Aliadas advirtió a la Corte Constitucional sobre una posible emergencia económica para financiar el Presupuesto de 2026

La organización expresó reparos jurídicos y económicos frente al uso de un estado de excepción con fines fiscales y pidió que, de concretarse, la Corte ejerza un control prioritario

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El informe señala que la consolidación fiscal sólo sería posible con un cambio de política tras las elecciones de 2026 - crédito Colprensa
La Alianza Aliadas advierte sobre los riesgos de declarar un Estado de Emergencia Económica para financiar el Presupuesto General de 2026 - crédito Colprensa

La Alianza Aliadas envió una comunicación formal a la Corte Constitucional en la que expresa su preocupación por una eventual declaratoria de Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica con el fin de financiar el Presupuesto General de la Nación de 2026. La carta, fechada el 20 de diciembre de 2025 y dirigida al presidente del alto tribunal, Jorge Enrique Ibáñez Najar, plantea reparos jurídicos y económicos frente a esa posibilidad y solicita que, de concretarse, el control constitucional sea priorizado.

En el documento, firmado por la presidenta de Aliadas, María Claudia Lacouture, la organización aclaró que su pronunciamiento se hizo “con el mayor respeto por la autonomía e independencia judicial de esa Honorable Corporación”, pero advirtió que, a su juicio, no se cumplen los requisitos constitucionales para acudir a un estado de excepción con fines fiscales.

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Uno de los puntos centrales del argumento es que la situación fiscal del país, aunque pueda ser compleja, no constituye un hecho extraordinario e imprevisible. Según la alianza, “la situación fiscal puede ser seria, pero es estructural y previsible, no un hecho ‘sobreviniente y excepcional’”, y responde a decisiones de gasto y endeudamiento que deben enfrentarse mediante los instrumentos ordinarios de la política fiscal.

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Aliadas también cuestionó que la falta de aprobación de una ley de financiamiento o de una reforma tributaria en el Congreso sea presentada como una justificación para decretar la emergencia. En la carta se señaló que este escenario “no constituye un choque extraordinario, sino un resultado propio de la democracia deliberativa”, por lo que no puede equipararse a una crisis que habilite medidas excepcionales.

Otro de los reparos tiene que ver con el enfoque del debate público. La alianza advirtió que plantear la disyuntiva como “ley o abismo” configura “un falso dilema”, pues la Constitución exige un análisis técnico y jurídico riguroso y no decisiones adoptadas bajo presión política o fiscal.

En ese sentido, recordó que la figura de la emergencia es subsidiaria y solo procede cuando se demuestra que los mecanismos ordinarios son insuficientes.

La Corte Constitucional validó el decreto que reconoce a los pueblos indígenas como autoridades ambientales en sus territorios - crédito Corte Constitucional
La carta solicita a la Corte Constitucional priorizar el control automático de cualquier decreto de emergencia que expida el Gobierno - crédito Corte Constitucional

En la misiva, Aliadas sostuvo que aún existen alternativas para manejar la situación fiscal sin recurrir a un estado de excepción. Entre ellas menciona la posibilidad de “reordenar gasto y ajustar instrumentos presupuestales”, así como mejorar la administración y gestión tributaria, medidas que, según el documento, no requieren acudir a la excepcionalidad constitucional.

La alianza también hizo énfasis en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, que reiteró que los estados de excepción son “reglados, excepcionales y limitados” y no pueden utilizarse para resolver problemas crónicos o estructurales. Incluso si se declarara la emergencia, advirtió el documento, las medidas adoptadas deberían tener una relación “directa y específica” con la superación de la crisis invocada.

La preocupación del gremio se intensificó por el contenido de un borrador de decreto que, según señaló la carta, circuló públicamente. Ese texto incluiría medidas tributarias de amplio alcance, como la ampliación del impuesto al patrimonio —“incluyendo por primera vez a personas jurídicas para el año gravable 2026”—, el incremento temporal del Gravamen a los Movimientos Financieros, la aplicación del IVA del 19% a los depósitos en juegos de suerte y azar operados por internet, ajustes en impuestos al consumo de licores y productos de tabaco, incluidos vapeadores, y un impuesto temporal sobre la primera venta o exportación de hidrocarburos y carbón.

De acuerdo con Aliadas, la adopción de este tipo de medidas por vía excepcional y sin un proceso ordinario de deliberación y concertación podría generar “presiones significativas sobre la liquidez, mayores costos de transacción, incremento de la incertidumbre regulatoria y afectaciones sobre competitividad e inversión”, con impactos potenciales negativos sobre el crecimiento económico y el empleo formal.

La convocatoria del Sena permite a cocineros y reposteros colombianos trabajar en Canadá con salarios de hasta $9 millones mensuales - crédito Paola Chapdelaine/AFP
Aliadas alerta sobre el impacto negativo de medidas fiscales excepcionales en la liquidez, la competitividad y el empleo formal en Colombia - crédito Paola Chapdelaine/AFP

Ante la relevancia institucional de una eventual declaratoria de emergencia, la alianza solicitó expresamente que, en caso de que el Gobierno expida el decreto y este sea remitido a la Corte Constitucional, se priorice su trámite de control automático. Incluso pidió que dicho control se adelante durante el receso judicial, al considerar que las circunstancias lo ameritan, “por supuesto sujeto a la Constitución, la ley y el reglamento interno” del alto tribunal.

La carta concluyó con un llamado respetuoso a la Corte para que ejerza su función de control con especial rigor, dada la magnitud de los efectos económicos y jurídicos que podrían derivarse de decisiones adoptadas bajo el amparo de un estado de excepción. Para Aliadas, el debate no solo es fiscal, sino institucional, y pone a prueba los límites constitucionales entre la gestión de las finanzas públicas y el uso de poderes extraordinarios del Ejecutivo.

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