Gustavo Petro estalló contra el Consejo de Estado tras freno del traslado de $25 billones a Colpensiones: “Pido demandar al magistrado”

El presidente Gustavo Petro reaccionó con dureza contra el alto tribunal luego de que suspendiera totalmente el Decreto 415 de 2026, que ordenaba el traslado de dinero desde los fondos privados de pensiones hacia el fondo público

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Consejo de Estado y Gustavo Petro, presidente de Colombia - crédito Colprensa/Juan Diego Cano/Presidencia
El Consejo de Estado suspendió totalmente el Decreto 415 de 2026 sobre el traslado de recursos pensionales hacia Colpensiones y Gustavo Petro estalló - crédito Colprensa/Juan Diego Cano/Presidencia

La suspensión total del Decreto 415 del 20 de abril de 2026, que ordenaba el traslado de cerca de $25 billones desde los fondos privados de pensiones hacia Colpensiones, provocó una fuerte reacción del presidente Gustavo Petro.

El mandatario cuestionó la decisión del Consejo de Estado y pidió acciones penales contra el magistrado ponente del caso, luego de que el alto tribunal dejara sin efectos la medida impulsada por el Gobierno nacional, después de que semanas atrás ya existiera una suspensión parcial sobre parte de esos recursos.

Con la decisión adoptada el lunes 11 de mayo de 2026, quedó detenido por completo el movimiento de los ahorros pensionales contemplado en el decreto expedido por el Ejecutivo.

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“Dado que la sentencia del magistrado del Consejo de Estado a favor del interés de los banqueros y en contra del interés general de los trabajadores y de la ley vigente que aquí muestro, pido demandar penalmente por prevaricato al magistrado ponente”, escribió Petro en su cuenta de X tras conocerse el fallo del alto tribunal.

Gustavo Petro reaccionó al fallo con fuertes críticas contra el magistrado ponente del caso - crédito @petrogustavo/X
Gustavo Petro reaccionó al fallo con fuertes críticas contra el magistrado ponente del caso - crédito @petrogustavo/X

La decisión judicial dejó detenido el traslado de los ahorros pensionales hacia Colpensiones, una medida que el Gobierno defendió como parte de su estrategia sobre el manejo del sistema de pensiones. El tribunal consideró necesario suspender provisionalmente el decreto mientras avanza el estudio de fondo sobre su legalidad.

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El alto tribunal tomó la medida bajo trámite de urgencia y sin notificación previa al Gobierno; el magistrado Juan Enrique Bedoya asumió el caso tras una demanda del ciudadano Jesús Hernando Baena Álvarez y consideró que la ejecución del decreto podía producir un daño irreparable si continuaba vigente.

Es decir, el presidente pidió denunciar penalmente al togado Bedoya por prevaricato, un proceso jurídico complejo debido a que los magistrados cuentan con fueros especiales. La acusación exige demostrar que la decisión judicial no solo resultó polémica, sino que presuntamente contradijo la ley de manera consciente y sin una justificación jurídica válida; en este caso, sería por el decreto en mención.

- crédito Álvaro Tavera/Colprensa
El jefe de Estado señaló al magistrado Juan Enrique Bedoya por presunto prevaricato tras la suspensión del decreto pensional - crédito Álvaro Tavera/Colprensa

Esto era lo que buscaba el Gobierno Petro con el polémico decreto sobre las pensiones

El Decreto 415 de 2026 buscaba acelerar el traslado de activos pensionales desde las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) hacia el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (Rais) con el propósito de fortalecer la liquidez del régimen público y reducir presiones fiscales de corto plazo. La medida contemplaba el movimiento anticipado de cerca de $25 billones correspondientes a reservas y saldos administrados por el régimen de ahorro individual.

Uno de los componentes centrales del decreto apuntaba al traslado de recursos de pensionados bajo la modalidad de retiro programado que devengan un salario mínimo. Según la lógica planteada por el Gobierno, esos pasivos pensionales terminan respaldados por el Estado cuando el capital acumulado en las cuentas individuales se extingue, por lo que la administración consideró más eficiente que dichos recursos ingresaran desde ahora al sistema público administrado por Colpensiones.

La norma también pretendía ejecutar de manera anticipada el traslado de capitales correspondientes a afiliados cobijados por el régimen de transición establecido en la Ley 2381 de 2024, que optaron por migrar desde las AFP hacia Colpensiones.

Sin el decreto, esos recursos permanecerían en administración privada hasta el reconocimiento efectivo de la pensión; con la medida, el Ejecutivo buscaba anticipar el flujo de caja hacia el sistema público.

Esta fue la decisión del Consejo de Estado sobre el decreto del Gobierno nacional

El Consejo de Estado suspendió el decreto al considerar que el Gobierno nacional excedió sus facultades al ordenar el traslado anticipado desde las AFP hacia Colpensiones. La decisión judicial sostuvo que la reforma pensional definió que los recursos de los afiliados debían permanecer en las cuentas administradas por los fondos privados hasta el momento en que se consolidara el derecho a la pensión.

Para el magistrado, el Ejecutivo cambió esas condiciones mediante una vía administrativa que no tenía respaldo legal suficiente. El fallo también advirtió posibles riesgos sobre el ahorro individual de los trabajadores.

El Consejo de Estado concluyó que el Gobierno excedió su facultad regulatoria y suspendió de manera definitiva el decreto pensional - crédito Suministrado
El Consejo de Estado concluyó que el Gobierno excedió su facultad regulatoria y suspendió de manera definitiva el decreto pensional - crédito Suministrado

El Consejo de Estado señaló que el traslado inmediato de esos recursos implicaba que el dinero dejara de generar rendimientos financieros dentro de las cuentas individuales para ingresar al flujo de gasto corriente del sistema público.

Otro de los argumentos expuestos por el tribunal apuntó al impacto sobre la sostenibilidad financiera del modelo pensional, por lo que la corporación consideró que mover de forma anticipada esos recursos alteraba el cálculo actuarial previsto en la reforma y podía afectar el equilibrio financiero proyectado para el pago futuro de las pensiones.

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