
La Sección Tercera del Consejo de Estado declaró la responsabilidad patrimonial personal de Bernardo Moreno Villegas, exdirector del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (Dapre) durante el gobierno de Álvaro Uribe Vélez, por su participación en las interceptaciones ilegales conocidas como ‘chuzadas’ del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).
Como consecuencia de esta decisión, el alto tribunal lo condenó a pagar más de $354 millones a favor de la Nación, dentro de una acción judicial promovida por la propia entidad estatal.
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La decisión se dio como resultado de una demanda de repetición presentada en 2019 por el Dapre, mediante la cual se buscó que Moreno asumiera directamente el pago de una indemnización que el Estado tuvo que cancelar como resultado de las conductas ilegales cometidas contra un exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia. El proceso fue resuelto por la Sección Tercera, con ponencia del consejero de Estado Fredy Ibarra.
Condena patrimonial por las ‘chuzadas’

El fallo establece que Moreno Villegas deberá reintegrar al Estado la suma exacta de $354.074.968,34, correspondiente a la indemnización que el Tribunal Administrativo de Cundinamarca había ordenado pagar al exmagistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia Sigifredo Espinosa Pérez. Esta compensación se otorgó por los daños causados a raíz de los seguimientos, interceptaciones, actos de asedio y estrategias de desprestigio que fueron desplegados en su contra y contra varios miembros de su familia.
En la providencia, el Consejo de Estado concluyó que está demostrado que Moreno ordenó las interceptaciones a las comunicaciones personales del exmagistrado Espinosa Pérez, utilizando para ello la estructura del DAS, a través de María del Pilar Hurtado, que para la época se desempeñaba como directora de esa entidad de inteligencia, hoy liquidada.
El alto tribunal tuvo en cuenta que Moreno fue condenado penalmente a ocho años de prisión en 2015 por la Corte Suprema de Justicia, sentencia que fue ratificada por la misma corporación en mayo de 2024, diez años después de haberse proferido el fallo inicial. Con base en esas decisiones, el Consejo de Estado consideró acreditada su responsabilidad directa en los hechos que dieron origen a la condena patrimonial.

Según lo expuesto en los fallos de la Corte Suprema, las interceptaciones se produjeron entre 2007 y 2008 y tuvieron como finalidad la obtención irregular de información reservada de la Sala Penal del alto tribunal. Entre los objetivos de esas actividades se encontraba conocer el contenido de sesiones privadas de los magistrados, para lo cual se recurrió incluso a infiltraciones.
Las decisiones judiciales también detallan que se adelantaron indagaciones sobre un viaje realizado en 2006 por varios magistrados a la ciudad de Neiva, relacionado con el empresario Asencio Reyes, así como la posterior divulgación pública de información con fines de desprestigio. Todo ello ocurrió en un contexto que la Corte Suprema describió como un periodo de enfrentamiento entre el entonces presidente de la República y el alto tribunal.
En la parte resolutiva de la sentencia, el Consejo de Estado dejó consignado de manera expresa: “Declárase la responsabilidad patrimonial personal del señor Bernardo Moreno Villegas. Como consecuencia, condénase (...) a pagar en favor de la Nación - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República la suma de trescientos cincuenta y cuatro millones setenta y cuatro mil novecientos sesenta y ocho pesos con treinta y cuatro centavos”.

El fallo también ordena que, una vez la providencia quede en firme, la Secretaría de la Sección Tercera disponga la entrega al Dapre de los títulos de depósitos judiciales que se encuentren a órdenes del proceso, los cuales provienen de la caución que el demandado había prestado para garantizar el cumplimiento de la sentencia.
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