
Este 18 de febrero de 2026 se convirtió en una fecha decisiva para el futuro de la reforma pensional en Colombia. La Sala Plena de la Corte Constitucional inició la discusión formal sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024, una de las principales apuestas legislativas del gobierno del presidente Gustavo Petro.
Pero más allá del debate jurídico sobre el contenido de la norma, el foco de la jornada está puesto en una figura clave: el magistrado Jorge Enrique Ibáñez. Su papel es central por tres razones que pueden alterar por completo el curso del proceso.
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Ibáñez es el magistrado ponente del caso, es decir, el encargado de elaborar el proyecto de sentencia que la Sala Plena debe discutir y votar. En ese documento, ya radicado ante la Corte, propone declarar inexequible —tumbar— la reforma pensional en su totalidad. Según su argumento, el Congreso incurrió en vicios de trámite insubsanables durante la aprobación de la ley.
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De acuerdo con la ponencia, la Cámara de Representantes habría aprobado el texto proveniente del Senado “en bloque”, sin una deliberación artículo por artículo, lo que a su juicio vulneraría principios esenciales del debate democrático.

Si esa tesis es acogida por la mayoría de magistrados, la Ley 2381 podría caer completamente por razones de forma, sin que siquiera se entre a estudiar de fondo su contenido.
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Sin embargo, el proceso no depende únicamente del debate sobre esos vicios de trámite. En paralelo, Ibáñez solicitó ser apartado del caso tras declararse impedido, y además enfrenta recusaciones promovidas por el Gobierno Nacional, que cuestiona su imparcialidad por supuestas declaraciones públicas que, según el Ejecutivo, evidenciarían un prejuzgamiento.
Este 18 de febrero la Sala Plena analiza precisamente si acepta su impedimento o si prospera la recusación en su contra. La decisión no es menor. Si Ibáñez es apartado del proceso, deberá designarse un nuevo magistrado ponente. En ese escenario, la ponencia actual —que pide anular la reforma— quedaría sin efecto y el nuevo encargado tendría que redactar un proyecto de sentencia desde cero.
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Dependiendo de esta situación en específico, la Corte tendrá que tomar ciertas decisiones por el remplazo del magistrado que podrían alargar el proceso, teniendo en cuenta que el 1 de julio debería entrar en vigencia. Mientras esto no ocurra, la reforma estaría en pausa.

Mientras tanto, el alto tribunal tiene sobre la mesa más de 40 demandas que cuestionan tanto el procedimiento legislativo como el contenido material de la reforma. En el plano sustantivo, los magistrados deberán analizar asuntos como el umbral de cotización obligatoria a Colpensiones dentro del nuevo sistema de pilares, la sostenibilidad fiscal del modelo y la protección de los derechos adquiridos.
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También está en juego el régimen de transición, que fija condiciones específicas —750 semanas cotizadas para mujeres y 900 para hombres— para mantener beneficios del esquema anterior. Miles de ciudadanos cercanos a pensionarse esperan claridad sobre cuál normativa les aplicará finalmente.
Según datos de Colpensiones, más de 70.000 personas ya aprovecharon la ventana de traslado prevista por la ley. Una eventual inexequibilidad obligaría a desmontar esos ajustes y podría generar efectos económicos y operativos de gran alcance.
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Al cierre de esta jornada no se espera un fallo definitivo, pero sí decisiones clave sobre la permanencia del magistrado ponente y el rumbo del proceso. La Corte tiene tres caminos posibles: declarar la exequibilidad total de la ley, mantenerla parcialmente o tumbarla en su integridad.
En cualquier escenario, la definición que adopte la Corte en las próximas semanas será determinante para la estabilidad jurídica del sistema pensional, para las finanzas públicas y para millones de cotizantes que hoy esperan una respuesta clara sobre las reglas que regirán su jubilación.
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