El traslado de fondos pensionales de los afiliados del Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS) al Régimen de Prima Media, administrado por Colpensiones, se encuentra en fase de borrador mediante un proyecto de decreto publicado por el Ministerio del Trabajo.
Según el documento, la normativa basada en el artículo 76 de la Ley 2381 de 2024 establece los procedimientos y plazos propuestos para la transferencia de los recursos de las cuentas individuales, con el objetivo de fortalecer la sostenibilidad financiera y cubrir las prestaciones sociales en el sistema de pensiones.
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La medida tiene alcance nacional y busca evitar desequilibrios financieros, en línea con principios constitucionales de eficiencia, equidad y solidaridad. El traslado responde a la necesidad de que los recursos que respaldan las obligaciones de los nuevos pensionados sean gestionados directamente por Colpensiones, entidad encargada del pago de las mesadas y demás prestaciones en el país.

Requisitos para el traslado de fondos pensionales
A partir de la promulgación de la Ley 2381 de 2024 el 16 de julio de 2024, las mujeres con un mínimo de 750 semanas cotizadas y los hombres con al menos 900 semanas pueden optar por el traslado, siempre que les falten menos de diez años para cumplir la edad de pensión. Según el Decreto publicado por el Ministerio del Trabajo, a fecha del 5 de febrero de 2026, un total de 119.632 afiliados del RAIS ejercieron esta posibilidad y pasaron al Régimen de Prima Media.
El grupo de beneficiarios se divide entre quienes ya consolidaron el derecho pensional, recibiendo mesada de Colpensiones, y aquellos que, tras el traslado, aún no cumplen todos los requisitos, pero ya forman parte del régimen asegurado. Este proceso tiene carácter excepcional y transitorio, destinado a quienes cumplan los criterios legales y deseen acceder al régimen que resulte más favorable, según el Decreto publicado por el Ministerio del Trabajo.

Procedimiento y plazos para la transferencia de recursos
Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) deben transferir a Colpensiones la totalidad del capital y los rendimientos financieros acumulados en las cuentas individuales de quienes ejercieron la opción de traslado. El plazo para completar la transferencia es de quince días hábiles tras la entrada en vigor del decreto para los traslados ya realizados. Si el traslado ocurre posteriormente, el procedimiento debe finalizarse antes de que termine el mes siguiente a la fecha de aceptación.
Las mismas reglas aplican al momento en que un afiliado trasladado consolida su pensión. Según el Decreto publicado por el Ministerio del Trabajo, el giro de los recursos debe efectuarse en los términos establecidos para garantizar el financiamiento de las prestaciones a cargo del sistema público.
Impacto económico y cifras clave para el sistema de pensiones
El impacto económico de los traslados desde el RAIS sobre la nómina pensional es considerable. El Decreto publicado detalla que Colpensiones reconocía y pagaba pensiones a 22.472 personas provenientes del régimen de ahorro individual al 5 de febrero de 2026. Los recursos de estos afiliados, antes administrados por las AFP, ahora refuerzan el fondo común solidario.
De acuerdo con los datos oficiales, la nómina de Colpensiones alcanzó $47,2 billones en 2023 y $55,5 billones en 2024; de estos montos, $12,9 billones en 2023 y $15,3 billones en 2024 correspondieron a traslados desde el RAIS. Estas transferencias permiten cumplir con el pago oportuno de las prestaciones sociales y contribuyen a la viabilidad financiera del sistema público de pensiones.

Sostenibilidad del sistema y razones de la normativa
La transferencia obligatoria e inmediata de los fondos responde a la necesidad institucional de evitar déficits y sostener el equilibrio financiero. Según el documento, la Corte Constitucional y el propio Ministerio destacan el papel fundamental de la sostenibilidad para el cumplimiento de los derechos de los afiliados, así como la solidaridad intergeneracional.
Colpensiones debe asumir no solo el pago de pensiones de vejez, sino también cubrir riesgos como invalidez, sobrevivencia y otras prestaciones económicas. Por tanto, el decreto establece reglas claras para que los fondos sean transferidos sin demoras, evitando que activos permanezcan bajo gestión de entidades privadas cuando la obligación es del régimen público.
Estas disposiciones refuerzan la eficiencia y la solidaridad en el sistema, con el propósito de mantener la cobertura y el equilibrio para atender los compromisos presentes y futuros del sistema de pensiones colombiano.
El creciente volumen de traslados desde el RAIS hacia la nómina pensional evidencia según el texto, la necesidad de mantener procedimientos ágiles y actualizados, con el fin de garantizar la estabilidad y la adecuada planificación financiera de Colpensiones en los próximos años.
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