Bogotá definió las restricciones y alternativas laborales para vendedores informales: esto dice el Decreto 117 de 2026 sobre espacio público

Las disposiciones incluyen controles sobre el uso de sustancias peligrosas y bloqueos de vías, al tiempo que ofrecen programas de reubicación y formación a través de entidades especializadas como el Ipes

El decreto beneficia a peatones, personas con discapacidad y comerciantes formales, garantizando la libre circulación y accesibilidad - crédito Imagen Ilustrativa Infobae
El decreto beneficia a peatones, personas con discapacidad y comerciantes formales, garantizando la libre circulación y accesibilidad - crédito Imagen Ilustrativa Infobae
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La Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto 117 de 2026 con el propósito de organizar, recuperar y proteger el espacio público en la capital, estableciendo reglas claras sobre el uso de calles, andenes y zonas peatonales.

La medida, según la Secretaría Distrital de Gobierno, busca equilibrar el derecho al trabajo de las vendedoras y vendedores informales con la necesidad de garantizar la seguridad, movilidad, salubridad y convivencia ciudadana en los entornos urbanos.

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¿En qué consiste el Decreto 117 de 2026?

El Decreto 117 de 2026 es una norma que define las condiciones para el aprovechamiento y control del espacio público en Bogotá. Su objetivo principal es establecer una regulación que permita a la ciudadanía transitar, acceder a servicios y disfrutar de ambientes limpios y seguros, sin desconocer la realidad social y económica de quienes subsisten mediante actividades informales.

“El espacio público es de todas las personas. Queremos una ciudad organizada, segura y con oportunidades reales para quienes viven del trabajo informal”, afirmó el secretario de Gobierno, Gustavo Quintero Ardila.

Fotografía de archivo de San Victorino. (Crédito: Colprensa)
Vendedores informales contarán con alternativas de reubicación, reconversión laboral y acceso a programas de emprendimiento liderados por el Ipes - crédito crédito Colprensa

¿A quiénes beneficia el Decreto 117?

Esta regulación favorece a múltiples actores:

  • Peatones y ciudadanía en general: el principal beneficio es la recuperación de andenes y zonas peatonales, la protección de rutas de evacuación y el acceso seguro al transporte público.
  • Personas con discapacidad: el decreto garantiza rutas despejadas y accesibles, facilitando la movilidad de poblaciones vulnerables.
  • Comerciantes formales y usuarios del transporte: se protege la libre circulación y se reduce la competencia desleal derivada de la ocupación irregular del espacio público.
  • Vendedores informales: el decreto respeta el derecho al trabajo, reconoce la dignidad de quienes ejercen ventas informales y ofrece alternativas reales para su reubicación, reconversión laboral y acceso a programas de emprendimiento, bajo el liderazgo del Ipes (Instituto para la Economía Social).

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¿A quiénes no beneficia o a quién excluye?

El decreto prevé restricciones y controles para quienes:

  • Ocupan el espacio público sin autorización o fuera de las zonas permitidas.
  • Utilizan elementos peligrosos, como cilindros de gas licuado de petróleo (GLP) o sustancias inflamables, en la vía pública.
  • Bloquean vías, rutas de evacuación, hidrantes o accesos al Sistema Integrado de Transporte Público (Sitp).
  • Realizan actividades prohibidas, como la venta de armas blancas, pólvora, sustancias químicas peligrosas o artículos ilícitos.
  • Ejercen trabajo infantil en el espacio público.
  • Incumplen normas de salubridad en la venta de alimentos o servicios como peluquería, barbería, tatuajes y piercings, que deben atenerse a la reglamentación sanitaria nacional.
  • Forman parte de estructuras ilegales que se apropian del espacio público para actividades ilícitas.

Trabajadores informales comercializaron productos como Bon Ice y Vive 100 sin contrato, sin seguridad social y sin percepción de un salario digno - crédito Ipes
La venta y uso de elementos peligrosos como cilindros de GLP o sustancias inflamables quedan prohibidos en el espacio público de Bogotá - crédito Ipes

Principales medidas del Decreto 117

  • Zonas reguladas y restringidas: se identifican áreas donde se permite la actividad económica informal y otras donde, por razones de seguridad, movilidad o convivencia, está prohibida.
  • Prohibición de elementos peligrosos: no se permite el uso ni almacenamiento de cilindros de GLP o sustancias inflamables en la vía pública, salvo en establecimientos legalmente constituidos.
  • Salud pública: la venta de alimentos y la prestación de servicios personales en el espacio público deben cumplir estrictas condiciones sanitarias.
  • Movilidad y emergencias: se deben dejar libres los hidrantes (1,5 metros de radio) y no se pueden ocupar rutas de evacuación, puentes peatonales ni accesos al Sitp.
  • Debido proceso y alternativas: se garantiza el debido proceso a las personas intervenidas y se ofrecen alternativas de reubicación, formación, acceso a servicios sociales y programas de emprendimiento a través del Ipes.
  • Trabajo en equipo interinstitucional: la Secretaría de Gobierno, el Dadep, el Ipes, la Secretaría de Seguridad, la Secretaría de Desarrollo Económico y las alcaldías locales implementan y supervisan la aplicación del decreto.

Beneficios para Bogotá

La administración distrital sostiene que el Decreto 117 permitirá:

  • Recuperar y mantener andenes y zonas comunes despejadas para el uso colectivo.
  • Mejorar la seguridad y la movilidad de peatones y conductores.
  • Garantizar accesos libres al transporte y a servicios públicos.
  • Disminuir riesgos por el uso de combustibles y materiales peligrosos.
  • Facilitar la respuesta ante emergencias y proteger rutas de evacuación.
  • Promover espacios más limpios, ordenados y con mejor convivencia.
  • Distinguir entre vendedores informales legítimos y estructuras mafiosas que explotan el espacio público.

Durante la campaña en la calle de la capital, funcionarios fueron amenazados por vendedores informales - crédito @DadepBogota/X
El Decreto 117 excluye a quienes bloquean vías, incumplen normas sanitarias, realizan actividades ilícitas o fomentan el trabajo infantil en espacios públicos - crédito @DadepBogota/X

Implementación y control

El decreto será implementado en coordinación entre varias entidades:

  • Secretaría de Gobierno: lidera la organización y regulación del espacio público, con participación de los vendedores informales en la validación del decreto.
  • Dadep: define la capacidad de carga y las zonas prioritarias para evitar saturación.
  • Ipes: caracteriza, reubica y acompaña a los vendedores informales, promoviendo alternativas laborales y emprendimiento.
  • Secretaría de Seguridad: identifica zonas de manejo especial y coordina con la Policía y las alcaldías locales.
  • Secretaría de Desarrollo Económico: fortalece la oferta institucional para quienes buscan alternativas económicas.

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