
El Juzgado 37 Administrativo de Bogotá admitió para estudio la acción de tutela interpuesta por Plural Comunicaciones S. A. S., empresa concesionaria encargada de la programación y operación de Canal 1, en contra del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC) y de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC).
La decisión fue adoptada por la juez Adriana del Pilar Camacho Ruidíaz mediante auto fechado el 9 de diciembre de 2025, después de confirmar que la solicitud cumplía los requisitos legales para su análisis judicial.
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La acción judicial fue radicada el pasado 26 de noviembre por el apoderado de la compañía, Jorge Tirado Navarro, y inicialmente remitida por el Consejo de Estado a los juzgados administrativos de Bogotá. El caso fue asignado al Juzgado 37 Administrativo el 5 de diciembre, según el acta de reparto correspondiente.
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Según el auto de admisión, la jueza reiteró que, conforme a lo establecido en el Decreto 799 de 2025, las acciones de tutela dirigidas contra entidades del orden nacional deben ser conocidas en primera instancia por los jueces del circuito. Bajo ese marco, el despacho consideró que la competencia para evaluar la solicitud presentada por Plural Comunicaciones recaía sobre su jurisdicción.
Inicio formal del proceso

Como parte del trámite, el juzgado ordenó notificar de manera inmediata al MinTIC y a la SIC sobre la admisión de la acción. Ambas entidades deberán entregar, en un plazo de dos días, un informe detallado sobre las actuaciones adelantadas frente a Plural Comunicaciones, las respuestas emitidas y los antecedentes administrativos relacionados con los hechos descritos en la tutela.
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Asimismo, los organismos deberán remitir el expediente completo y precisar qué funcionarios están encargados de atender el caso y de ejecutar un eventual fallo. El despacho advirtió que, si los informes no son entregados dentro del término legal, los hechos expuestos por el accionante podrán presumirse ciertos, de acuerdo con los artículos 19 y 20 del Decreto-Ley 2891 de 1991.
La juez también reconoció la personería al abogado Jorge Tirado Navarro como representante legal de Plural Comunicaciones y dispuso la práctica de las pruebas necesarias para el esclarecimiento de los hechos presentados en la solicitud.
Argumentos expuestos por Plural Comunicaciones

En la tutela, Plural Comunicaciones sostiene que decisiones y actuaciones del MinTIC y la SIC han afectado sus derechos fundamentales a la libertad de expresión, libertad de prensa, libertad de información y debido proceso.
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La compañía afirmó que este escenario se manifiesta en el incremento de agresiones contra periodistas, en episodios de estigmatización de medios independientes y en un ambiente de presión hacia quienes desarrollan labores informativas. En ese escenario, Plural Comunicaciones argumenta que el Gobierno nacional habría desplegado acciones que impactan la operación editorial y empresarial de Canal 1.
La empresa señaló que funcionarios, incluido el presidente Gustavo Petro, habrían hecho señalamientos sobre directivos del canal, en especial sobre Ramiro Avendaño. De acuerdo con la tutela, “estas declaraciones afectan la credibilidad del medio y configuran un escenario de estigmatización que interfiere con el ejercicio informativo de Canal 1”.
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Plural Comunicaciones manifestó también que se han anunciado procesos para abrir una nueva licitación del canal, pese a que el Contrato de Concesión No. 001 de 2017 se encuentra vigente. Según la empresa, estos anuncios, sumados a comentarios en escenarios públicos, constituirían presiones que podrían afectar la continuidad del contrato y la línea editorial del medio.
Además, la tutela indica que el MinTIC y la SIC han adelantado procedimientos sancionatorios que, a juicio de la compañía, se desarrollan en contravía de la normatividad y podrían derivar en la suspensión o revocatoria de la concesión. En su solicitud, la empresa sostiene que estas actuaciones representan una forma de interferencia que alteraría el adecuado desarrollo de la actividad informativa y administrativa del canal.
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Con la admisión de la tutela, el proceso entra en etapa de análisis judicial, mientras el despacho espera los informes requeridos a las entidades demandadas. Solo una vez recibidos y evaluados los documentos, el Juzgado 37 Administrativo determinará si existió o no una vulneración de derechos fundamentales por parte del MinTIC y de la Superintendencia de Industria y Comercio.
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