Magistrado Carlos Camargo liderará la revisión de la emergencia económica declarada por el Gobierno Petro

El alto tribunal evaluará las medidas extraordinarias del Ejecutivo, clave para definir si su alcance es constitucional

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El magistrado Carlos Camargo Assis quedó encargado de liderar la revisión del Decreto 1390, que declara la emergencia económica del gobierno de Gustavo Petro - crédito Corte Constitucional
El magistrado Carlos Camargo Assis quedó encargado de liderar la revisión del Decreto 1390, que declara la emergencia económica del gobierno de Gustavo Petro - crédito Corte Constitucional

La Corte Constitucional definió este martes 13 de enero la distribución de uno de los procesos judiciales más relevantes del año: la revisión de la emergencia económica y social declarada por el gobierno de Gustavo Petro al cierre de 2025.

Tras el receso por vacancia judicial, el alto tribunal asignó la ponencia principal al magistrado Carlos Camargo Assis, quien deberá decidir en el corto plazo si procede la suspensión provisional de las medidas adoptadas por el Ejecutivo.

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La decisión es clave, pues diversos sectores han advertido sobre un posible uso excesivo de las facultades presidenciales para reemplazar al Congreso en materia tributaria.

Gobierno nacional, en plena emergencia económica, entregó multimillonario contrato a empresario que prestó avión a Petro en su campaña presidencial - crédito Colprensa/Presidencia/Reuters
Gobierno nacional, en plena emergencia económica, entregó multimillonario contrato a empresario que prestó avión a Petro en su campaña presidencial - crédito Colprensa/Presidencia/Reuters

Mediante sorteo, Camargo quedó encargado del análisis del Decreto Legislativo 1390, mientras que el magistrado Juan Carlos Cortés González asumió la ponencia del Decreto Legislativo 1474, enfocado en medidas tributarias necesarias para financiar la emergencia.

La solicitud de suspensión provisional fue presentada por el Consejo Gremial, que advirtió que la medida busca evitar “el abuso presidencial del estado de emergencia económica para suplantar al Legislador en su competencia de crear impuestos”.

Ambos decretos están sujetos a control automático de la Corte Constitucional, lo que obliga a un estudio priorizado y expedito. Sin embargo, la revisión quedó congelada desde finales de diciembre por la vacancia judicial, impidiendo el análisis hasta enero de 2026.

¿Quién es Carlos Camargo Assis?

Nacido en Cereté (Córdoba) en 1979, Camargo se formó en la Universidad Sergio Arboleda, donde cursó pregrado, maestría y doctorado en Derecho y luego se desempeñó como profesor.

Allí estrechó lazos con figuras como Jorge Pretelt, exmagistrado de la Corte Constitucional, y consolidó redes de apoyo clave para su carrera.

Entre sus vínculos políticos también destaca Carlos Ariel Sánchez, exregistrador nacional, quien lo impulsó al Consejo Nacional Electoral (CNE) en 2014 con apoyo del Partido Conservador.

Carlos Camargo fue elegido como nuevo magistrado de la Corte Constitucional y apareció a su familia por su compañía en cada paso que da profesionalmente - crédito @SenadoGovCo/X
Carlos Camargo fue elegido como nuevo magistrado de la Corte Constitucional y apareció a su familia por su compañía en cada paso que da profesionalmente - crédito @SenadoGovCo/X

Su familia ha sido otra pieza estratégica. Está casado con María Paulina Pineda García, hija de la exsenadora conservadora Nora García y hermana del senador Marcos Daniel Pineda. Camargo además es primo del exsenador David Barguil y tiene lazos con el gobernador de Boyacá, Carlos Amaya.

Durante su gestión en el CNE, presentó la ponencia que archivó la investigación contra Óscar Iván Zuluaga por presunta financiación irregular de campaña, y renunció días después, facilitando la continuidad política de su suegra y consolidando su camino hacia la Federación Nacional de Departamentos y posteriormente la Registraduría.

Según la Fundación Paz & Reconciliación, firmó contratos con exmagistrados y familiares de magistrados que intervendrían en la elección del registrador.

Una emergencia económica en cuidados intensivos

La Corte ha constatado que decretos de emergencia expedidos durante recesos institucionales en gobiernos anteriores solo pudieron analizarse tras la reanudación de funciones.

Antes de tomar una decisión definitiva, se recibirán conceptos de diversas entidades, incluido el procurador general, y cualquier suspensión o aval recaerá en los despachos de Camargo y Cortés.

La emergencia fue declarada tras el fracaso de la reforma tributaria en el Congreso, como mecanismo para garantizar la financiación estatal.

La medida busca enfrentar un déficit proyectado de 16,3 billones de pesos en el presupuesto 2026 y habilitar al Ejecutivo para expedir decretos de urgencia ante un riesgo considerado inminente: el posible incumplimiento de obligaciones estatales y la amenaza al orden económico y social.

La administración nacional, bajo la dirección de Gustavo Petro, oficializó en la mañana del 31 de diciembre el decreto que establece los impuestos correspondientes a la emergencia económica - crédito Dapre
La administración nacional, bajo la dirección de Gustavo Petro, oficializó en la mañana del 31 de diciembre el decreto que establece los impuestos correspondientes a la emergencia económica - crédito Dapre

Uno de los escenarios más inmediatos es la suspensión provisional del decreto por parte de la Sala Plena, lo que impediría expedir nuevos decretos hasta la decisión final sobre su constitucionalidad.

Otra posibilidad es que la Corte declare la inconstitucionalidad, ya sea por falta de hechos sobrevinientes, ausencia de afectación grave e inminente, o porque el Ejecutivo podría enfrentar la situación con atribuciones ordinarias.

Entre las facultades que confiere el estado de emergencia está la potestad de crear o modificar tributos mediante decreto, lo que impactaría directamente a los contribuyentes.

El Gobierno justificó la declaratoria en ocho hechos agravantes de la crisis fiscal, entre ellos el aumento del gasto estatal por fallos judiciales en salud (3,3 billones de pesos), refuerzo presupuestal para seguridad (3,7 billones) y pago de otras sentencias (1,5 billones).

También se incluyen barreras para asumir nueva deuda, vinculadas a la regla fiscal y a “medidas unilaterales del gobierno de Estados Unidos contra Colombia”.

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