
Las víctimas acreditadas y la Fiscalía General de la Nación presentaron el 13 de enero de 2026 demandas de casación ante la Corte Suprema de Justicia con el objetivo de anular la absolución del expresidente Álvaro Uribe Vélez. Este recurso busca que el alto tribunal restituya la condena emitida en primera instancia por soborno en actuación penal y fraude procesal.
El proceso judicial que involucra a Uribe Vélez comenzó en 2012, cuando el entonces senador denunció a Iván Cepeda por supuesta manipulación de testigos. Seis años más tarde, en 2018, la Corte Suprema de Justicia abrió una investigación contra el expresidente, señalándolo como presunto líder de una estructura destinada a alterar testimonios para desviar acusaciones vinculadas a actividades paramilitares en Antioquia.
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La jueza 44 penal de Bogotá, Sandra Liliana Heredia Aranda, sentenció el 1 de agosto de 2025 a Uribe Vélez a doce años de prisión por soborno en actuación penal y fraude procesal, mientras que fue absuelto del delito de soborno por falta de pruebas concluyentes. La defensa, dirigida por Jaime Granados, interpuso una apelación de casi mil páginas ante el Tribunal Superior de Bogotá dos semanas después de la condena.
El 21 de octubre, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá revirtió la sentencia inicial y absolvió a Uribe Vélez. En su fallo, los magistrados señalaron deficiencias en las actuaciones de la jueza Heredia Aranda y de la Fiscalía. Solo la magistrada María Leonor Oviedo Pinto expresó un criterio diferente al del resto del tribunal.

Tras la decisión de segunda instancia, víctimas y Fiscalía recurrieron a la Corte Suprema de Justicia con sendas demandas de casación. Según información conocida por El Espectador, ambos recursos, que suman 420 páginas, argumentan que el Tribunal Superior de Bogotá omitió y valoró de forma inadecuada pruebas esenciales que incidieron de manera directa en el resultado del proceso.
En su recurso, las víctimas acreditadas —Iván Cepeda, Eduardo Montealegre, Jorge Perdomo y Deyanira Gómez— sostienen que el tribunal no acató las reglas de producción y apreciación de la prueba, lo que perjudicó su derecho a una decisión fundada y conforme al debido proceso.
Afirman que Uribe Vélez estaba informado de las gestiones del abogado Diego Cadena, ya condenado por estos hechos, y que era el principal promotor de la estrategia ilícita.
“Es claro que la intervención de Álvaro Uribe Vélez no se limitó a una conducta neutra ni a un simple consejo, sino que consistió en una instrucción encaminada a incidir ilícitamente en el curso de actuaciones judiciales en su propio beneficio”, indica el documento presentado ante la Corte y citado por El Espectador.

Las víctimas advierten que entre las pruebas no valoradas correctamente se encuentran las interceptaciones telefónicas a Uribe Vélez y Cadena, cuya utilización fue validada en 2024 por la Corte Suprema. Argumentan que esas grabaciones evidenciarían que Uribe Vélez impartía instrucciones directas para modificar testimonios.
Además, las víctimas aseguran que restar importancia a estos materiales debilitó el expediente. También critican que, respecto al testimonio de Juan Guillermo Monsalve, el tribunal dejó de lado documentos que respaldaban su versión.
Por su parte, la Fiscalía, a cargo de la fiscal María Cristina Patiño, también radicó su demanda de casación el 13 de enero. El documento coincide con las víctimas en señalar que la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá cometió errores al excluir o tergiversar pruebas clave, incluyendo las interceptaciones.
“Esta demanda de casación tiene como finalidades específicas, de una parte, la efectividad del derecho material, en cuanto es preciso que la Corte Suprema de Justicia reconozca la secuencia de errores cometidos por el Tribunal de Bogotá [...]“, establece el recurso citado por El Espectador.

En la casación, la Fiscalía recalca que su aporte probatorio cumplió con los estándares requeridos y responsabiliza a la sala de segunda instancia por omitir evidencias determinantes. Incluso, sostiene que hubo una apreciación errada de “grabaciones que acreditan más allá de duda razonable la determinación de Álvaro Uribe en la comisión de los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal“.
El argumento de la Fiscalía respalda especialmente el análisis contenido en el salvamento de voto de la magistrada María Leonor Oviedo Pinto, al considerarlo exhaustivo y ajustado a las normas de la sana crítica.
“La magistrada disidente efectuó un análisis exhaustivo, completo y ajustado a las reglas de la sana crítica, demostrando la existencia de un patrón común, sistemático y articulado de manipulación de testigos; la unidad del plan criminal; la coordinación de los emisarios; la materialización de actos concretos de ofrecimiento de prebendas, presiones, retribuciones económicas y direccionamiento; y la existencia real de los tres delitos”, cita la Fiscalía.
Por su parte, la defensa de Uribe Vélez, integrada por Miguel Ángel del Río, Reinaldo Villalba y Juan David León, manifestó que aguardará la notificación oficial de la decisión para emitir un pronunciamiento sobre los recursos presentados.
Con miles de folios que se han acumulado desde 2018, el expediente ha regresado a la Corte Suprema de Justicia. El trámite podría prolongarse varios años antes de que el tribunal emita un fallo definitivo, mientras las partes permanecen a la espera de la resolución final.
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