Tribunal ordenó al Servicio Geológico dejar de publicar mensajes en apoyo al Petro en sus redes y el presidente reaccionó: “Cambien la Constitución”

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordenó al Servicio Geológico Colombiano y a otras entidades abstenerse de replicar mensajes políticos en redes sociales, pero el presidente reaccionó

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El presidente Gustavo Petro cuestionó
El presidente Gustavo Petro cuestionó el fallo que limita a entidades estatales en redes sociales - crédito Colprensa

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través de los magistrados Óscar Dimaté, Moisés Mazabel y César Chaparro, emitió un fallo que prohíbe a las entidades del Estado usar sus redes sociales para difundir mensajes ajenos a su función legal o que constituyan propaganda política.

La decisión, que responde a una demanda de Andrés Caro, director de la Fundación para el Estado de Derecho, afecta al Servicio Geológico Colombiano (SGC), al considerar que este usó sus canales para difundir contenido no relacionado con su misión.

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La sentencia provocó una rápida reacción del presidente Gustavo Petro, quien aseguró que para impedirle comunicarse con la sociedad, “tendrían que cambiar la Constitución”.

A través de su cuenta de X, el presidente Petro expresó: “El presidente de la República es jefe del estado y suprema autoridad administrativa, según la constitución que nos rige. Si quieren impedir que se comunique deben cambiar la constitución. No hay promoción de la presencia, hay comunicación del presidente con su sociedad”.

Pronunciamiento del Servicio Geológico Colombiano
Pronunciamiento del Servicio Geológico Colombiano defendiendo a Gustavo Petro sobre el sistema de salud - crédito @sgcol

La controversia se origina en una demanda presentada por Caro, quien argumentó que el SGC replicó mensajes de carácter político que no correspondían a las funciones técnicas establecidas para la entidad.

El señalamiento central surgió tras la alocución que Gustavo Petro realizó el 12 de septiembre sobre los hallazgos de la Contraloría General en la gestión de la Nueva EPS, la mayor del país, con más de once millones de afiliados.

Esa noche, el SGC y otras setenta y seis entidades oficiales difundieron el mensaje presidencial y las etiquetas asociadas en la red social X, generando más de 350 publicaciones que ampliaron la narrativa del Ejecutivo frente a las investigaciones sobre la EPS.

El Tribunal Administrativo concluyó que esta conducta representó un uso indebido de recursos públicos. Según la sentencia, el SGC destinó personal, tiempo laboral, diseño gráfico institucional y su imagen oficial para replicar un mensaje ajeno a su misión.

Para los magistrados, el hecho de que la entidad haya empleado sus redes para difundir contenido político constituye una desviación de la publicidad oficial, incluso si la publicación no incluía opiniones propias o exaltaciones explícitas al presidente.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca admitió demandas contra el Ministerio de Educación y el Servicio Geológico Colombiano, por la utilización de sus redes sociales - crédito suministrado a Infobae Colombia

“La Sala considera que ninguna entidad estatal puede desvirtuar su misión institucional para sumarse a estrategias comunicacionales del Ejecutivo, incluso cuando estas se presenten como acciones de coordinación”, señala el fallo.

Asimismo, advierte que el principio de coordinación entre dependencias públicas no puede interpretarse como autorización para replicar propaganda gubernamental, pues las entidades deben respetar los límites de su objeto legal y su función específica.

El SGC, por su parte, defendió su actuación alegando que su publicación tuvo un carácter informativo y se realizó en el marco de las orientaciones comunicacionales de la Presidencia.

En su respuesta al Tribunal, la entidad aseguró que no generó gastos adicionales ni diseñó campañas institucionales, y que simplemente compartió un contenido emitido por otra autoridad estatal.

“No implicó gasto público, contratación ni elaboración de campaña institucional”, sostuvo el organismo técnico.

Pese a esa defensa, el Tribunal no aceptó los argumentos del SGC. Para los magistrados, el uso de personal y la adopción de piezas gráficas institucionales, así como la reproducción coordinada del mensaje presidencial, constituyen elementos suficientes para determinar un uso indebido de recursos públicos.

En consecuencia, ordenó a la entidad abstenerse de replicar mensajes políticos, de convocar a actos públicos o de exaltar funcionarios a través de sus canales oficiales.

Usuarios criticaron al SGC por
Usuarios criticaron al SGC por reportar tarde un sismo, recordándole que sí actuó con rapidez cuando replicó mensajes del presidente Petro en redes sociales - crédito red social X

Además, la decisión exige que el SGC adopte medidas internas para garantizar que sus redes sociales y plataformas de comunicación institucional se limiten estrictamente a su misión científica y técnica.

La sentencia también aplica como referencia para cualquier entidad estatal, al establecer que las redes sociales oficiales no pueden convertirse en herramientas de campaña ni de propaganda, independientemente del gobierno de turno.

El SGC también fue cuestionado por publicar tarde en redes sociales sobre el sismo del 10 de diciembre en la Mesa de los Santos, pero varios usuarios le recordaron que, cuando se trató de replicar mensajes del presidente Petro sobre la Nueva EPS, sí estuvieron rápidos y coordinados. La crítica apuntó a prioridades invertidas en su comunicación institucional.