El presidente Gustavo Petro realmente podría aspirar a la Vicepresidencia, tal como lo propuso Roy Barreras: esto dice la ley

El abogado Francisco Bernate aseguró en diálogo con Infobae Colombia que existen vacíos legales sobre la participación de un jefe de Estado en los comicios electorales

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Roy Barreras no descartó que Gustavo Petro sea considerado como fórmula vicepresidencial - crédito Presidencia/Colprensa
Roy Barreras no descartó que Gustavo Petro sea considerado como fórmula vicepresidencial - crédito Presidencia/Colprensa

Luego de que el candidato presidencial Roy Barreras abriera la posibilidad de que el presidente Gustavo Petro pueda participar como candidato a la Vicepresidencia de Colombia en las elecciones del 31 de mayo de 2026, la propuesta ha desatado gran polémica en el país.

Durante un evento político en Pereira, el exsenador y ahora aspirante presidencial aseveró que el mandatario tendría esta opción de participar en los comicios electorales, al considerar que no existe ninguna normativa en la legislación colombiana que impida su participación democrática.

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Un presidente de la República como Gustavo Petro podría ser fórmula vicepresidencial, no tiene inhabilidades, no tiene impedimentos (...) Ojalá el pueblo progresista le pidiera que prestara su nombre como garantía de que el proyecto de cambio continúa”, declaró el exembajador en Reino Unido en atención a los medios de comunicación.

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Los dos personajes de la izquierda se reunieron en la Casa de Nariño - crédito @RoyBarreras
Los dos personajes de la izquierda se reunieron en la Casa de Nariño - crédito @RoyBarreras

Del mismo modo, Barreras aseguró que las inhabilidades expresadas en las leyes colombianas son por su ejercicio como Presidente, más no como vicepresidente, y recalcó que su propuesta no fue mencionada en su encuentro privado con el jefe de Estado.

“No se lo he preguntado al Presidente. Se lo preguntó al progresismo de base: si considera que Gustavo Petro podría ser una garantía de continuidad del proyecto del cambio, yo estaría dispuesto a que me hiciera el honor de ser mi fórmula”, agregó en rueda de prensa.

Luego del juicio con el senador y candidato presidencial Iván Cepeda, Uribe volvería a los estrados judiciales para responder por varios casos que se denunciaron cuando él ocupaba el cargo de gobernador de Antioquia, entre 1996 y 1998 - crédito Cristian Bayona/Colprensa
El expresidente descartó ser fórmula vicepresidencial - crédito Cristian Bayona/Colprensa

No es la primera vez que se menciona la posible participación de una figura presidencial como candidato a la Vicepresidencia.

En julio de 2025, Tomás Uribe, hijo del expresidente Álvaro Uribe Vélez, propuso que su padre fuera candidato vicepresidencial del aspirante que lograría ganar la consulta del Centro Democrático.

“Él es el único líder que puede unir a la oposición democrática. Petro y Santos buscan neutralizarlo judicialmente antes de 2026, conscientes de que su participación, especialmente como vicepresidente, sería clave para derrotarlos”, asumió el empresario en su momento.

No obstante, el mismo ex jefe de Estado colombiano descartó dicha posibilidad. “No puedo considerar ser candidato a la vicepresidencia. No seré yo quien le cree al país una discusión institucional, justamente ahora que buscan acabar con las instituciones”, escribió Uribe en su momento en X.

Francisco Bernate, abogado de Epa Colombia, señaló que las condiciones que afronta en El Buen Pastor están repercutiendo negativamente en su representada tanto en lo físico como en lo emocional - crédito Colprensa
El abogado Francisco Bernate señaló que no hay una norma que restrinja la participación de un presidente o expresidente como fórmula vicepresidencial - crédito Colprensa

Que dice la ley

La discusión sobre si un presidente en ejercicio o un expresidente colombiano puede postularse como vicepresidente genera un intenso debate jurídico y político, en gran medida por los vacíos y tensiones presentes en la Constitución Política de 1991 y las reformas posteriores.

Francisco Bernate, abogado y profesor de derecho de la Universidad del Rosario, recalcó en diálogo con Infobae Colombia que la reelección presidencial quedó restringida en el territorio colombiano, tras la promulgación del Acto Legislativo 02 de 2015 que eliminó dicha posibilidad, pero que no menciona la vicepresidencia como impedimento.

“La Constitución Política de Colombia prohíbe la reelección presidencial. Una persona que ha ocupado el cargo de presidente no puede volver a aspirar a serlo. No ocurre lo mismo con quien ha ocupado la presidencia y pretende presentarse a las elecciones en condición de fórmula vicepresidencial, en la medida en que haber ocupado la presidencia no lo inhabilita jurídicamente para ejercer el cargo de vicepresidente. De manera que esta es una fórmula que es perfectamente posible”, expresó el jurista a este medio de comunicación.

La norma a la que el abogado hace referencia es al artículo 197 de la Constitución Política de Colombia que prohíbe que quien haya ejercido la presidencia sea elegido presidente nuevamente. Sin embargo, no menciona la vicepresidencia como impedimento.

Para Bernate, el problema ocurre en el evento en que, quien resulte electo como presidente, no pueda ejercer el cargo de manera temporal o absoluta - crédito Suministrado a Infobae Colombia

“No podrá ser elegido Presidente de la República el ciudadano que a cualquier título hubiere ejercido la Presidencia. Esta prohibición no cobija al Vicepresidente cuando la ha ejercido por menos de tres meses, en forma continua o discontinua, durante el cuatrienio”, señala la Carta Magna.

No obstante, Bernate enfatizó que, de llegar a ser elegido por los colombianos, no podría ejercer temporal o absoluta el cargo por la normativa anteriormente mencionada, por lo que el cargo sería asumido por el presidente del Congreso.

“El problema ocurre en el evento en que quien resulte electo como presidente no pueda ejercer el cargo de manera temporal o de manera absoluta. Pensemos en qué ocurre si, quien es electo como presidente, fallece o le ocurre alguna circunstancia que lo inhabilita para ejercer el cargo (...) en ese caso, quien ocupa la vicepresidencia, pues no podría asumir la presidencia y quedaríamos en una situación en la que termina asumiendo como presidente de los colombianos el presidente del Congreso”, manifestó.

El abogado Francisco Bernate explicó que, de llegado el caso de ausencia del presidente, quien asumiría el cargo sería el presidente del Congreso - crédito Colprensa
El abogado Francisco Bernate explicó que, de llegado el caso de ausencia del presidente, quien asumiría el cargo sería el presidente del Congreso - crédito Colprensa

Por último, Francisco Bernate explicó a Infobae Colombia que si este caso ocurre, el país entraría en un lío jurídico que tendría que resolverse lo más pronto posible.

Si bien jurídicamente no hay ninguna inhabilidad ni ninguna situación, pues sí es un escenario que genera esa preocupación, la posibilidad de quedar sin un presidente a cargo”, puntualizó.

Por el momento, el presidente Gustavo Petro no se ha expresado frente a la propuesta expresada por Roy Barreras.

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