
En días recientes, un proyecto de decreto impulsado por el Gobierno nacional a través del Ministerio de Hacienda abrió una discusión sobre el mecanismo de cobertura del deslizamiento del salario mínimo dentro del sistema pensional.
La propuesta plantea ajustes que han suscitado inquietudes en distintos sectores, por lo que la Revista Semana recopiló las explicaciones entregadas por Colpensiones frente al alcance de la iniciativa.
La discusión surgió luego de que diversos gremios, entre ellos Asofondos y Fasecolda, señalaran que la modificación a este mecanismo podría influir en el número de personas que logran pensionarse y, eventualmente, en los valores que recibirían quienes acceden a una renta vitalicia en el sistema privado.
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Los representantes de estas entidades sostienen que la propuesta modificaría la estructura que garantiza que ninguna pensión quede por debajo del salario mínimo vigente, aspecto que está respaldado por disposiciones constitucionales.
Ante los comentarios divulgados en los últimos días, Colpensiones emitió una aclaración pública para explicar cómo opera este mecanismo y cuál es el alcance real del proyecto.
La entidad señaló que el contenido del decreto no tendría efectos sobre su funcionamiento interno, pues está dirigido exclusivamente al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), administrado por los fondos privados de pensiones. Según la entidad, las disposiciones descritas no modifican el pago de mesadas a cargo de Colpensiones ni alteran los criterios que rigen su operación.
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Dentro de la explicación ofrecida, Colpensiones precisó que el proyecto se orienta a regular la cobertura del deslizamiento del salario mínimo cuando se trata de rentas vitalicias inmediatas o diferidas, productos que se contratan en el RAIS cuando un afiliado alcanza el derecho a pensionarse y traslada sus recursos a una aseguradora encargada de suministrar un pago mensual de manera permanente. Estas rentas, por su naturaleza, están sujetas a las variaciones del salario mínimo, lo que genera la necesidad de una cobertura cuando el ajuste supera las proyecciones utilizadas para calcular el valor de la renta.
La entidad explicó que este mecanismo de cobertura se activa cuando el incremento del salario mínimo es mayor al estimado por las aseguradoras al momento de calcular la renta vitalicia. En tales casos, el Ministerio de Hacienda asume el costo de la diferencia para garantizar que se cumpla la obligación constitucional referente al valor mínimo de la pensión. De acuerdo con Colpensiones, el decreto simplemente reorganiza las reglas que determinan este procedimiento dentro del RAIS.
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En cuanto a su propio funcionamiento, Colpensiones reiteró que administra el Régimen de Prima Media (RPM). En este esquema, las mesadas se financian directamente con recursos del sistema y no dependen de productos adquiridos con aseguradoras privadas. Por esa razón, la entidad señaló que las pensiones del RPM ya cuentan con el reajuste anual ligado al salario mínimo, un proceso establecido en la Ley 100, que se ejecuta sin necesidad de mecanismos adicionales de cobertura.

En ese sentido, la entidad indicó que no participa en ninguno de los componentes que serían ajustados por el decreto, por lo cual no se proyecta un impacto en los pagos que realiza a sus afiliados ni en la estructura interna del régimen que administra. La aclaración enfatiza que las reglas del RPM permanecen sin cambios y que la actualización anual de las pensiones seguirá realizándose conforme a la normativa vigente.
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Colpensiones detalló además los actores que sí tendrían efectos derivados de la propuesta. Entre ellos se encuentran las aseguradoras que ofrecen rentas vitalicias dentro del RAIS, los fondos privados que administran los ahorros de los afiliados y el propio Ministerio de Hacienda, que se encarga de financiar la cobertura cuando el aumento del salario mínimo supera el cálculo inicial del valor de la renta vitalicia. Según el comunicado, estos son los sectores directamente relacionados con las disposiciones previstas en el proyecto.
El objetivo central del decreto, según la información divulgada, es establecer un esquema más detallado para la cobertura, especificar criterios de aplicación y organizar el procedimiento que permitirá su operación cuando se presenten variaciones significativas en el salario mínimo. Colpensiones sostuvo que su aclaración busca ofrecer claridad a la ciudadanía frente al alcance de la iniciativa, especialmente para quienes interpretaron que estas modificaciones repercutirían en el régimen público.
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La entidad reiteró que no interviene en la contratación de rentas vitalicias ni en el diseño de coberturas para este tipo de productos, pues estas actividades corresponden exclusivamente al RAIS y a las aseguradoras autorizadas para operar allí. De esta manera, recalcó que el proyecto en discusión no altera el modelo de reajustes que se aplican en el RPM ni afecta el pago de pensiones que administra.
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