El ministro de Trabajo, Antonio Sanguino, pidió la anulación de la sanción impuesta por el Juzgado 20 Laboral del Circuito de Bogotá, que lo señaló por desacato a una tutela. Sanguino afirmó que cumplió con sus deberes conforme a la ley y ha respetado las decisiones judiciales dentro de los plazos establecidos.
Por medio de un comunicado, informó que actuó conforme a los fallos judiciales, cumpliendo los plazos procesales y las obligaciones constitucionales y legales. La solicitud original fue hecha el 24 de marzo de 2026 por Katherine Miranda Peña, entonces congresista, y pedía información sobre el Plan Nacional de Inspección a medios de comunicación, ordenado por el ministro Sanguino como parte de sus funciones de inspección, vigilancia y control.
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Así las cosas, se destaca que la excongresista solicitó información únicamente sobre los posibles casos en Rtvc, hoy Inravisión, sin requerir datos sobre los hallazgos en otros medios incluidos en el plan. La solicitud estuvo dentro de las acciones del ministerio frente a denuncias de acoso laboral, acoso sexual y violencia de género en diversos medios de comunicación del país.
La respuesta a la solicitud fue emitida el 26 de mayo de 2026 y después, el 1 de julio de 2026, el ministerio informó sobre dicha respuesta al despacho judicial.
“El uso político y el ensañamiento personal no harán que demos un manejo indebido a información que tiene reserva legal de posibles casos de acoso sexual en entornos laborales. Proteger datos sensibles, la intimidad de las personas involucradas y evitar la revictimización es mi prioridad y la del Gobierno nacional a la hora de adelantar las funciones de inspección vigilancia y control a nivel nacional en medios de comunicación”, dijo el funcionario.
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El ministerio añadió que Miranda no se ha pronunciado, ni solicitado información, ni mostró interés en casos similares presentados en otros medios.
Dicha valoración quedó expuesta por la entidad como parte de su posición sobre el episodio, no como una determinación judicial.

La defensa de la reserva legal
La justificación central del ministerio se apoya en la reserva legal de la información relacionada con posibles casos de acoso sexual y violencia basada en género en entornos laborales. La entidad sostuvo que esa protección busca resguardar datos sensibles, la intimidad de las personas involucradas y evitar cualquier forma de revictimización.
Sanguino dijo también que “hemos respondido de fondo y dentro de los términos establecidos por la ley”.
Al mismo tiempo, dijo que “tenemos el deber de proteger la información sometida a reserva legal, especialmente cuando se trata de denuncias de acoso sexual y violencia basada en género, para salvaguardar datos sensibles, la intimidad de las personas involucradas y evitar cualquier forma de revictimización”.
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Añadió un componente político a su defensa. “El uso político y oportunista de esta información debe ser rechazado por todos los sectores y por la sociedad en general. Por eso, hoy interpuse la solicitud de inaplicación de la sanción mediante el grado jurisdiccional de consulta, con el propósito de controvertir esta decisión y solicitar su revocatoria”.
Ajustado a la ley
De igual manera, el Ministerio del Trabajo afirmó que su actuación se ajustó a la Ley 1712 de 2014 sobre transparencia y acceso a la información pública y que esa conducta no vulneró el derecho fundamental de petición. También invocó el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991 como base del mecanismo con el que busca discutir la sanción.
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La posición institucional final es que la justicia revise de forma completa las respuestas ya entregadas y determine si fueron suficientes dentro del marco legal aplicable. Con esa apuesta, la cartera espera que el juzgado levante la sanción tras valorar de manera integral su actuación.
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