directa con publicidad política.
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Implicaciones comerciales y la posible respuesta de los aliados comerciales de la selección Colombia
La discusión abarca también intereses comerciales. Salazar precisó que existen contratos de patrocinio con empresas privadas, como Adidas, que añaden complejidad al tema. “Estas empresas privadas pagan por estar allí. El primer respondiente sería Adidas, que es el fabricante de la camiseta. No se saca de forma aleatoria, sino por un contrato de patrocinio bastante importante”, indicó el experto.
Insistió en que existen dimensiones legales y comerciales. El uso indebido de la camiseta puede tensar la relación entre la federación y sus patrocinadores e incluso implicar a organismos como Conmebol y la FIFA.
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Salazar resaltó la importancia de mantener diálogos transparentes entre la Federación Colombiana de Fútbol, sus patrocinadores y los entes rectores del fútbol para fijar reglas claras y evitar conflictos en épocas de campañas políticas.
Acciones legales ante el uso indebido de símbolos deportivos

En cuanto a posibles sanciones, Salazar explicó que el primer paso ante una infracción suele ser la emisión de un oficio de cese y desistimiento. “Normalmente uno lo que hace es enviar los famosos oficios de cese y desestimiento; se solicita que la persona cese inmediatamente el uso y explique si contaba con alguna autorización”, señaló.
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De persistir la infracción, se podría iniciar un proceso de infracción marcaria ante la Superintendencia de Industria y Comercio, orientado a obtener una declaración de uso no autorizado y, en ciertos casos, a exigir indemnización. “Posteriormente podría iniciar una acción de infracción marcaria ante la Superintendencia de Industria y Comercio, buscando una declaración de uso no autorizado y, en algunos casos, indemnización”, explicó Salazar a Infobae.
Enfatizó que estos procesos se dirigen principalmente al uso comercial y que solo en casos excepcionales se aplican sanciones a ciudadanos comunes. “Veo muy complicado que la federación empiece a sancionar ciudadano por ciudadano por el uso de la camiseta para salir a votar o apoyar a un candidato”, sostuvo el abogado.
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Al final, si bien las normas permiten a la Federación Colombiana de Fútbol defender sus derechos, existe una diferencia significativa entre sancionar grandes estrategias políticas o actividades comerciales y realizar acciones contra expresiones personales de hinchas.
En la práctica, resulta poco viable que se actúe de forma individual para impedir que los aficionados usen la camiseta de la selección durante un proceso electoral.
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