Entró en vigencia el decreto de Abelardo de la Espriella que recupera el porte de armas y abogada hizo aclaracción clave: “Una regla importantísima”

La penalista Sharon Castillo explicó a fondo los alcances del Decreto 1368 de 2026

Declaraciones de la jurista Sharon Castillo, que se refirió luego de que el jefe de Estado firmó el 8 de septiembre de 2026 el decreto que pone fin a la suspensión de los permisos para portar armas en el país - crédito @abogadasharoncastillo/IG

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La abogada penalista Sharon Castillo aclaró que el decreto firmado por el presidente Abelardo de la Espriella no establece un libre porte de armas en Colombia, sino que elimina la suspensión general que impedía ejercer permisos de porte que ya estuvieran vigentes.

La jurista explicó que la medida, identificada como Decreto 1368 de 2026, mantiene la obligación de contar con una autorización expedida por la autoridad competente.

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Castillo se pronunció en un video divulgado en redes sociales el martes 8 de septiembre de 2026, luego de que el presidente firmara el Decreto 1368 de 2026.

La abogada planteó una pregunta que resumió una de las dudas surgidas tras el anuncio: “¿Desde ahora cualquier persona puede salir armada en Colombia?”. Su respuesta fue directa: “No”.

El mandatario colombiano confirmó en su cuenta oficial de X que firmó el decreto que suspendía la medida en Colombia - crédito @ABDELAESPRIELLA/X

Frente a lo anterior, la penalista sostuvo que el cambio normativo no autoriza a las personas a adquirir un arma de fuego y portarla sin requisitos. “No liberaron el porte de armas en Colombia, reactivaron los permisos de porte que ya están legalmente vigentes”, afirmó.

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La medida anunciada por el Gobierno nacional modifica el esquema que operaba hasta ahora. En ese modelo, una persona podía tener un permiso de porte vigente, pero enfrentaba una suspensión general que le impedía usarlo sin una autorización especial adicional.

Los permisos vigentes podrán ejercerse sin una autorización adicional

Castillo explicó que el punto central del decreto es la eliminación de ese requisito extra para los titulares de permisos que estén activos. “Si usted tiene un permiso de porte vigente y no está suspendido, vencido, cancelado o revocado, podrá ejercerlo sin tramitar esa autorización especial adicional”, indicó la experta.

La jurista recalcó en su exposición que cada permiso está vinculado con un arma determinada y que la autorización debe haber sido expedida conforme a los mecanismos establecidos por las autoridades.

“Sigue necesitando un permiso de porte expedido por la autoridad competente. Y ese permiso ampara específicamente determinada arma”, señaló Castillo. La aclaración busca diferenciar el levantamiento de la suspensión general de una habilitación abierta para que cualquier ciudadano circule armado.

Decreto - crédito suministrada
El Decreto 1368 de 2026 fue firmado por el presidente Abelardo de la Espriella el martes 8 de septiembre - crédito suministrada

Por lo tanto, la abogada insistió en que la norma conserva los requisitos legales que regulan el porte de armas. También recordó que el decreto solo empezará a regir al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.

“Así que cuidado con interpretar este decreto como un permiso para andar armado”, agregó la penalista, al detallar que esto “no significa que usted pueda conseguir un arma y salir con ella”.

Portar un arma sin autorización puede derivar en consecuencias penales

La penalista advirtió que el porte de un arma de fuego sin permiso puede superar el ámbito administrativo y convertirse en un asunto penal. En ese sentido, citó el artículo 365 del Código Penal, que contempla conductas vinculadas con la fabricación, el tráfico, el porte o la tenencia de armas de fuego, accesorios, partes o municiones.

“Si una persona porta un arma de fuego sin el permiso exigido por la ley, esta discusión deja de ser simplemente administrativa”, explicó Castillo, y sustentó que el decreto no modifica las sanciones aplicables a quienes porten armas sin cumplir las exigencias legales.

Castillo señaló que "portar un arma sin el permiso exigido puede llevar la discusión directamente al artículo 365 del Código Penal" - crédito @abogadasharoncastillo/IG
Castillo señaló que "portar un arma sin el permiso exigido puede llevar la discusión directamente al artículo 365 del Código Penal" - crédito @abogadasharoncastillo/IG

La abogada también precisó que los ciudadanos deben verificar el estado de su permiso antes de ejercerlo. Un documento vencido, suspendido, cancelado o revocado no habilita el porte del arma, incluso después de la entrada en vigor del decreto.

“Espero que no tenga que comunicarse conmigo si no lo comprende correctamente”, expresó Castillo al cierre del video, tras invitar a sus seguidores a debatir sobre la decisión del Gobierno.

De la Espriella sostuvo que la medida no permite un porte indiscriminado

El presidente Abelardo de la Espriella defendió el levantamiento de la suspensión general mediante una publicación en su cuenta de X.

El mandatario afirmó que las restricciones habían recaído durante años sobre ciudadanos que cumplen la ley, mientras las organizaciones criminales continuaban armándose de forma ilegal.

“Firmé el decreto que levanta la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en Colombia. Durante años se restringió al ciudadano que cumple la ley mientras los criminales siguieron armándose ilegalmente hasta los dientes”, escribió “el Tigre”.

Abelar5do de la Espriella - crédito @ABDELAESPRIELLA/X
El presidente Abelardo de la Espriella señaló que los ciudadanos que “cumplen la ley” se les brindará garantías, enviando un mensaje a quienes se encuentran armados de manera ilegal - crédito @ABDELAESPRIELLA/X

El jefe de Estado sostuvo que la decisión busca cambiar ese enfoque. No obstante, coincidió con la explicación de Castillo sobre los límites de la medida y afirmó que se mantendrán los controles estatales.

“Que quede claro: esto no significa porte indiscriminado. Se mantienen controles estrictos, requisitos y permisos de las autoridades competentes”, señaló el mandatario, que también puntualizó: “Lo que termina es la suspensión general que convertía la prohibición en regla”.

De la Espriella indicó que la política de seguridad de su Gobierno estará dirigida contra las armas ilegales y las organizaciones criminales.

Según lo que explicó, entre el 1 de enero y el 3 de septiembre de 2026, la Fuerza Pública incautó 15.700 armas de fuego, de las cuales 14.179 estarían relacionadas con hechos delictivos.

La decisión del presidente De la Espriella provocó que el sitio web de Indumil colapsara tras firmar el decreto que reactivó permisos de porte de armas en Colombia - crédito Álvaro Tavera / Colprensa
La decisión del presidente De la Espriella provocó que el sitio web de Indumil colapsara tras firmar el decreto que reactivó permisos de porte de armas en Colombia - crédito Álvaro Tavera / Colprensa

El Gobierno citó armas vinculadas con disidencias, Clan del Golfo y ELN

En su pronunciamiento, el presidente incluyó datos sobre armas que, según su reporte, fueron asociadas con grupos armados ilegales.

De la Espriella señaló que 980 armas estaban relacionadas con disidencias de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc), 551 con el Clan del Golfo y 339 con el Ejército de Liberación Nacional (ELN).

El jefe de Estado aseveró que, entre las armas vinculadas con las disidencias, se encontraron 380 fusiles y 65 morteros calibre 60 milímetros. “Ese es el poder de fuego que el Estado tiene que perseguir y destruir”, sostuvo en su declaración.

El presidente afirmó que los ciudadanos con permisos legales tendrán garantías dentro del marco normativo, mientras que quienes porten armas de forma ilegal enfrentarán acciones de las autoridades. “Las armas ilegales se las vamos a quitar a los criminales”, concluyó.

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