
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso el 15 de abril de 2026 una multa de $4.679.844.144 a Colombia Telecomunicaciones S.A. ESP BIC (Movistar) por vulnerar el derecho de los usuarios a cambiar libremente de operador a través del proceso de portabilidad numérica, según la Resolución 26355 difundida este 30 de abril.
Entre los motivos identificados, la autoridad detalló que Movistar, al actuar como proveedor donante, no entregó de forma oportuna o, en ciertos casos, omitió la entrega de los NIP de confirmación requeridos por los usuarios para tramitar su cambio de operador, lo que dificultó la portabilidad.
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Además, se detectaron actividades de recuperación consistentes en el envío de mensajes con ofertas comerciales antes de remitir este código, una conducta que fue denunciada por otros operadores del sector, según precisó la Superintendencia de Industria y Comercio.
El NIP, elemento clave en el proceso, es el número que permite identificar y formalizar el trámite entre operadores y debe ser entregado dentro de plazos específicos para asegurar la eficacia del procedimiento, de acuerdo con los parámetros regulatorios. La SIC recordó que garantizar la entrega en tiempo es fundamental para el correcto funcionamiento del sistema y para proteger la posibilidad de elección de los usuarios.
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Durante la fase inicial de la investigación, la Superintendencia de Industria y Comercio impartió una orden administrativa a Movistar, orientada a garantizar el cumplimiento de las normas sobre portabilidad numérica y evitar la reincidencia, pero la empresa no presentó evidencia de haber atendido dicha instrucción.
Frente a la sanción, proceden recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y de apelación ante la Superintendencia Delegada para la Protección del Consumidor.
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Sancionado Movistar por presuntas irregularidades en tarifas y contratos de servicios fijos
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) decidió abrir una investigación administrativa por cobros inesperados a sus usuarios. La actuación de la SIC responde a una acumulación de quejas sobre cargos aplicados por equipos repetidores de WiFi, conocidos como ‘Baseport’, realizados sin que existiera un consentimiento previo y expreso por parte de los consumidores.
La entidad reguladora detalló que estos cobros habrían ocurrido entre agosto de 2020 y mayo de 2024, afectando a diversos usuarios que manifestaron su inconformidad. De acuerdo con la Resolución No. 21211 del 26 de marzo de 2026, el operador enfrenta cargos por no actualizar el contrato único de prestación de servicios fijos y por no garantizar que los usuarios pudieran acceder a su contenido completo.
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La investigación surge ante la posibilidad de que Movistar haya vulnerado el derecho de los consumidores a conocer y elegir libremente los servicios y equipos contratados. Según las denuncias recibidas, los usuarios reportaron facturas con cargos sorpresa por equipos adicionales que no solicitaron ni aprobaron previamente.
En el contexto de la formulación de cargos, la SIC enfatizó que la empresa también debe responder por el presunto desconocimiento del derecho de los usuarios a recibir información suficiente, oportuna y comprobable. Este punto se refiere a la obligación del operador de mantener al día la información contractual y de facilitar el acceso a los términos de los servicios ofrecidos.
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El organismo regulador advirtió que, de confirmarse las conductas investigadas, Movistar podría enfrentar multas de hasta 15.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLM) por cada infracción. El proceso no admite recursos, según lo dispuesto en los artículos 47 y 75 de la Ley 1437 de 2011, pero la empresa cuenta con un plazo de 15 días desde la notificación para ejercer su derecho de defensa y contradicción.

La apertura de la investigación administrativa a Movistar por parte de la SIC responde a múltiples denuncias de usuarios sobre cobros no autorizados por repetidores WiFi. El caso involucra posibles violaciones al derecho de libre elección y a la transparencia informativa en los contratos de servicios fijos. Las multas podrían alcanzar cifras significativas si se comprueban las infracciones.
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El caso mantiene la atención sobre la importancia de que los operadores de telecomunicaciones respeten los derechos de los usuarios en Colombia y cumplan con las normativas que garantizan transparencia e información clara en la prestación de sus servicios.
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