
La Alcaldía de Medellín puso en marcha el Bono Alimentario 2026, un programa diseñado para fortalecer la seguridad alimentaria y mejorar el acceso a alimentos de la población vulnerable.
La iniciativa, desarrollada en el contexto del Programa de Planeación del Desarrollo Local y Presupuesto Participativo, beneficiará a familias y personas en situación de vulnerabilidad en comunas y corregimientos priorizados del Distrito Especial de Medellín.
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El Bono Alimentario consiste en un cupón impreso con desprendibles que permite a los beneficiarios adquirir productos básicos de la canasta familiar, como carnes, frutas, verduras, tubérculos, salsamentaria, granos, cereales y abarrotes. Estos alimentos solo pueden comprarse en establecimientos autorizados, garantizando así el acceso a productos esenciales para la nutrición y bienestar de las familias inscritas en el programa.
Proceso de inscripción y criterios de selección

Las inscripciones para acceder al Bono Alimentario se realizarán de manera digital entre el 16 y el 31 de marzo de 2026. Los interesados deben completar el formulario disponible en el portal web oficial https://postulacionbonopp.secretariadeinclusionsocial.co/, el único canal autorizado para la recepción de datos, lo cual asegura la transparencia y legalidad del proceso.
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La convocatoria es ampliamente divulgada a través de circulares, medios de comunicación y la página web de la Alcaldía, así como mediante las Juntas Administradoras Locales de los territorios priorizados.
Para inscribirse, es fundamental tener a mano el documento de identidad de cada integrante del hogar y revisar cuidadosamente la dirección reportada, la cual debe coincidir con la registrada en los servicios públicos o documentos oficiales. La inscripción es gratuita y no garantiza el ingreso automático al proyecto. Los cupos serán asignados de acuerdo con el cumplimiento de los requisitos mínimos y el nivel de vulnerabilidad, así como la cantidad de bonos disponibles en cada zona.
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Los requisitos mínimos
- Estar registrado en el Sisbén IV del Distrito de Medellín, ser mayor de edad (salvo menores cabeza de hogar sin adultos responsables)
- Residir permanentemente en la comuna o corregimiento priorizado
- No pertenecer a otros programas de asistencia alimentaria.

Adicionalmente, los hogares seleccionados deben comprometerse a asistir y participar en actividades educativas sobre hábitos alimentarios saludables, condición indispensable para recibir el beneficio.
Comunas y corregimientos priorizados, tipos de bono y frecuencia de entrega
Para el año 2026, se asignaron 16.345 bonos alimentarios distribuidos en 18 comunas y corregimientos, incluyendo Popular, Santa Cruz, Manrique, Aranjuez, Robledo, Villa Hermosa, Buenos Aires, La Candelaria, Laureles, San Javier, El Poblado, Guayabal, Belén, San Sebastián de Palmitas, San Cristóbal, Altavista, San Antonio de Prado y Santa Elena. Cada territorio tiene un número específico de cupos, según la priorización establecida por las autoridades locales.
Existen dos modalidades: el Bono Familiar, dirigido a hogares de tres o más personas, y el Bono Unipersonal, para hogares de uno o dos miembros. Para la vigencia 2026, el valor por entrega es de $356.800 para el bono familiar y $216.880 para el bono unipersonal. Cada beneficiario recibirá cinco entregas durante el año, con una periodicidad aproximada de entre 20 y 30 días.
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El bono podrá redimirse exclusivamente en alimentos de la canasta básica, entre ellos granos, cereales, abarrotes, carnes, salsamentaria, frutas, verduras, raíces, plátanos y tubérculos, asegurando así una cobertura nutricional adecuada para las familias beneficiadas.
Criterios de priorización y obligaciones de los beneficiarios
El programa prioriza a hogares en condición de alta vulnerabilidad, como los integrados por menores de cinco años, personas mayores, personas con discapacidad, jefes de hogar mujeres, víctimas de desplazamiento o conflicto armado, desempleados, trabajadores informales y familias con inseguridad alimentaria según la escala Elcsa.
También se consideran familias que no son beneficiarias de otros programas distritales o nacionales, ni reciben ingresos fijos por pensión, jubilación, renta, honorarios o salarios, aunque estos no son criterios excluyentes.
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Uno de los requisitos clave es la participación en actividades educativas sobre alimentación saludable. Si el beneficiario no asiste sin justificación válida, podrá perder el beneficio. En caso de fuerza mayor debidamente comprobada, podrá autorizar a un tercero a reclamar el bono, presentando una carta de autorización y la documentación correspondiente.
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