El accidente de tránsito no dejó heridos pero causó daños estructurales en una estética canina y una panadería del occidente de Bogotá - crédito @D_C_Bogota/X
Un accidente de tránsito ocurrido en la localidad de Engativá, sector Ciudadela Colsubsidio (carrera 111A #88-26), generó alarma en el occidente de Bogotá la mañana del sábado 11 de abril, luego de que una mujer que se encontraba en proceso de aprendizaje al volante perdiera el control de su vehículo y terminara estrellándose contra dos establecimientos comerciales.
El incidente, que involucró una estética canina y una panadería, no dejó personas lesionadas, pero provocó daños estructurales significativos en ambos locales. Las reparaciones deberán ser asumidas por las personas implicadas en el siniestro.
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Cómo ocurrió el accidente

De acuerdo con los reportes preliminares, la conductora, que estaba aprendiendo a manejar, reaccionó de forma equivocada ante una situación de nerviosismo: en vez de accionar el freno, aceleró el vehículo, causando que este se proyectara contra los comercios. En el momento del siniestro, la mujer iba acompañada por un hombre, aunque las autoridades aún verifican si se trataba de un instructor, familiar o conocido.
El accidente movilizó ambulancias y organismos de socorro, que acudieron rápidamente al lugar para atender la emergencia y evaluar posibles lesiones entre las personas involucradas. Según el informe inicial de las autoridades, no se registraron heridos graves, hecho que alivió la preocupación de los comerciantes y residentes del sector por la magnitud del choque.
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Las primeras diligencias de la policía incluyeron la inspección de los daños, la identificación de los ocupantes del vehículo y la recopilación de testimonios de testigos. El caso continúa bajo investigación para esclarecer las circunstancias precisas del siniestro y determinar la responsabilidad de los implicados.

Responsabilidad y coberturas en estos casos
En Colombia, cuando un vehículo particular se estrella contra una vivienda o local, la responsabilidad recae tanto en el conductor como en el propietario del automóvil. Ambos deben responder solidariamente por los daños, en virtud de la responsabilidad extracontractual. Si el vehículo está asegurado con una póliza Todo Riesgo o de Responsabilidad Civil Extracontractual (RCE), la aseguradora cubrirá los costos de reparación de los terceros afectados hasta el tope de la póliza. Sin embargo, el SOAT únicamente cubre lesiones personales y no daños materiales a bienes inmuebles.
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Si el accidente hubiese involucrado un vehículo de un Centro de Enseñanza Automovilística (CEA), la póliza RCE obligatoria del centro sería la responsable principal de cubrir los daños, con un monto no inferior a 60 salarios mínimos legales mensuales vigentes, según el Decreto 1500 de 2009.
Sanciones y multas aplicables según la ley
El caso presentado en Engativá involucra un vehículo particular, lo que implica que el pago de los daños a los locales correrá a cargo de la conductora y del propietario del vehículo. Pero, además de las reparaciones, existen sanciones administrativas previstas en la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito):
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- Conducir sin licencia: si la mujer estaba aprendiendo a manejar y no tenía licencia, la multa asciende a más de $1.266.000 en 2026 y la inmovilización inmediata del vehículo.
- Acompañante no autorizado: enseñar a conducir en vías públicas sin ser instructor certificado por una escuela de conducción autorizada conlleva una multa de 52,29 UVB (equivalente a $633.200 en 2026), la inmovilización del vehículo y el traslado a patios. Esta infracción es catalogada como C23: “Impartir en vías públicas al público enseñanza práctica para conducir, sin estar autorizado para ello”.
- Otras infracciones: si se demuestra imprudencia o conducción peligrosa, pueden sumarse sanciones adicionales, dependiendo de la evaluación de las autoridades de tránsito.
Consecuencias civiles y administrativas
Más allá de las multas, la responsabilidad civil implica que la conductora y el propietario del automóvil deberán responder por los daños estructurales causados a la estética canina y la panadería, negociando directamente con los dueños o a través de sus aseguradoras si las pólizas lo permiten. El proceso puede derivar en demandas civiles si no se logra un acuerdo satisfactorio.
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